Subvenciones
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Beneficiario
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Empresa
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Empresa, Comercio y marketing, Industria, Agricultura
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
13/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Empresa, Agricultura, Industria, Empleo y contratación, Comercio y marketing, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Caza y pesca, Medio Ambiente, Energía, Desarrollo Local y Rural, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Comunicación pública, Educación y ciencia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Artesanía, Economía Social, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
13/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Servicios Sociales, Consumo, Industria, Energía, Economía Social, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Minería, Igualdad, Agricultura, Construcción y obras, Ferias y congresos, Seguridad, Justicia, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la ayuda es de un máximo del 75% de los gastos objeto de la ayuda para microempresas y pymes, o del 50% si la empresa beneficiaria no es una microempresa o una pyme. El importe es de un máximo de 60.000 euros por proyecto en el caso de proyectos de las clases A o B, y de 30.000 euros por proyecto para proyectos de la clase C.
Finalidad
Objeto
Esta línea de subvenciones tiene como objeto el fomento de proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía circular en Cataluña, mejorar la eficiencia en el uso de los recursos materiales y desacoplar el desarrollo económico global del consumo de recursos. En el anexo 2, figura la definición de economía circular.
Esta línea de subvenciones tiene como objeto el fomento de proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía circular en Cataluña, mejorar la eficiencia en el uso de los recursos materiales y desacoplar el desarrollo económico global del consumo de recursos. En el anexo 2, figura la definición de economía circular.
Localización
BOE
Categorías
Medio Ambiente, Energía, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Empleo y contratación, Sector Financiero/Bancario, Comercio y marketing, Igualdad, Servicios Sociales, Seguridad, Consumo, Minería, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Construcción y obras, Vivienda e hipotecas, Industria, Participación ciudadana, Agricultura, Economía Social, Comunicación pública, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Caza y pesca, Ferias y congresos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta orden ministerial tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.
Localización
Canarias
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Hostelería y hoteles, Transporte y vehículos, Seguridad, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Ferias y congresos, Turismo y agencias de viajes, Estadísticas y encuestas, Energía, Cultura e idiomas, Agricultura, Consumo, Economía Social, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Familia, Comercio y marketing, Caza y pesca, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Cada módulo de formación tendrá una subvención fija de un mínimo de 245 euros por persona formada, para la formación de 30 horas, y un máximo de 549 euros por persona formada, para los módulos formativos que alcancen las 60 horas de formación, siendo los gastos máximos proporcionales al número de horas en acciones formativas mayores de 30 y menores de 60 horas, aplicándose para el cálculo de la proporcionalidad el módulo de 549 euros. El importe que se podrá conceder será de 300.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3 de la base reguladora tercera, y de 500.000 euros para las entidades beneficiarias previstas en el apartado 2 de la base reguladora tercera, pudiéndose incrementar de forma proporcional para todas las modalidades previstas, en caso de no agotarse el crédito en cada una de las modalidades, sin que en ningún caso supere la cuantía de 500.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3, y de 700.000 euros para las entidades beneficiarias del apartado 2.
Finalidad
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin, incluida en la Inversión 1 del Componente 20 ?Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Economía Social, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Agricultura, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Igualdad, Ganadería, Consumo, Hostelería y hoteles, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
26/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a subvencionar por el concepto de gasto de informe de auditor es de 1.000 euros (+IVA). El importe máximo de la ayuda, incluido el importe del coste del informe de auditor, es de 200.000 euros por beneficiario, sin perjuicio de los límites cuantitativos del régimen de acumulación del apartado 3.2.
Finalidad
El objeto de las ayudas que establece la Orden es la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean organizaciones de productores, cooperativas, SAT o empresas, que comercializan mayoritariamente fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica.
Estas ayudas se articulan mediante tres líneas:
1.1. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean cooperativas, SAT o empresas, no reconocidas como organizaciones de productores, que comercializan fruta de hueso producida en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 1).
1.2. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean cooperativas, SAT o empresas, no reconocidas como organizaciones de productores, que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, el Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 2).
1.3. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean organizaciones de productores que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros o socios ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de en abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, la Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 3).
Estas ayudas se articulan mediante tres líneas:
1.1. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean cooperativas, SAT o empresas, no reconocidas como organizaciones de productores, que comercializan fruta de hueso producida en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 1).
