Subvenciones
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Beneficiario
Empresas y autónomos
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Empleo y contratación
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Servicios Sociales, Igualdad, Educación y ciencia, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Energía, Infancia y juventud, Ferias y congresos, Economía Social, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones start-up capital para empresas tecnológicas emergentes.
Localización
BOE
Categorías
Empleo y contratación, Familia, Servicios Sociales, Economía Social
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
01/08/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Igualdad, Empresa, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Economía Social, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Vivienda e hipotecas, Ganadería
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
23/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las subvenciones consisten en una dotación económica no porcentual. Para la determinación y cálculo de su importe, se toman como referencia los datos relativos a la actividad correspondiente al año anterior al de la convocatoria. Consultar en el pdf la asignacion de criterios
Finalidad
1.1. Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento para la concesión de subvenciones estructurales para la edición de medios informativos digitales en catalán o en aranés de titularidad privada, de acuerdo con la definición establecida en la base 4.a, con el fin de contribuir a la vertebración del espacio catalán de comunicación.
Localización
La Rioja
Categorías
Agricultura, Empresa, Comercio y marketing, Energía, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Ganadería, Seguridad, Empleo y contratación, Caza y pesca, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Vivienda e hipotecas, Turismo y agencias de viajes, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles, Educación y ciencia, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda consistirá en una contribución a los costes incurridos en la operación aprobada, teniendo en cuenta los porcentajes de financiación establecidos en el presente artículo, que se aplicarán sobre el valor total de los costes subvencionables incurridos.
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto regular los procedimientos de solicitud de ayuda, admisión, concesión, tramitación de los pagos y control de las ayudas destinadas a la Intervención de Inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles en establecimientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja acogidas a la Intervención Sectorial del Vino (ISV) 2024-2027.
2. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda es el establecido para cada año natural en el artículo 11 de la presente orden, por lo que su apertura no está sometida a la aprobación de un acto de convocatoria posterior.
2. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda es el establecido para cada año natural en el artículo 11 de la presente orden, por lo que su apertura no está sometida a la aprobación de un acto de convocatoria posterior.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Industria, Empleo y contratación, Igualdad, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Sector Financiero/Bancario, Cultura e idiomas, Textil, confección y calzado, Economía Social, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Energía, Seguridad, Consumo, Infancia y juventud, Estadísticas y encuestas, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
27/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo de la ayuda será de 5.000.000,00 euros por proyecto. Este importe se ajustará a los requisitos y al régimen de ayudas europeas aplicable en cada caso.
Finalidad
a) El objeto de estas bases es regular las condiciones para la concesión de subvenciones de apoyo a proyectos de reindustrialización en Cataluña.
Por proyecto de reindustrialización se entiende aquel que actúa sobre el cierre de un establecimiento industrial o de servicios a la producción que afecte, con carácter general, a un mínimo de 100 puestos de trabajo directos o indirectos de la actividad. Tendrá que haber un acuerdo para la reindustrialización firmado en el marco del procedimiento del periodo de consultas del expediente de regulación de ocupación (o previamente si fuese el caso), que haya prevista una mesa de reindustrialización entre las partes implicadas y en la que preferentemente se haya contratado una empresa especializada llevando a cabo la centralización de la búsqueda de alternativas industriales, o que exista una figura que realice estas funciones y esté reconocida por todos los integrantes de la mesa. Esta cifra se podrá ajustar siempre que las características específicas del proyecto y el impacto sobre el territorio que tenga el cierre así lo justifiquen.
b) Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que o bien estén en situación concursal y/o hayan comunicado esta circunstancia al Departamento de Empresa y Trabajo con anterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes de esta ayuda.
