Última revisión
12/06/2026
Subvenciones para el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.
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Extracto de la Resolución de 03/06/2025, por la que se publican los créditos en 2026 para la concesión de subvenciones reguladas en el Decreto 267/2023, de concesión directa de subvenciones para el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha. - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 11/06/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha
Cuantía: Crédito 2026: 112.500 euros
BDNS (Indetif.): 910962
Categorías: Empleo y contratación, Empresa, Economía Social
Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de contratos formativos en actividades y oficios tradicionales
Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales, cooperativas, comunidades de bienes y las entidades sin ánimo de lucro.
BDNS (Identif.): 910962
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910962)
Primero. Objeto.
Publicar los créditos disponibles en el ejercicio 2026 para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 267/2023, de 10 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, sociedades laborales, cooperativas, comunidades de bienes y entidades sin ánimo de lucro.
Tercero. Financiación y cuantía de las subvenciones.
1. Las ayudas se financiarán con cargo a fondos procedentes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y se imputarán, con carácter plurianual, al programa 322B “Fomento y Gestión del Empleo”, gestionado por la dirección general competente en materia de empleo.
2. El importe del crédito disponible para el ejercicio 2026 es de 1.000.000,00 de euros. La cuantía de las subvenciones se establece, para cada una de las tres líneas de ayuda, en los artículos 15, 18 y 21 del Decreto 267/2023, de 10 de octubre.
Cuarto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el día 15 de noviembre de 2026. Dentro de este plazo, la presentación de solicitudes se realizará como sigue:
a) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el día anterior a la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha deberán presentarse en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma y de su extracto, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
b) Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de inicio de la relación laboral a subvencionar.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido como anexo III, al que se acompañará el formulario incluido como anexo IV. Estos documentos se encuentran en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la dirección https://www.jccm.es/ (Código Siaci de búsqueda KM5V).
Toledo, 3 de junio de 2026
La Directora General de Empleo
MARÍA ELENA GARCÍA ZALVE
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 3 DE JUNIO DE 2026
