Artículo 5 D. 163/2026, ...nsumidoras

Artículo 5. D. 163/2026, de 8 de septiembre, Cataluña, Registro de organizaciones de personas consumidoras

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Artículo 5. Funciones del Registro

Vigente

Las funciones del Registro son:

a) Permitir la inscripción de las organizaciones de personas consumidoras de Cataluña.

b) Dar publicidad de las inscripciones y los asientos registrales de alta, suspensión temporal de actividad, baja, modificación de datos, aportación de documentos y otras funciones que resulten pertinentes.

c) Realizar el control y el seguimiento de la documentación y la información registral y velar por su actualización.

d) Comprobar el cumplimiento de las obligaciones propias en materia de defensa y representación de las personas consumidoras asumidas por las organizaciones registradas.

e) Velar por evitar el uso indebido de la condición de organización de personas consumidoras de Cataluña o similares que induzcan a error o confusión sobre su naturaleza.

f) Expedir los certificados e informes, de acuerdo con los datos que constan en el Registro.

g) Cualquier otra función compatible con su finalidad que le sea encomendada o que derive de la legislación vigente.