Última revisión
15/05/2026
SUBVENCIONES: para el emprendimiento y la consolidación de las sociedades cooperativas de trabajo asociado, sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, sociedades laborales y empresas de inserción sociolaboral
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 3 min
Resolución 213/2026, de 7 de mayo, de la Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se convocan para 2026 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al emprendimiento y a la consolidación de las sociedades cooperativas de trabajo asociado, sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, sociedades laborales y empresas de inserción sociolaboral (extracto). - Boletín Oficial de La Rioja de 15/05/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
Cuantía: importe máximo de 114.100 euros
BDNS (Indetif.): 904343
Categorías: Empleo y contratación, Empresa, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing
Convocar para el año 2026, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al apoyo al emprendimiento y a la consolidación de las sociedades cooperativas de trabajo asociado, sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, sociedades laborales y empresas de inserción sociolaboral, en aplicación de la Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones.
Podrán ser beneficiarias las sociedades cooperativas de trabajo asociado, las sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, las sociedades laborales y las empresas de inserción sociolaboral, que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 5 de la Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/904343)
Primero. Objeto.
Convocar para el año 2026, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al apoyo al emprendimiento y a la consolidación de las sociedades cooperativas de trabajo asociado, sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, sociedades laborales y empresas de inserción sociolaboral, en aplicación de la Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias las sociedades cooperativas de trabajo asociado, las sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, las sociedades laborales y las empresas de inserción sociolaboral, que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 5 de la Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al emprendimiento y a la consolidación de las sociedades cooperativas de trabajo asociado, sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, sociedades laborales y empresas de inserción sociolaboral.
Cuarto. Importe.
La presente convocatoria se aprueba por un importe máximo de ciento catorce mil cien euros (114.100 euros), con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
Partida Importe
19.05.4214.470.02 65.000 euros
19.05.4214.770.02 49.100 euros
Las subvenciones convocadas en la presente resolución se financiarán exclusivamente con fondos propios de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo a los créditos consignados en la Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026.
Serán subvencionables aquellos gastos en que se incurra con ocasión de la realización de la actividad comercial llevada a cabo entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
Las solicitudes se presentarán en el impreso normalizado que se encuentra a disposición de los interesados en la página web https://www.larioja.org/ del Gobierno de La Rioja, a la que se adjuntará la documentación indicada en el artículo 5 de la Resolución 213/2026, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo por la que se convocan las ayudas reguladas en la Orden EIE/12/2026, de 25 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al emprendimiento y a la consolidación de las sociedades cooperativas de trabajo asociado, sociedades cooperativas de trabajo asociado micro, sociedades laborales y empresas de inserción sociolaboral.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática mediante la cumplimentación del formulario normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en la dirección electrónica https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25791
El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la dirección https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25791, de la página web del Gobierno de La Rioja
Logroño a 7 de mayo de 2026.- La Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, Belinda León Fernández.
