SUBVENCIONES para el sect...2026-2027.

Última revisión
01/07/2026

SUBVENCIONES para el sector del calzado riojano 2026-2027.

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Resolución 260/2026, de 4 de junio, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se convocan las subvenciones 2026-2027 para el Sector del calzado riojano en el marco de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de la competitividad y desarrollo económico en las Áreas o Sectores prioritarios de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa (extracto). - Boletín Oficial de La Rioja de 29/06/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 30/06/2026 hasta 30/05/2027
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 910907

Categorías: Empresa, Empleo y contratación, Textil, confección y calzado, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)

Finalidad:

Convocar para las anualidades 2026-2027, con carácter de subvención, las ayudas para la financiación de los gastos que se describen en la resolución con objeto de incentivar, estimular y fomentar la competitividad empresarial en el sector del calzado riojano, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la competitividad y desarrollo económico en las Áreas o Sectores prioritarios de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 247, de 17 de diciembre de 2024).

 

Requisitos:

Las empresas del sector del calzado con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja que soliciten ser beneficiarias de las presentes ayudas, cuya actividad esté directamente relacionada con el sector del calzado, y que cumplan con los requisitos y obligaciones exigidas en el artículo 7 de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre.


 


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910909)

Primero. Objeto de la convocatoria.

Convocar para las anualidades 2026-2027, con carácter de subvención, las ayudas para la financiación de los gastos que se describen en la resolución con objeto de incentivar, estimular y fomentar la competitividad empresarial en el sector del calzado riojano, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la competitividad y desarrollo económico en las Áreas o Sectores prioritarios de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 247, de 17 de diciembre de 2024).

Segundo. Entidades beneficiarias.

Las empresas del sector del calzado con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja que soliciten ser beneficiarias de las presentes ayudas, cuya actividad esté directamente relacionada con el sector del calzado, y que cumplan con los requisitos y obligaciones exigidas en el artículo 7 de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre.

Tercero. Entidad colaboradora.

Se formalizará el correspondiente instrumento jurídico para la colaboración entre la entidad colaboradora Asociación de Industrias del Calzado y Conexas de La Rioja (AICCOR), que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Orden, y la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo para la gestión de las presentes ayudas y en el que se establecerán, en cumplimiento de la norma de bases, las obligaciones y funciones de la entidad colaboradora.

Cuarto. Importe.

La presente convocatoria se aprueba por un importe máximo de quinientos mil euros (500.000 euros) con la siguiente distribución:

Partida presupuestaria          Año 2026           Año 2027

   19.03.01.4612.472.00       300.000 euros     200.000 euros

(Proyecto de gasto 80005.1)

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre, las mencionadas cuantías se abonarán de la siguiente manera:

a) La anualidad 2026 será anticipada a la entidad colaboradora tras la formalización del instrumento jurídico entre la misma y la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre.

b) La anualidad 2027 se abonará de forma anticipada una vez comprobada la primera justificación presentada de acuerdo a lo establecido en el apartado undécimo a) de la convocatoria, y siempre que ésta alcance la cantidad de 50 por ciento del anticipo de la anualidad 2026 correctamente justificada conforme a la normativa en materia de subvenciones.

Quinto. Plazo de ejecución de las ayudas.

El plazo de ejecución de estas ayudas se iniciará el día siguiente de la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y finalizará doce meses después de dicha publicación.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y finalizará once meses después de dicha publicación.

En el caso de que se agote el crédito previsto en el apartado cuarto de la convocatoria, se estará a lo previsto en el artículo 10.3 de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Solicitudes: en el impreso normalizado que se encuentra a disposición de los interesados en la página web https://www.larioja.org/ del Gobierno de La Rioja.

- Documentación: La presentación de las solicitudes y de la documentación complementaria se realizará de forma electrónica dirigida a la entidad colaboradora, de acuerdo con el artículo 8.4 de la Orden EIE/87/2024, de 16 de diciembre.

- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25621 de la página web del Gobierno de La Rioja.

Logroño a 4 de junio de 2026.- La Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, Belinda León Fernández.