Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
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Particulares
Asociaciones y economía social
Comunidades de propietarios
Subvenciones 2026, para incentivar el emprendimiento en los mercados municipales, la instalación de determinadas actividades de interés público en los mismos y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa.
El objeto de las bases es regular la convocatoria que ha de regir en la concesión de subvenciones a otorgar en la anualidad 2026 por el Ayuntamiento de Madrid, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda a través de tres líneas de subvención:
Línea 1: Incentivar el emprendimiento en locales comerciales en los mercados municipales, mejorando con ello la tasa de ocupación de estos equipamientos, mediante el abono de un porcentaje de la tarifa establecida como máximo a veinticuatro mensualidades desde que se suscriba el contrato correspondiente con la entidad concesionaria.
Línea 2: Facilitar e incentivar, mediante el abono de la tarifa correspondiente, sin límite mensual y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, la utilización de locales en los mercados municipales para los siguientes tipos de usos, actividades e instalaciones y equipamientos de interés público.
Ayudas asistenciales para mutualistas en situaciones de necesidad específica.
Personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas situadas en ayuntamientos gallegos de menos de 5.000 habitantes, que acrediten ingresos no superiores a 6,5 veces el IPREM (excepto si se destina al alquiler, en cuyo caso no se aplica dicho límite); máximo de 3 ayudas por solicitante si la vivienda se destina a alquiler. No pueden ser beneficiarias personas incursas en los supuestos del art. 10.2 de la Ley 9/2007.
Facilitar a las empresas el acceso a préstamos bancarios formalizados entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, mediante alguno de los subprogramas siguientes: a) Subprograma 1: Préstamos para inversiones. b) Subprograma 2: Préstamos de apoyo a circulante.
Las subvenciones reguladas en la presente orden tienen por objeto contribuir a la financiación del coste de la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada y no exonerada, de empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.
Atender estados de necesidad de personas mutualistas vulnerables (mayores, personas con discapacidad o drogodependientes), y financiar parcialmente productos ortoprotésicos.
Ayudas para la adaptación de infraestructuras portuarias en puertos de interés general para renovables marinas dentro del PRTR. Subvención hasta el 100%.
Apoyar proyectos de refuerzo de la cadena de valor industrial de tecnologías limpias y sus componentes clave, impulsar la autonomía estratégica y la descarbonización industrial en España, conforme a las directrices europeas del Pacto por una Industria Limpia y el PRTR.