1.2. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean cooperativas, SAT o empresas, no reconocidas como organizaciones de productores, que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, el Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 2).
1.3. Línea de ayudas para la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean organizaciones de productores que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros o socios ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de en abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d'Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d'Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, la Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica (línea de ayuda 3).
Localización
Murcia
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Infancia y juventud, Construcción y obras, Transporte y vehículos, Economía Social, Igualdad, Empresa, Justicia, Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Comercio y marketing
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Particulares
F. Publicación
02/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), en función de la tipología de la vivienda/edificio objeto de la actuación y las circunstancias individuales de las personas beneficiarias de las ayudas. Consultar en el pdf la tabla de cuantia de la ayuda
Finalidad
1. Es objeto de esta orden, la aprobación de las bases reguladoras de concesión de las ayudas de los siguientes programas del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regulador del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (en adelante el Plan):
a) Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
b) Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
2. Esta orden será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al amparo de lo dispuesto en el Convenio de ejecución del Plan, suscrito, el 2 de noviembre de 2022, con el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana (en adelante MITMA).
a) Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
b) Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
2. Esta orden será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al amparo de lo dispuesto en el Convenio de ejecución del Plan, suscrito, el 2 de noviembre de 2022, con el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana (en adelante MITMA).
Localización
Cataluña
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Igualdad, Economía Social, Cultura e idiomas, Justicia, Infancia y juventud, Deporte, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
02/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención de cada centro consistirá en un importe cierto que se determinará proporcionalmente distribuyendo el gasto total que se fijará en la resolución de convocatoria pública en función del número de alumnos y el índice de complejidad recogido en la base 5. Consultar en el pdf la formula de calculo de la cuantia
Finalidad
El objeto de estas bases es establecer el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a centros privados concertados en el marco del Plan de mejora de oportunidades educativas.
La finalidad de la subvención es reforzar a los centros educativos privados concertados de más complejidad educativa del Servicio de Educación de Cataluña para que dispongan de los recursos necesarios para compensar el incremento y agravamiento de las necesidades y desigualdades educativas del alumnado y sus familias provocadas por los efectos de la pandemia del COVID- 19, para contribuir a la mejora de la equidad en el acceso a oportunidades educativas. También tiene por objetivo reforzar la dimensión comunitaria de la acción educativa y la atención del alumnado con necesidades específicas de soporte educativo.
La finalidad de la subvención es reforzar a los centros educativos privados concertados de más complejidad educativa del Servicio de Educación de Cataluña para que dispongan de los recursos necesarios para compensar el incremento y agravamiento de las necesidades y desigualdades educativas del alumnado y sus familias provocadas por los efectos de la pandemia del COVID- 19, para contribuir a la mejora de la equidad en el acceso a oportunidades educativas. También tiene por objetivo reforzar la dimensión comunitaria de la acción educativa y la atención del alumnado con necesidades específicas de soporte educativo.
Localización
Canarias
Categorías
Ganadería, Agricultura, Servicios Sociales, Caza y pesca, Desarrollo Local y Rural, Comercio y marketing, Empresa, Empleo y contratación, Comunicación pública, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
02/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia destinada es de 735.000,00 euros. Consultar en el pdf el monto de la cuantia por cada ADSG
Finalidad
1. Convocar para el ejercicio 2023, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio, las subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (en adelante ADSG), previstas en el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero (BOE nº 50, de 27.2.2015), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.
2. Establecer los requisitos adicionales, los criterios objetivos complementarios para el otorgamiento de las subvenciones, la forma y plazo de presentación de solicitudes, el procedimiento de instrucción, resolución y pago de las subvenciones, y la forma y plazo de justificación de las mismas.
3. Así mismo se establecen las obligaciones de los beneficiarios, las causas de reintegro, su prescripción y su procedimiento y el régimen sancionador.
2. Establecer los requisitos adicionales, los criterios objetivos complementarios para el otorgamiento de las subvenciones, la forma y plazo de presentación de solicitudes, el procedimiento de instrucción, resolución y pago de las subvenciones, y la forma y plazo de justificación de las mismas.
3. Así mismo se establecen las obligaciones de los beneficiarios, las causas de reintegro, su prescripción y su procedimiento y el régimen sancionador.
