Última revisión
26/08/2026
Subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas incluidas en la programación 2026.
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3076 Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 13 de agosto de 2026, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas incluidas en la programación 2026 y se acuerda su tramitación de urgencia. - Boletín Oficial de Canarias de 26/08/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Canarias
Cuantía: Se aprueba el gasto por importe de cincuenta y ocho millones quinientos mil
BDNS (Indetif.): 925172
Categorías: Educación y ciencia, Empleo y contratación
Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la concesión de subvenciones destinadas a financiar acciones de Formación Profesional y acciones de Formación en el Trabajo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.
Podrán solicitar y obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades de formación, públicas o privadas que, con anterioridad a la fecha de publicación de la Resolución, estén debidamente acreditadas o inscritas para impartir las acciones formativas objeto de solicitud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, ya sean certificados profesionales (Grado C) o especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, en la modalidad presencial, virtual asíncrona o de teleformación, según corresponda. Las entidades deberán disponer, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, de las instalaciones debidamente acreditadas que permitan la impartición de las actividades presenciales de las acciones formativas solicitadas, sin perjuicio de las condiciones específicas previstas para la modalidad virtual asíncrona.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/925172).
Primero.- Entidades beneficiarias.
Podrán solicitar y obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades de formación, públicas o privadas que, con anterioridad a la fecha de publicación de la Resolución, estén debidamente acreditadas o inscritas para impartir las acciones formativas objeto de solicitud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, ya sean certificados profesionales (Grado C) o especialidades formativas del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, en la modalidad presencial, virtual asíncrona o de teleformación, según corresponda. Las entidades deberán disponer, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, de las instalaciones debidamente acreditadas que permitan la impartición de las actividades presenciales de las acciones formativas solicitadas, sin perjuicio de las condiciones específicas previstas para la modalidad virtual asíncrona.
Segundo.- Objeto.
Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la concesión de subvenciones destinadas a financiar acciones de Formación Profesional y acciones de Formación en el Trabajo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.
Tercero.- Bases reguladoras.
La concesión de estas subvenciones se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, y la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, en el marco de lo dispuesto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
Cuarto.- Cuantía.
Se aprueba el gasto por importe de cincuenta y ocho millones quinientos mil (58.500.000) euros, con cargo al crédito presupuestario consignado en el presupuesto de gastos del Servicio Canario de Empleo para el ejercicio 2026.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Sexto.- Otros datos.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de convocatoria, se aplica, por razones de interés público, la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de las subvenciones, reduciéndose a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de agosto de 2026.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.