Por proyecto de reindustrialización se entiende aquel que actúa sobre el cierre de un establecimiento industrial o de servicios a la producción que afecte, con carácter general, a un mínimo de 100 puestos de trabajo directos o indirectos de la actividad. Tendrá que haber un acuerdo para la reindustrialización firmado en el marco del procedimiento del periodo de consultas del expediente de regulación de ocupación (o previamente si fuese el caso), que haya prevista una mesa de reindustrialización entre las partes implicadas y en la que preferentemente se haya contratado una empresa especializada llevando a cabo la centralización de la búsqueda de alternativas industriales, o que exista una figura que realice estas funciones y esté reconocida por todos los integrantes de la mesa. Esta cifra se podrá ajustar siempre que las características específicas del proyecto y el impacto sobre el territorio que tenga el cierre así lo justifiquen.
b) Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad que o bien estén en situación concursal y/o hayan comunicado esta circunstancia al Departamento de Empresa y Trabajo con anterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes de esta ayuda.
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Empleo y contratación, Igualdad, Servicios Sociales, Economía Social, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1.1. El objeto de estas bases es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones estructurales a empresas periodísticas y entidades sin ánimo de lucro para la edición de publicaciones periódicas con contenido de redacción periodística en catalán o aranés, que se ponen a disposición del público en soporte papel y están realizadas con medios de imprenta, o bien para la edición en catalán o aranés de publicaciones periódicas en otras lenguas.
1.2. No se consideran incluidos en las subvenciones que son objeto de estas bases los siguientes supuestos:
a) La edición de publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.
b) La edición de boletines y las publicaciones corporativas.
c) La edición de reclamos publicitarios y las guías comerciales.
d) La edición de suplementos de publicaciones.
e) La edición de publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de otra.
f) La edición de publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.
1.2. No se consideran incluidos en las subvenciones que son objeto de estas bases los siguientes supuestos:
a) La edición de publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.
b) La edición de boletines y las publicaciones corporativas.
c) La edición de reclamos publicitarios y las guías comerciales.
d) La edición de suplementos de publicaciones.
e) La edición de publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de otra.
f) La edición de publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.
Localización
Aragón
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Medio Ambiente, Industria, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Energía, Caza y pesca, Consumo, Seguridad, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Artesanía, Economía Social, Comercio y marketing, Comunicación pública, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía individualizada de la ayuda se calculará en dos tramos distintos, según el gasto subvencionable se someta al Reglamento UE de exención por categorías o al Reglamento UE de ayudas de "minimis". Para el cálculo de la ayuda, en un mismo concepto concreto de gasto no se podrán aplicar regímenes de ayuda diferentes.
Finalidad
Estas bases establecen las condiciones de acceso a un régimen de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para fomentar la inversión en economía circular, así como la realización de proyectos empresariales en Aragón que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Industria, Economía Social, Medio Ambiente, Consumo, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
18/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a subvencionar por póliza será de treinta mil euros (30.000 €).
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico de esta ayuda para las pólizas que se suscriban y tengan fecha de entrada en vigor en el año 2023, junto con las de la convocatoria del año 2022 que no fueron abonadas.
Esta ayuda se abonará en forma de aportación al pago de la prima como complemento de la ayuda aportada por la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en el marco del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
Esta ayuda se abonará en forma de aportación al pago de la prima como complemento de la ayuda aportada por la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en el marco del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Infancia y juventud, Caza y pesca, Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Economía Social, Familia, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Participación ciudadana, Igualdad, Comercio y marketing, Energía, Industria, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
Cataluña
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Familia, Infancia y juventud, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Empresa, Empleo y contratación, Construcción y obras, Ferias y congresos, Igualdad
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
16/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la subvención será del 20% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler o el de la cesión sea igual o inferior al 30% de sus ingresos, ponderados de acuerdo con lo que dispone el apartado 1 de esta base reguladora. Será del 30% del importe de la renta del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler sea superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos ponderados, de acuerdo con lo que dispone el apartado 1 de esta base reguladora. Será del 40% del importe del alquiler o cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler o precio de cesión sea igual o superior al 40% de los ingresos ponderados, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda y un mínimo de 240 euros anuales por vivienda, cuando el resultado de los cálculos que determinen el importe sea inferior a esta cantidad.
Finalidad
Estas bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de subvenciones para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a los sectores de población en riesgo de exclusión social que establece la base reguladora 3.
