Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Es objeto de la presente Orden, convocar para el ejercicio 2026, en los términos que se recogen en las siguientes bases, las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, otorgará para la realización de actividades formativas, divulgativas y de investigación en la Economía Social.
Abrir la convocatoria para la concesión de las ayudas a la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agroalimentarios correspondientes a 2026.
Promover y apoyar los regímenes de calidad reconocidos por la Unión Europea y los Estados miembros, fomentando la promoción de productos agrícolas y alimentarios incluidos en dichos regímenes.
Se convocan para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones dirigidas a empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, ocasionada por fenómenos meteorológicos adversos, emergencias de protección civil u otros acontecimientos extraordinarios que afecten a centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
Fomentar y consolidar las estructuras representativas o asociativas de la Economía Social en la Región de Murcia, para la representación y defensa de sus intereses, el desarrollo de fines comunes.
Financiar las inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del 2025, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados. Si la mayoría de los socios trabajadores provienen de un expediente de regulación de empleo el proveedor podrá ser la empresa afectada por dicha regulación, en cuyo caso la actividad económica podrá ser distinta a la venta de bienes usados.
Financiar las aportaciones dinerarias realizadas por cada socio trabajador que constituya la sociedad y/o que incremente el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000,00 euros), debiendo estar desembolsado en su totalidad.
Subvencionar la incorporación en empresas de economía social, a partir del día 1 de octubre del 2025, de los siguientes socios trabajadores, siempre que sean a tiempo indefinido y jornada completa, y que en la fecha de iniciación de la prestación de trabajo en los mismos concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Trabajadores por cuenta ajena de la sociedad, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre de 2025, admitidos a partir de esa fecha como socios trabajadores. b) Personas desempleadas, inscritas en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre de 2025. c) Trabajadores por cuenta ajena de sociedades mercantiles, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre de 2025, incorporados a partir de esa fecha como socios trabajadores de empresas de Economía Social surgidas de la transformación de la sociedad mercantil. d) Jóvenes menores de 30 años desempleados, inscritos en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre de 2025, que se incorporen como socios trabajadores a partir del día 1 de octubre del ejercicio anterior al de la convocatoria.
Impulsar la innovación y valorización de platos y productos alimentarios catalanes, el talento emprendedor y las actuaciones de promoción, difusión y reconocimiento de la gastronomía catalana, reforzando la identidad y autoestima alimentaria de Cataluña.
Ayudas para sociedades y asociaciones de cazadores sin ánimo de lucro y titulares de terrenos cinegéticos en régimen especial que no sean empresa destinadas a fomentar las capturas de jabalí y la comercialización de su carne.

