Subvenciones
Quisiste decir...
Filtros
Boletín
Diario Oficial de Cataluña
Boletín Oficial del Estado
Diario Oficial de la Generalitat Valenciana
Boletín Oficial de Cantabria
Boletín Oficial de Castilla y León
Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
Quisiste decir...
Búsqueda: Top Concepts
Cultura e idiomas
Localización
Cataluña
Categorías
Servicios Sociales, Empresa, Empleo y contratación, Igualdad, Cultura e idiomas, Economía Social, Seguridad, Consumo, Infancia y juventud, Ferias y congresos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Un importe máximo de 450 euros por persona trabajadora que la entidad pueda certificar que ha trabajado entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2020. El importe es íntegro, si la persona trabajadora prestó los servicios durante todo el periodo mencionado, o proporcional al tiempo de prestación efectiva.
Finalidad
Esta Orden regula la tramitación y concesión de la subvención para otorgar un complemento de productividad extraordinario único para el personal de limpieza integrado en las empresas y entidades públicas y privadas proveedoras que hayan prestado servicios en los centros de servicios sociales de carácter residencial del ámbito de las personas mayores, las personas con discapacidad, las personas con problemática social derivada de enfermedad mental, las personas con drogodependencias u otras adicciones y las personas afectadas por el virus del VIH/sida.
Se tiene en consideración el personal de limpieza destinado a centros que han recibido financiación total o parcialmente pública mediante cualquiera de los instrumentos jurídicos en vigor en materia de servicios sociales. La subvención quiere reconocer la implicación y el esfuerzo para realizar las tareas de limpieza durante el estallido de la pandemia de la COVID-19, agradecer el trabajo llevado a cabo en condiciones de gran intensidad y compensar el desgaste físico y emocional sufrido en el primer embate de la pandemia.
Se tiene en consideración el personal de limpieza destinado a centros que han recibido financiación total o parcialmente pública mediante cualquiera de los instrumentos jurídicos en vigor en materia de servicios sociales. La subvención quiere reconocer la implicación y el esfuerzo para realizar las tareas de limpieza durante el estallido de la pandemia de la COVID-19, agradecer el trabajo llevado a cabo en condiciones de gran intensidad y compensar el desgaste físico y emocional sufrido en el primer embate de la pandemia.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Industria, Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Educación y ciencia, Familia, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Igualdad
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
€ Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días.
Finalidad
1. El objeto de estas subvenciones será promover la contratación temporal por municipios con más de 5.000 habitantes y por las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social.
2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
Localización
Canarias
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Igualdad, Industria, Agricultura, Caza y pesca, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Economía Social, Transporte y vehículos, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Artesanía, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Energía, Estadísticas y encuestas, Justicia, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Los límites mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto son 60.000 y 200.000 euros
Finalidad
1. El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras que regirán las convocatorias de subvenciones públicas a proyectos de innovación realizados por empresas canarias emergentes de base tecnológica.
2. Estas ayudas tienen una doble finalidad: por un lado, fomentar la puesta en marcha de proyectos innovadores, apoyando la creación y el desarrollo de empresas emergentes de base tecnológica en Canarias; y por otro, la actuación de las entidades que ejercen un papel de interlocución esencial para fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en empresas emergentes de base tecnológica del tejido empresarial regional, promoviendo la puesta en marcha de empresas innovadoras, acelerando el proceso de ?cristalización? de los proyectos empresariales, promoviendo puntos de encuentro que faciliten el contacto de emprendedores con inversores privados o business angels y facilitando el acceso a otras fuentes de financiación de la innovación nacionales y europeas.
