Anexo 3. D. 163/2026, de 8 de septiembre, Cataluña, Registro de organizaciones de personas consumidoras
ANEXO 3. Contenido de los datos para la inscripción, la modificación de datos registrales, la aportación de documentación, la baja, la suspensión temporal de la actividad y el reconocimiento o la pérdida de la condición de organización más representativa de personas consumidoras de Cataluña
3.1 Alta o inscripción
Datos genéricos:
- Nombre, CIF y dirección de la organización.
- Nombre, NIF y datos de contacto del presidente o presidenta de la entidad.
- Nombre, NIF y datos de contacto de la persona que presenta la declaración responsable o el formulario si es distinto del presidente o presidenta, con indicación de su relación con la organización (otro cargo directivo, representante, etc.).
- Teléfono y dirección web.
- Información relativa a las comunicaciones, notificaciones y datos de contacto electrónicos para los avisos de puesta a disposición por vía electrónica.
- Información sobre protección de datos personales.
- Número y fecha de inscripción en el Registro general de asociaciones o de cooperativas.
- Información relativa a si las finalidades en consumo son exclusivas, principales o no principales.
Contenido de la declaración responsable:
Hay que declarar responsablemente que se cumplen todos los requisitos para su inscripción registral establecidos en el artículo 127-2 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña. En concreto, se debe indicar que la organización:
- Reúne los requisitos para ser inscrita, que no incurre en ninguna causa de no inscripción, que cumple con las obligaciones que le son exigibles y que dispone de la documentación que lo acredita, la cual pone a disposición de la Administración.
- Asume el compromiso de comunicar al Registro cualquier cambio de los datos registrados que adopte y de aportar anualmente la memoria de actividad y de presupuesto prevista en este Decreto.
Las organizaciones de personas consumidoras de segundo grado, además de los documentos anteriores, deberán aportar un certificado de cada una de las entidades miembros que acredite su inscripción en el Registro y la adopción del acuerdo favorable de la Asamblea General o del órgano estatutariamente competente, respecto a la constitución de la agrupación, federación o confederación.
3.2 Comunicación de modificación de datos registrales y aportación de la memoria anual y otra documentación
Datos genéricos:
- Tipo de solicitud (aportar documentos o modificar datos).
- Sección, número y fecha de inscripción de la organización en el Registro.
- Número total de personas asociadas de la organización, de las personas asociadas que pagan cuota e importe de la cuota social establecida.
En caso de modificación de datos, hay que informar del tipo de cambio que se comunica de acuerdo con la siguiente clasificación:
- Estatutos sociales.
- Datos de las personas que ejercen la dirección (nombre y apellidos y cargo).
- Datos de identificación.
- Localización de la organización.
- Apertura o cierre de delegaciones.
- Otros (con un campo para identificarlos).
Relación de documentos que hay que presentar
En el caso de aportación periódica de documentos:
- Memoria anual firmada sobre la actividad y el presupuesto en materia de consumo.
- Certificado del secretario o secretaria, con el visto bueno del presidente o presidenta acreditativo de la aprobación de la memoria por el órgano soberano.
En el caso de modificación de datos registrados:
- Certificado del secretario o secretaria, con el visto bueno del presidente o presidenta acreditativo de la modificación adoptada y su aprobación por el órgano estatutariamente competente.
3.3 Solicitud de baja registral o de suspensión temporal de actividad de la organización
Datos genéricos:
- Tipo de solicitud (baja registral o suspensión temporal de actividad).
- Sección, número y fecha de inscripción de la organización en el Registro.
- Número total de personas asociadas a la fecha de la solicitud.
- Órgano de la organización que adopta la baja o insta la suspensión temporal de actividad y la fecha de adopción del acuerdo.
- Motivación de la baja o de las circunstancias extraordinarias concurrentes para instar la suspensión.
- Plazo solicitado de suspensión temporal de actividad (máximo un año).
- Importe del presupuesto en la fecha de la baja.
- En su caso, liquidación y destino del remanente.
Relación de documentos que hay que presentar
- Certificado del secretario o secretaria, con el visto bueno del presidente o presidenta acreditativo de la adopción del acuerdo de baja o de la propuesta de suspensión temporal de actividad por el órgano estatutariamente competente.
3.4 Solicitud de reconocimiento o, en su caso, de pérdida de la condición de organización de personas consumidoras más representativa de Cataluña
Datos genéricos:
- Tipo de solicitud (reconocimiento o pérdida).
- Sección, número y fecha de inscripción de la organización en el Registro.
- Número total de personas asociadas residentes en Cataluña, clasificadas por veguerías, detallando el número de las que están al corriente de pago de las cuotas establecidas.
- Veguerías en las que la organización lleva a cabo actividad en consumo.
- Alcance del objeto social en relación con las personas consumidoras:
- Defensa
- Información
- Formación
- Asistencia
- Representación
- Importe de los ingresos totales obtenidos durante el último ejercicio anterior a la solicitud distinguiendo entre recursos propios y de terceros.
En el importe de los recursos propios debe constar de forma diferenciada el importe de los ingresos propios derivados de cuotas abonadas por las personas asociadas residentes en Cataluña.
En el importe de los recursos de terceros deben constar de forma diferenciada y por origen los ingresos derivados de subvenciones públicas.
Documentos que hay que presentar:
- Declaración responsable de cumplimiento o incumplimiento sobrevenido de los requisitos para obtener el reconocimiento de la condición de más representativa y de veracidad de los datos informados y de los documentos aportados.
- En el caso de solicitud de otorgamiento de la condición más representativa, certificado, emitido por el secretario o la secretaria, con el visto bueno del presidente o la presidenta de la organización, acreditativo del acuerdo adoptado por la Asamblea General o el órgano estatutariamente competente de la organización favorable en la solicitud del reconocimiento.
- En el caso de solicitud de otorgamiento de la condición más representativa, informe del presidente o presidenta de la entidad sobre los requisitos que cumple la organización para poder obtener la condición de organización más representativa en Cataluña, entre ellos los reconocimientos públicos y privados obtenidos por la organización.
- Certificado, emitido por el secretario o secretaria, con el visto bueno del presidente o presidenta de la organización acreditativo de los datos generales antes indicados.
- Cualquier otro documento que la entidad considere de interés para que le sea reconocida o revocada la condición de entidad más representativa.
En el caso de organizaciones de personas consumidoras de segundo grado y de aquellas constituidas por fusión con absorción de otras, deberá aportarse un certificado de cada una de las organizaciones miembros, emitido por su secretario o secretaria, con el visto bueno de su presidente o presidenta que acredite el número de sus personas asociadas residentes en Cataluña y que se encuentran al corriente de pago de la cuota social.
En los supuestos de fusión por absorción, cuando la entidad absorbente ya disponga de la condición de organización más representativa de Cataluña, solo será necesario informar de este aspecto y certificar el cumplimiento de los requisitos para mantener el otorgamiento.

