Subvenciones para la rea... laborales

Última revisión
03/09/2026

Subvenciones para la realización de acciones de prevención de riesgos laborales

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EXTRACTO de la Orden de 31 de agosto de 2026, de la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio, por la que se convocan, para el año 2026, subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva para la realización de acciones de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. - Boletín Oficial de Castilla y León de 03/09/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 04/09/2026 hasta 25/09/2026
Beneficiarios: Asociaciones y economía social

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León

Cuantía: El importe total de la convocatoria asciende 550.000,00 euros.

BDNS (Indetif.): 927182

Categorías: Empresa, Economía Social, Seguridad, Industria, Empleo y contratación

Finalidad:

La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2026, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

 

Requisitos:

Las organizaciones a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por éstas y aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica constituidas por las anterior. Las entidades y organizaciones deberán tener sede en la Comunidad de Castilla y León y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.


 


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927182)

Primero. Beneficiarios.

Las organizaciones a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, las organizaciones empresariales y sindicales representativas en su ámbito sectorial correspondiente, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por éstas y aquéllas para la consecución de cualquiera de sus fines, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica constituidas por las anterior. Las entidades y organizaciones deberán tener sede en la Comunidad de Castilla y León y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

Segundo. Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar para el año 2026, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de acciones de información, asistencia técnica y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Tercero. Bases Reguladoras.

Las Bases reguladoras se encuentran recogidas en Orden IEM/749/2026, de 5 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para la realización de acciones de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.C. y L. de 10/08/2026).

Cuarto. Cuantía.

El importe total de la convocatoria asciende 550.000,00 euros.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, el importe asignado a esta convocatoria podrá ser incrementado durante su vigencia en una cuantía adicional no superior al 100% del total determinado en el punto 1 anterior. La efectividad de esta cuantía adicional queda sujeta a las reglas señaladas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, y condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 31 de agosto de 2026.

El Consejero de Industria, Universidades, Empleo y Comercio,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández