Subvenciones para el desa...para 2026.

Última revisión
02/09/2026

Subvenciones para el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante proyectos audiovisuales para 2026.

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Extracto de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante proyectos audiovisuales para el año 2026 - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 01/09/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 02/09/2026 hasta 29/09/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares

Cuantía: Crédito 2026: 100.000 euros.

BDNS (Indetif.): 919091

Categorías: Comunicación pública, Turismo y agencias de viajes, Empresa, Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Economía Social, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Empleo y contratación, Industria

Finalidad:

Convocatoria de subvenciones para el desarrollo de un turismo sostenible y accesible en Mallorca mediante proyectos audiovisuales para el año 2026.

Requisitos:

Empresas de producción audiovisual independientes relacionadas al sector, personas físicas de alta, empadronadas en Mallorca, en solicitantes (personas físicas o jurídicas) de fuera de Mallorca, comunidades de bienes


BDNS 919091

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto íntegro se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias) y en la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca, en el tablón de anuncios (https://fundacioturismeresponsabledemallorca.sedelectronica.es/info.0).

Primero. Objeto y finalidad

La finalidad de esta convocatoria es promover y fomentar la producción cinematográfica y, en general, audiovisual en Mallorca; impulsar la promoción de la imagen de Mallorca como plató cinematográfico, mediante el cine y otros medios audiovisuales, y fomentar el turismo sostenible, responsable y accesible en Mallorca a través del sector audiovisual.

Su objeto es fomentar el desarrollo de proyectos audiovisuales vinculados a Mallorca por el impacto que tienen como medios de promoción de un turismo responsable, sostenible y accesible.

Se entiende por desarrollo aquellas actividades previas al inicio de la producción que resulten necesarias para la realización del proyecto audiovisual.

Segundo. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios, siempre que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria:

  1. Empresas de producción audiovisual independientes y asociaciones relacionadas con el sector audiovisual.
  2. Personas físicas dadas de alta de una actividad económica en epígrafes relacionados con el sector audiovisual, empadronadas en Mallorca con un año de antelación a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
  3. Solicitantes (personas físicas o jurídicas) de fuera de Mallorca que sean autores, guionistas, profesionales o empresas de producción audiovisual independientes, siempre que presenten obras vinculadas a Mallorca y que, mediante la obra presentada, contribuyan a profundizar, dar a conocer o difundir las localizaciones de Mallorca o sus valores culturales, históricos, ambientales o patrimoniales, mostrando sus parajes o incluyendo personajes relacionados directa o indirectamente con Mallorca.
  4. Óperas primas: Son autores/as nóveles, no profesionales, estudiantes, etc., que presenten el primer proyecto en una categoría.
  5. Comunidades de bienes. Deberán optar entre solicitar la subvención como comunidad de bienes o como persona física.

Todas las personas o entidades que soliciten estas ayudas deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), con el Consell Insular de Mallorca y sus entes dependientes, y con la Fundación Turismo Responsable de Mallorca.

Para optar a las subvenciones, la persona solicitante deberá disponer de los derechos de explotación de los contenidos relacionados con el proyecto, ya sea por sí misma o mediante acuerdos con otros titulares de derechos.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018), así como el resto de normativa aplicable establecida en el texto íntegro de la convocatoria, publicada en la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca.

 

Cuarto. Importe

La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria es de 100.000,00 €, con cargo al presupuesto propio de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca para el ejercicio 2026.

En caso de que el crédito disponible no sea suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigibles, las subvenciones se otorgarán de acuerdo con el orden de prelación resultante de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.

Quinto. Cuantía

Los importes máximos subvencionables serán los siguientes, en función de la tipología del proyecto:

  • Series de ficción (máximo 4 proyectos): 10.000€.
  • Largometrajes de ficción (máximo 4 proyectos): 10.000€.
  • Documental (máximo 3 proyectos): 4.000€.
  • Ópera prima (máximo 4 proyectos): 2.000€.

En relación con las óperas primas, se reserva un 8% del crédito presupuestario total para esta categoría, como medida destinada a favorecer la incorporación de nuevo talento balear en el sector audiovisual, apoyando a perfiles emergentes en el desarrollo de sus primeros proyectos y facilitando su proyección profesional dentro de la industria audiovisual.

En el supuesto de que, por insuficiencia de solicitudes presentadas o de subvenciones concedidas, exista un remanente en la reserva de crédito presupuestario destinada a las óperas primas, dicho importe podrá transferirse a las demás tipologías de proyectos.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud y toda la documentación anexa es de 20 días hábiles a contar desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El último día de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas.

Séptimo. Lugar de presentación

Las solicitudes, anexos y documentación se deberán tramitar exclusivamente por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca: (https://fundacioturismeresponsabledemallorca.sedelectronica.es/info.1).

La presentación fuera de plazo, la utilización de formularios no normalizados o la presentación por una vía diferente a la establecida constituyen causa de exclusión.

La presentación de la solicitud implica la aceptación expresa de las bases y de la convocatoria.

Octavo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con lo previsto en la convocatoria. La modalidad de justificación es mediante módulos.

 

Palma, el día de la firma electrónica (21 de julio de 2026)

El vicepresidente de la Fundación Turismo Responsable de MallorcaBartolomé Ferragut Llodrà