Última revisión
03/09/2026
Subvenciones para apoyar la producción y coproducción de obras audiovisuales para 2026.
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Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la que se convocan las subvenciones para apoyar la producción y coproducción de obras audiovisuales para el año 2026 - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 03/09/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares
Cuantía: Presupuesto del año 2026: 500.000,00 €
Categorías: Cultura e idiomas, Deporte, Artesanía, Turismo y agencias de viajes, Comunicación pública, Empresa
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para apoyar la producción y coproducción de obras audiovisuales de carácter profesional. Mediante estas ayudas se pretende fomentar el tejido industrial del sector audiovisual y cinematográfico de las Illes Balears, así como impulsar la creación de productos audiovisuales de calidad con una clara vocación de difusión nacional y/o internacional.
Pueden ser beneficiarias de la subvención las personas físicas dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y las personas jurídicas (incluidas las agrupaciones de interés económico), con personalidad jurídica propia y nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, que cumplan los requisitos que se detallan a continuación así como los demás que se establecen en esta convocatoria.
El Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (en adelante, ICIB) es una entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 2.1.b) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con personalidad jurídica propia y diferenciada, y con capacidad de actuar y autonomía de gestión plenas, sin perjuicio de la relación de tutela de la Administración de la Comunidad Autónoma. El ICIB está adscrito a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, en virtud del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El ICIB tiene como fines generales los relacionados con el desarrollo de las industrias y las empresas culturales y creativas en el marco de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de conformidad con el Decreto 60/2025, de 28 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears. En particular, tiene por objeto impulsar la creatividad artística y la producción, la distribución, la exhibición, la difusión y el archivo de productos y contenidos culturales en cualquier tipo de soporte, incluidos los espectáculos en vivo.
Los ámbitos iniciales de actuación del ente son el audiovisual y la cultura digital, las artes escénicas, las artes visuales, el mundo editorial y la música, sin perjuicio de que en un futuro se puedan incorporar otros sectores, como el patrimonio, la artesanía, el diseño y la publicidad, u otros campos de la cultura.
Entre las funciones y las actividades que corresponden al ICIB figura la de impulsar la producción audiovisual y digital y, por ello, goza de todas las potestades administrativas necesarias para cumplir este fin y, especialmente, la potestad de fomento.
El artículo 30.26 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears dispone que la Comunidad Autónoma tiene las competencias correspondientes a cultura, actividades artísticas y culturales, y fomento y difusión de la creación y la producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, así como a su difusión nacional e internacional.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026 (BOIB n.º 52, de 20 de abril de 2024) prevé la línea de subvención III.7, «Protección y fomento de la cultura», y, en concreto, ayudas para apoyar la producción audiovisual de las Illes Balears para los años 2024, 2025 y 2026 (III.7.3).
De acuerdo con el artículo 2.1.1 de la Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana (BOIB n.º 166, de 19 de diciembre de 2024), pueden ser objeto de subvenciones las actividades o los proyectos culturales de interés público consistentes en la creación, el desarrollo, la producción, la promoción, la distribución, la explotación, la programación y la proyección exterior de proyectos culturales en el ámbito de las artes audiovisuales y la cultura digital.
Estas subvenciones están sometidas a los requisitos y los límites que establece el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y les es aplicable la exención de la obligación de notificación correspondiente a la categoría de ayudas para obras audiovisuales (artículo 54).
Por todo ello, de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (TRLS), y haciendo uso de las facultades que me atribuye el artículo 10.1.i) de los Estatutos del ICIB, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para apoyar la producción y coproducción de obras audiovisuales para el año 2026, que consta como anexo 1 de esta Resolución.
2. Fijar el importe máximo destinado a esta convocatoria en 900.000 € (novecientos mil euros), con cargo al capítulo IV del presupuesto del ICIB.
Este importe se distribuye entre las anualidades siguientes:
— Presupuesto del año 2026: 500.000,00 €.
— Presupuesto del año 2027: 200.000,00 €.
— Presupuesto del año 2028: 200.000,00 €.
3. Ordenar el traslado del contenido de esta resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como toda la información requerida en esta base de datos.
4. Ordenar la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el presidente del ICIB en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de agosto de 2026)
El presidenteJaume Bauzà Mayol
ANEXO 1
Convocatoria para apoyar la producción y coproducción de obras audiovisuales para el año 2026
1. Objeto y finalidad
2. Gastos subvencionables y no subvencionables
3. Dotación e imputación presupuestaria
4. Personas beneficiarias y requisitos
5. Otros requisitos y condiciones
6. Normativa aplicable
7. Plazo y forma de presentación de las solicitudes
8. Documentación de la solicitud
9. Plazo de ejecución de las actuaciones
10. Importe de la subvención
11. Sistema y criterios de selección
12. Criterios de valoración
13. Órganos competentes para instruir el procedimiento, informar sobre él y resolverlo
14. Composición de la Comisión Evaluadora
15. Instrucción y resolución del procedimiento
16. Reformulación de las solicitudes
17. Modificación de la resolución y cambios en el proyecto
18. Subcontratación
19. Pago
20. Justificación
21. Intensidad y concurrencia de ayudas o subvenciones
22. Obligaciones de las personas beneficiarias
23. Protección de datos personales
ANEXO 2
Lista de festivales y premios para valorar la trayectoria de las personas encargadas de la dirección y el guion, por modalidad
ANEXO 3
???????Lista de festivales y premios para valorar la trayectoria de la productora solicitante, por modalidad
(ANEXOS OMITIDOS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

