Última revisión
16/02/2026
Subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género.
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EXTRACTO de la Resolución de 11 de febrero de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León. - Boletín Oficial de Castilla y León de 16/02/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León
Cuantía: El crédito asignado a la convocatoria es de 100.000 euros.
BDNS (Indetif.): 886646
Categorías: Servicios Sociales, Empresa, Empleo y contratación
Financiar la contratación de mujeres víctimas de violencia de género por empresas y entidades privadas, con el objetivo de favorecer su independencia económica y plena integración social.
Empresas privadas
Entidades privadas sin ánimo de lucro
Personas físicas y jurídicas, así como comunidades de bienes empleadoras de mujeres víctimas de violencia de género, que desarrollen su actividad en Castilla y León
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/886646)
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS
Primero. Objeto y finalidad.
Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen por objeto financiar la contratación de mujeres víctimas de violencia de género por empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro. Con la finalidad de que las mujeres víctimas de violencia de género alcancen una mayor autonomía a través de su independencia económica con el objetivo fundamental de lograr su plena integración social.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias las empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro que cumpliendo los requisitos que determinen la convocatoria, realicen la actividad subvencionable descrita y que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
A los efectos de esta convocatoria tendrán la condición de empresa las personas físicas y jurídicas, así como las comunidades de bienes que sean empleadoras de las mujeres víctimas de violencia de género.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden FAM/616/2023, de 9 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género en Castilla y León.
Cuarto. Cuantía.
El crédito asignado a la convocatoria es de 100.000 euros.
Cuando el número de solicitudes presentadas superen la estimación de crédito inicial, excepcionalmente, podrán ser incrementados los créditos asignados, a fin de permitir la concesión de subvenciones e incentivar el mayor número posible de contrataciones de mujeres víctimas de violencia de género.
La cuantía individualizada de la subvención correspondiente a cada entidad beneficiaria, dependerá del tipo de contrato realizado. 10.000 € por cada contrato indefinido a tiempo completo. Para los contratos temporales a tiempo completo de, mínimo seis meses de duración el importe será de 4.000 € y para aquellos contratos de duración mínima de 90 días y que no lleguen a los seis meses de duración a tiempo completo el importe será de 2.000 €.
Quinto. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 15 de octubre de 2026.
Valladolid, 11 de febrero de 2026.
La Gerente de Servicios Sociales,
Fdo.: Esperanza Vázquez Boyero
