Última revisión
18/05/2026
SUBVENCIONES para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, para 2026.
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Resolución 40/2026, de 13 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo, para la aprobación del gasto para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas (extracto). - Boletín Oficial de La Rioja de 18/05/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de La Rioja
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 905490
Categorías: Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Educación y ciencia
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo 5 de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, que contraten a personas desempleadas de 30 años o para la realización de obras y servicios de interés general y social.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las universidades públicas con sede en La Rioja y las entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo.
BDNS: 905490
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/905490
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las corporaciones locales de La Rioja y sus entidades dependientes o vinculadas, los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, las universidades públicas con sede en La Rioja y las entidades o instituciones sin ánimo de lucro con sede en La Rioja que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo.
Segundo. Objeto
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo 5 de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, que contraten a personas desempleadas de 30 años o para la realización de obras y servicios de interés general y social.
Tercero. Bases reguladoras
Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Cuarto. Cuantía
En la presente convocatoria se aprueba el gasto de un millón setecientos cuarenta y un mil doscientos sesenta y cuatro euros (1.741.264 euros), de los que un ochocientos setenta mil seiscientos treinta y dos euros (870.632 euros) van con cargo al presupuesto de gastos para el ejercicio 2026 y ochocientos setenta mil seiscientos treinta y dos euros (870.632 euros) van con cargo al presupuesto futuro de gastos para el ejercicio 2027. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta distribución tiene carácter estimativo. Conforme al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo58. Aprobación del gasto por una cuantía máxima y distribución entre créditos presupuestarios, apartados 4 y 5, podrá procederse a la distribución definitiva de los créditos presupuestarios con carácter previo a la resolución de concesión.
Por su parte, será de aplicación en la cuantía de la convocatoria lo establecido en el artículo 23 bis del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.
Quinto. Concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el régimen de concurrencia competitiva según se establece en el artículo 10 de la Orden
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitud es será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto de la Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Séptimo. Duración de los proyectos
Los proyectos tendrán una duración máxima de nueve meses.
Octavo. Límite de solicitudes
Municipios de 300 habitantes o menos: 1 solicitudes en esta convocatoria.
Municipios entre 301 y 3000 habitantes: 2 solicitudes en esta convocatoria.
Municipios de más de 3000 habitantes: 3 solicitudes en esta convocatoria.
El número máximo de personas desempleadas participantes en cada proyecto será de dos.
Noveno. Justificación
Se presentará en el plazo máximo de 2 meses computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado.
Décimo. Otros datos de interés
-Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24170)
-Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en el procedimiento habilitado en la oficina electrónica de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24170)
-Obligaciones. Los beneficiarios se someterán a las establecidas en el artículo 19 de la orden reguladora.
Logroño a 13 de mayo de 2026.- El consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.
