Subvenciones destinadas a...ras, 2026.

Última revisión
26/03/2026

Subvenciones destinadas a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores y emprendedoras, 2026.

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Extracto de la convocatoria de subvenciones destinada a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores y emprendedoras 2026 - Boletín Oficial de Navarra de 26/03/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 27/03/2026 hasta 09/10/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos, Particulares

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Navarra

Cuantía: Dotación presupuestaria: 60.000 euros.

BDNS (Indetif.): 892237

Categorías: Empresa, Empleo y contratación, Igualdad, Infancia y juventud, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)

Finalidad:
Subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de jóvenes en el término municipal de Pamplona.
Requisitos:
Podrán obtener la condición de beneficiaria las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas a continuación, siempre que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención este último requisito se exceptúe y así se indique en este apartado.
Acción subvencionable:
Ver Convocatoria de subvenciones en régimen de evaluación individualizada destinada a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores y emprendedoras 2026. www.pamplona.es.


Resumen:
El objeto de la convocatoria es subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de jóvenes en el término municipal de Pamplona. Se considera nueva actividad económica la que se ha dado de alta por primera vez en el impuesto de actividades económicas (IAE) entre el 01 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambos inclusive.

Código BDNS: 892237.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/892237).

Primero.–Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiaria las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas a continuación, siempre que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención este último requisito se exceptúe y así se indique en este apartado.

Requisitos específicos:

a) Los solicitantes deberán tener entre 18 y 35 años en la fecha de inicio de la actividad. Se considerará como fecha de inicio de la actividad la fecha de alta en el IAE. Según la personalidad jurídica con la que se concurra a esta subvención, la exigencia de este requisito de edad se desglosa en los siguientes supuestos:

–Personas físicas. Deberán tener entre 18 y 35 años (ambos incluidos) y constituir una unidad económica.

–Sociedades civiles, irregulares, colectivas o comanditarias simples. Al menos dos tercios (o el 66%) de las personas socias deberán haber cumplido los 18 años y no superar los 35 años.

–Sociedades mercantiles de capital, laborales y cooperativas. Al menos dos tercios del capital social deberá estar aportado por socios/as jóvenes de entre 18 y 35 años.

b) El domicilio fiscal y de negocio de la actividad económica objeto de subvención deberá estar ubicado en el término municipal de Pamplona.

c) La entidad solicitante deberá haberse dado de alta en el impuesto de actividades económicas en el Ayuntamiento de Pamplona dentro del plazo establecido en el apartado B.3, esto es, entre el 01 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.

d) No podrán obtener subvenciones públicas aquellas personas físicas o jurídicas que hubieran sido sancionadas por infracción muy grave o condenadas por resolución administrativa o sentencia judicial firmes por incumplimiento de las obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades del Estatuto de los Trabajadores o el convenio colectivo aplicable; por decisiones discriminatorias por razón de sexo; por acoso sexual en el trabajo; o incumplimiento de la Ordenanza Municipal de Igualdad de 7 de marzo de 2019 (Boletín Oficial de Navarra 112, de 11 de junio de 2019) o de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres o de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre hombres y mujeres.

Segundo.–Finalidad.

El objeto de la convocatoria es subvencionar los gastos de creación y puesta en marcha de nuevas actividades económicas por parte de jóvenes en el término municipal de Pamplona.

Se considera nueva actividad económica la que se ha dado de alta por primera vez en el impuesto de actividades económicas (IAE) entre el 01 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambos inclusive.

Tercero.–Bases reguladoras.

Convocatoria de subvenciones en régimen de evaluación individualizada destinada a la creación de empresas por parte de jóvenes emprendedores y emprendedoras 2026.

www.pamplona.es.

Cuarto.–Importe.

60.000 euros.

Quinto.–Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria comenzará a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y concluirá el 9 de octubre de 2026 (incluido).

Pamplona, 10 de marzo de 2026.–El concejal delegado del área de Promoción Económica, Proyección Europea, Innovación, Juventud y Cooperación al Desarrollo, Mikel Armendariz Barnechea.

Código del anuncio: L2603919