Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Se convocan, para el año 2026, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la escritura de guiones de largometrajes cinematográficos de ficción o de carácter documental, destinados tanto a obras audiovisuales de imagen real como a las de animación.
Se convocan, para el ejercicio 2026, subvenciones destinadas a la producción y coproducción minoritaria de largometrajes y series de televisión de ficción, animación o documentales, y se aprueban las bases que han de regir las mismas
Se convocan para el año 2026 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2026, las subvenciones para la realización de eventos encaminados a la transformación digital de la sociedad, en particular aquellos que contribuyan a la difusión e impulso de la sociedad digital, llevados a cabo por personas jurídicas de naturaleza privada, como empresas, asociaciones o fundaciones, asociaciones empresariales y profesionales, colegios profesionales, así como el sector público instrumental de la Generalitat definido en el artículo 2.3 de la Ley 1/2015 de 6 de febrero, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, que promuevan la innovación tecnológica.
La presente orden tiene por objeto aprobar para el año 2026 la convocatoria de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas, por la realización de campañas de animación y promoción comercial.
1. El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de las ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda situada en el territorio de las Illes Balears.
Las viviendas podrán estar ya construidas o pendientes de construir.
2. Estas ayudas tienen por objeto facilitar la adquisición de una vivienda destinada a domicilio habitual y permanente en régimen de propiedad, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas menores de cuarenta años.
1. Se aprueba la convocatoria de subvenciones, correspondiente al año 2026, para las actividades de conservación, uso sostenible y desarrollo de los recursos genéticos en agricultura, de acuerdo con lo previsto en la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023.
2. El objeto de la convocatoria es la subvención de las actuaciones previstas y los gastos definidos en el apartado cuarto de esta resolución para dar apoyo a la conservación, uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos agrícolas mediante proyectos encaminados a la caracterización, conservación, utilización o difusión de los recursos fitogenéticos de interés, así como el fomento de estos recursos.
3. El ámbito territorial de aplicación de las subvenciones es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. A los efectos de lo dispuesto en esta resolución, son de aplicación las definiciones siguientes:
- Conservación in situ en agricultura: la conservación de material genético en ecosistemas y hábitats naturales y el mantenimiento y la recuperación de poblaciones de especies o razas silvestres viables en su entorno natural y, en el caso de especies vegetales cultivadas, en el medio ambiente cultivado donde han desarrollado sus propiedades distintivas.
- Conservación ex situ: la conservación de material genético para la agricultura fuera de su hábitat natural.
- Prospección: investigación de variedades locales y de la información etnobotánica asociada. Incluye la visita a las fincas prospectadas, la transcripción de las entrevistas y la elaboración de la ficha de prospección.
- Multiplicación: comporta la planificación de los cultivos, el diseño de la plantación, el seguimiento en el campo, la selección de las plantas y los frutos, la recolección al final del ciclo, el proceso de limpieza y secado de la semilla, el control de calidad y acondicionamiento para su conservación, el envasado y etiquetado, además del cumplimiento de los requisitos legales establecidos para los operadores durante todo el proceso. La finalidad última es obtener semillas o material de reproducción en cantidad suficiente y con la calidad exigida para poder comercializarlas sin que la comercialización sea obligatoria.
- Caracterización: es el proceso de descripción de los diferentes caracteres morfológicos, hereditarios, que se pueden observar con facilidad, que se expresan a lo largo del ciclo de cultivo, en todos los ambientes, que permiten su distinción con la suficiente homogeneidad y manifiestan estabilidad suficiente en las diferentes generaciones. La caracterización implica la siembra / plantación con diseño experimental de las variedades locales para caracterizar, que facilite al personal técnico y cualificado la obtención y el registro de los valores que permiten realizar la caracterización mediante los descriptores acordados en la Comisión de Variedades Locales de Interés Agrario de las Baleares. Esta tarea se realiza sobre la base de unas memorias técnicas descriptivas consensuadas por el grupo de trabajo técnico de la Comisión y que tienen como referencia los protocolos de diferentes organismos internacionales. Los resultados obtenidos de las caracterizaciones se presentarán mediante fichas de caracterización oficiales en el IRFAP.
- Entrada de una accesión de variedad local: es cada muestra de material vegetal que se conserva dentro de un banco de germoplasma.
1. El objeto de esta Orden es convocar, para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a la financiación de las tres modalidades de los programas experienciales TándEM de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Aragón, previstas en el artículo 2 de la Orden EPE/1116/2022, de 18 de julio:
Programas experienciales TándEM de empleo y formación de carácter general.
Programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas emprendedoras.
Programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas menores de 30 años.
2. Los programas experienciales TámdEM de empleo y formación son programas públicos que tienen como finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional. En el caso concreto de los programas experienciales TámdEM de empleo y formación para personas emprendedoras, estos tienen por objetivo el desarrollo de un proyecto empresarial, con la finalidad de favorecer el autoempleo de las personas participantes o la constitución de una cooperativa, sociedad laboral, sociedad agraria de transformación o empresa de inserción.
