Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Particulares
Asociaciones y economía social
Comunidades de propietarios
2. Las ayudas contempladas en esta Orden tienen como finalidad:
- Ayudar a los agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores y otros gestores de tierras a beneficiarse de los servicios de asesoramiento para mejorar los resultados económicos de sus explotaciones, así como la sostenibilidad medioambiental y social de las mismas, cumpliendo lo establecido en los artículos 15 y 78 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
- Asesorar a las personas usuarias del servicio en los aspectos previstos en el artículo 15, apartado 4, del citado Reglamento.
3. El procedimiento de concesión de las ayudas, constará de dos fases:
4. En una primera fase, se realizará una convocatoria única para seleccionar a las entidades que prestarán los servicios de asesoramiento, entidades beneficiaras de la ayuda, según lo establecido en el capítulo II de esta Orden.
La relación de entidades seleccionadas estará vigente durante el periodo de programación 2023-2027 y dejará sin efecto a la lista de entidades de asesoramiento vigente durante el Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, para Aragón.
En una segunda fase, con carácter anual, se convocará la selección de las personas usuarias de los servicios de asesoramiento y se determinará el importe de la ayuda que corresponde a cada entidad beneficiaria para la anualidad correspondiente, según lo establecido en el capítulo III de esta Orden.
Estas ayudas son incompatibles con las otras líneas de ayuda a la inversión de ACCIÓ.
2. Los objetivos que persiguen las diferentes líneas de subvención son los siguientes:
a) Fomentar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio.
b) Garantizar la adaptación de estos planes y proyectos a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.
El objeto de las ayudas que establece la Orden es la compensación de las pérdidas no cubiertas por los seguros agrarios de las explotaciones agrarias de fruta dulce y almendro afectadas por las heladas de abril de 2022 en las comarcas del Segrià, La Noguera, El Pla d'Urgell, Les Garrigues, L'Urgell, La Ribera d'Ebre, LaTerra Alta, El Pallars Jussà, L'Alt Camp, El Baix Camp, El Priorat, La Conca de Barberà, L'Anoia y La Segarra, para garantizar su viabilidad económica.

