Subvenciones para concili...autónomos.

Última revisión
20/05/2026

Subvenciones para conciliación y primera contratación laboral de autónomos.

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Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2026, de la Presidenta, por la que se aprueba, para el año 2026, la convocatoria pública, en régimen de concurrencia no competitiva, de concesión de subvenciones a la conciliación de la vida familiar y laboral (Programa ?Concilia?, Líneas ?Concilia 1?, ?Concilia 2? y ?Concilia 3?), dirigidas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y reguladas mediante Orden de 7 de abril de 2026. - Boletín Oficial de Canarias de 20/05/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 21/05/2026 hasta 15/10/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos, Particulares

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Canarias

Cuantía: Presupuesto total de la convocatoria 400.000,00 €

BDNS (Indetif.): 902979

Categorías: Empleo y contratación, Turismo y agencias de viajes, Familia

Finalidad:

El objeto de las presentes bases es aprobar las bases reguladoras por las cuales se regirá la convocatoria pública de las subvenciones a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (en adelante, Programa Concilia), y las subvenciones destinadas a la contratación laboral realizada por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, mediante la incorporación de personas de 52 años o más (en adelante, Programa + Uno 52), que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Requisitos:


PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA



 

 


BDNS (Identif.): 902979.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/902979).

Primero.- Bases reguladoras.

Orden de 7 de abril de 2026, de la Consejera de Turismo y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y de subvenciones destinadas a la primera contratación laboral realizada por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, mediante la incorporación de personas de 52 años o más (BOC n.º 73, de 16.4.2026).

Segundo.- Importe.

El importe que se destina a las subvenciones en la presente convocatoria asciende a un total de quinientos mil (500.000,00) euros.

No obstante, el crédito destinado podrá ser incrementado si existiera crédito adecuado y suficiente en el Departamento y si el volumen de solicitudes de subvención lo requiriese.

Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 15 de octubre de 2026.

Cuarto.- Otros datos de interés.

- Gastos subvencionables: los establecidos en la base reguladora cuarta de la Orden de bases reguladoras.

- Solicitudes: la presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo la dirección electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/10923

- Documentación: la prevista en las bases quinta y sexta de la Orden de bases reguladoras.

- Forma de pago: el abono de la subvención se realizará de forma anticipada por el cien por cien (100%) de la cuantía a conceder, siempre que, junto con la solicitud, figure la documentación a que se refieren las bases quinta y sexta, y sin perjuicio de lo establecido en la base duodécima. No obstante lo anterior, en el supuesto de ayudas correspondientes a las líneas Concilia 1 y Concilia 3, el abono de la subvención se realizará previa justificación.

- Forma de justificación: la prevista en la base duodécima de la Orden de bases reguladoras.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de abril de 2026.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.