2. Estas ayudas tienen una doble finalidad: por un lado, fomentar la puesta en marcha de proyectos innovadores, apoyando la creación y el desarrollo de empresas emergentes de base tecnológica en Canarias; y por otro, la actuación de las entidades que ejercen un papel de interlocución esencial para fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en empresas emergentes de base tecnológica del tejido empresarial regional, promoviendo la puesta en marcha de empresas innovadoras, acelerando el proceso de ?cristalización? de los proyectos empresariales, promoviendo puntos de encuentro que faciliten el contacto de emprendedores con inversores privados o business angels y facilitando el acceso a otras fuentes de financiación de la innovación nacionales y europeas.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Construcción y obras, Infancia y juventud, Familia, Economía Social, Seguridad, Comercio y marketing, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Deporte
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
14/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda del 50% de la renta o precio mensual que deban satisfacer por el alquiler o cesión en uso de su vivienda o habitación habitual y permanente.
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas de cinco de los trece programas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, de conformidad con el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025:
a) Programa específico de ayuda al alquiler de vivienda.
b) Programa específico de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
c) Programa específico de ayuda al alquiler a las personas jóvenes para contribuir al reto demográfico.
d) Programa específico de ayuda a la adquisición de vivienda en propiedad por las personas para contribuir al reto demográfico.
e) Programa específico de ayuda a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
2.La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es facilitar el acceso a la vivienda a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos y la mejora de las condiciones de accesibilidad de las viviendas.
a) Programa específico de ayuda al alquiler de vivienda.
b) Programa específico de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.
c) Programa específico de ayuda al alquiler a las personas jóvenes para contribuir al reto demográfico.
d) Programa específico de ayuda a la adquisición de vivienda en propiedad por las personas para contribuir al reto demográfico.
e) Programa específico de ayuda a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
2.La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es facilitar el acceso a la vivienda a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos y la mejora de las condiciones de accesibilidad de las viviendas.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Construcción y obras, Vivienda e hipotecas, Empresa, Ferias y congresos, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Seguridad, Igualdad, Servicios Sociales, Energía
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
13/04/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Empresa, Cultura e idiomas, Educación y ciencia, Igualdad, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Empleo y contratación, Economía Social, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
13/04/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Empleo y contratación, Igualdad, Educación y ciencia, Economía Social
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
13/04/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Servicios Sociales, Igualdad, Energía, Hostelería y hoteles, Comunicación pública
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social
F. Publicación
27/12/2021
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones para contribuir a la financiación de inversiones o gastos orientados a la modernización digital y que promuevan la sostenibilidad ambiental en infraestructuras de artes escénicas (teatro, danza y circo) y musicales ubicadas en Cataluña.
Localización
Andalucía
Categorías
Caza y pesca, Agricultura, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Igualdad, Ganadería, Seguridad, Comercio y marketing, Ferias y congresos, Comunicación pública, Educación y ciencia, Energía, Transporte y vehículos, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
08/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
El importe máximo de la ayuda concedida a las personas armadoras/explotadoras de los buques objeto de paralización temporal cofinanciada con FEMP se calculará multiplicando el siguiente baremo por el número de arqueo bruto (GT) del buque y el número de días establecido como periodo subvencionable en la correspondiente orden de convocatoria para dicha parada. Consultar en el pdf importe maximo de la prima por buque y dia (euros)
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la
concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización
temporal de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, a las que hace referencia el artículo 33.1.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante FEMP), en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), así como para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, previstas en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (en adelante FEMPA), quedando condicionadas éstas últimas a la aprobación del citado Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, y al cumplimiento de los Criterios de Selección que se aprueben por el Comité de Seguimiento que se cree para el referido Programa Operativo.
concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización
temporal de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, a las que hace referencia el artículo 33.1.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante FEMP), en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), así como para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, previstas en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (en adelante FEMPA), quedando condicionadas éstas últimas a la aprobación del citado Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, y al cumplimiento de los Criterios de Selección que se aprueben por el Comité de Seguimiento que se cree para el referido Programa Operativo.
Localización
Andalucía
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Medio Ambiente, Deporte, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Igualdad, Infancia y juventud, Ocio y tiempo libre, Industria, Ferias y congresos, Construcción y obras, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/12/2021
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
