Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Los objetivos específicos de estas ayudas son:
- Reactivación económica del sector productivo liderado por mujeres.
- Impulso de proyectos empresariales transformadores del modelo económico y social, que tengan un impacto social.
- Impulso y puesta en marcha de líneas de negocio mes eficaces, eficientes, sostenibles y justas.
- Fomentar la emprendeduría social mediante el apoyo a nuevas empresas o nuevas líneas de negocio desde su etapa inicial.
- Diversificar el modelo económico más allá de los sectores más masculinizados.
- Corregir las diferencias de género en la emprendeduría.
- Impulsar proyectos innovadores que den respuesta a esta nueva emergencia social por la escalada del IPC a consecuencia del conflicto de Ucrania.
Podrán ser beneficiarios de esta subvención las organizaciones de productores reguladas por el Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, que sean titulares de centrales de acondicionamiento y que cumplan los siguientes requisitos:
a)? Que se encuentren reconocidas para alguna de las categorías de reconocimiento establecidas en el anexo III del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, que incluyan alguno de los productos de los sectores de fruta de hueso, fruta de pepita y/o frutos secos.
b)? Que tengan efectivos productivos en las comarcas recogidas en el anexo o estén afectadas por entregas de terceros procedentes de estas comarcas.
c)? Que acrediten haber sufrido una pérdida en 2022 superior al 30/ % del valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros con respecto a la media del último quinquenio 2017-2021, calculada según el apartado 3 de este artículo.
2.? El valor de producción comercializada incluyendo las producciones de terceros a efectos de la letra c) del apartado 1 del presente artículo - en adelante VPC- se corresponderá con el valor comunicado de acuerdo con el artículo 21.1, del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.
3.? El cálculo de la media del VPC del último quinquenio 2017-2021, eliminando el dato menor y el mayor de la serie, se hará de oficio con base en la información contenida en la aplicación informática Sistema de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (SOFYH) establecida en el artículo 23 del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo.
2. La finalidad de estas ayudas es la activación de la inversión privada en I+D+i y el fortalecimiento de las capacidades tecnológicas y de innovación de los sectores agrícola, ganadero, forestal y de sus industrias asociadas o agroalimentarias de la Comunidad de Madrid, con el objeto de promover, impulsar y apoyar a estos sectores económicos, reforzando así su competitividad, rentabilidad y sostenibilidad.
NOTA: Esta ayudas son dadas de alta de oficio por la Administración.
Se tiene en consideración el personal de limpieza destinado a centros que han recibido financiación total o parcialmente pública mediante cualquiera de los instrumentos jurídicos en vigor en materia de servicios sociales. La subvención quiere reconocer la implicación y el esfuerzo para realizar las tareas de limpieza durante el estallido de la pandemia de la COVID-19, agradecer el trabajo llevado a cabo en condiciones de gran intensidad y compensar el desgaste físico y emocional sufrido en el primer embate de la pandemia.

