Subvenciones para impulsa...orca 2026.

Última revisión
02/09/2026

Subvenciones para impulsar las coproducciones minoritarias de largometrajes, cortometrajes, series y documentales, y fomentar la concienciación de un turismo sostenible y responsable de Mallorca 2026.

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Extracto de la convocatoria de subvenciones para impulsar las coproducciones minoritarias de largometrajes, cortometrajes, series y documentales, y fomentar la concienciación de un turismo sostenible y responsable de Mallorca - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 01/09/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 02/09/2026 hasta 29/09/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares

Cuantía: Crédito 2026: 500.000 euros. Cuantía máxima del 60% del presupuesto

BDNS (Indetif.): 909474

Categorías: Comunicación pública, Turismo y agencias de viajes, Cultura e idiomas, Empresa

Finalidad:

Convocatoria de subvenciones para impulsar las coproducciones minoritarias de largometrajes, cortometrajes, series y documentales, y fomentar la concienciación de un turismo sostenible y responsable de Mallorca 2026.

Requisitos:

Empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico (AIE), personas físicas o jurídicas tienen que ser productoras audiovisuales independientes


De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto íntegro se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias) y en la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca, en el tablón de anuncios (https://fundacioturismeresponsabledemallorca.sedelectronica.es/info.0).

Primero. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto fomentar la producción de largometrajes, cortometrajes, series y documentales con vocación de mercado y realizados en régimen de coproducción en que la participación mallorquina sea minoritaria, con la finalidad de fomentar el intercambio creativo, profesional y artístico entre Mallorca y el resto de los territorios en materia de coproducción cinematográfica, en los términos establecidos en el texto íntegro de la convocatoria.

Segundo. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias, siempre que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria:

a) Las empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico (AIE), dadas de alta en el epígrafe 961 del IAE (producción audiovisual), con sede social en Mallorca, al menos un año antes de la presentación de la solicitud, y que estén inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo.

b) Las personas físicas o jurídicas que cumplen los requisitos anteriores deben ser productoras audiovisuales independientes.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018), así como el resto de normativa aplicable establecida en el texto íntegro de la convocatoria, publicada en la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca.

Cuarto. Importe

La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria es de 500.000,00 €, con cargo al presupuesto propio de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca para el ejercicio 2026.

En caso de que el crédito disponible no sea suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigibles, las subvenciones se otorgarán de acuerdo con el orden de prelación resultante de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la convocatoria.

Quinto. Cuantía

La cuantía máxima de la subvención es del 60 % del presupuesto a cargo de la productora minoritaria en el proyecto subvencionado y, como máximo, de 100.000,00 €.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud y toda la documentación es de 20 días hábiles a partir de las 9.00 h del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El último día para presentar la solicitud concluirá a las 14.00 h.

Séptimo. Lugar de presentación

Las solicitudes se tienen que tramitar exclusivamente por vía electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Fundación Turismo Responsable de Mallorca: (https://fundacioturismeresponsabledemallorca.sedelectronica.es/info.1).

La presentación fuera de plazo, la utilización de formularios no normalizados o la presentación por una vía diferente a la establecida constituyen causa de exclusión.

La presentación de la solicitud implica la aceptación expresa de las bases y de la convocatoria.

Octavo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con lo previsto en la convocatoria. La modalidad de justificación es de cuenta justificativa con informe de auditoría.

 

Palma, el día de la firma electrónica (21 de agosto de 2026)

El vicepresidente de la Fundación Turismo Responsable de MallorcaBartolomé Ferragut Llodrà