Subvenciones
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Beneficiario
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Servicios Sociales
Localización
BOE
Categorías
Deporte, Medio Ambiente, Empresa, Servicios Sociales, Energía, Educación y ciencia, Igualdad, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Sector Financiero/Bancario, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Transporte y vehículos, Construcción y obras, Industria, Seguridad, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Consumo, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
23/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones a titulares de instalaciones deportivas, tanto públicos como privados, destinadas a la inversión para adaptación y reforma sostenible de las instalaciones deportivas necesarias para el desarrollo de eventos deportivos internacionales, con el fin de modernizarlas para hacerlas más respetuosas con el medio ambiente y eficaces en su funcionamiento y aptas para el uso por parte de usuarios y de deportistas con discapacidad, y cuyo plazo de ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2023.
Localización
BOE
Categorías
Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Empresa, Servicios Sociales, Agricultura, Ocio y tiempo libre, Igualdad, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Construcción y obras, Educación y ciencia
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
23/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cantabria
Categorías
Cultura e idiomas, Deporte, Igualdad, Empresa, Ocio y tiempo libre, Servicios Sociales, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
14/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Para la concesión de las subvenciones de las modalidades de producción y en su caso edición se valorarán los siguientes criterios con una puntuación máxima de 100 puntos, no pudiéndose conceder subvención en el caso de no obtener un mínimo de 45 puntos. Consultar en el pdf la tabla de puntuacion
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de teatro, circo, magia y danza, ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical, y las ayudas a aficionados a la edición musical y audiovisual, estableciéndose las siguientes líneas de subvención para aficionados:
A. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de teatro, circo y magia.
B. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de danza.
C. Ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical.
D. Ayudas a aficionados para edición musical y audiovisual.
2. La percepción de esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
A. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de teatro, circo y magia.
B. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de danza.
C. Ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical.
D. Ayudas a aficionados para edición musical y audiovisual.
2. La percepción de esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Localización
Madrid
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Familia, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Seguridad, Justicia, Empresa
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
12/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la cuantía de la ayuda a la conciliación contemplada en esta Orden será 14 euros por día de asistencia a la formación. Se abonará una vez finalizada la acción formativa, o período de prácticas, en función de los días de asistencia acreditados por el Centro de formación.
Finalidad
El objeto de las normas aprobadas en la presente Orden es la regulación de la ayuda a la conciliación para trabajadores desempleados que participen en acciones de formación, en modalidad presencial y en las jornadas de presencia obligatoria de las acciones de modalidad tele formación, integradas en el Sistema de Formación Profesional para el Empleo financiadas con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Artesanía, Ocio y tiempo libre, Comercio y marketing, Textil, confección y calzado, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Igualdad, Cultura e idiomas, Seguridad, Infancia y juventud, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
09/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria.
Finalidad
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas en el ámbito de las actividades de ocio nocturno, con el fin de reactivar e impulsar estas actividades, ante los cuantiosos daños y la reducción drástica e involuntaria de actividad económica de este tejido empresarial catalán durante los meses de paro total debido a la pandemia de la Covid-19, ante las medidas tomadas desde la publicación de la Resolución SLT/2073/2020, de 17 de agosto, a la publicación de la Resolución SLT/3787/2021, de 23 de diciembre.
Localización
Canarias
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Hostelería y hoteles, Transporte y vehículos, Seguridad, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Ferias y congresos, Turismo y agencias de viajes, Estadísticas y encuestas, Energía, Cultura e idiomas, Agricultura, Consumo, Economía Social, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Familia, Comercio y marketing, Caza y pesca, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Cada módulo de formación tendrá una subvención fija de un mínimo de 245 euros por persona formada, para la formación de 30 horas, y un máximo de 549 euros por persona formada, para los módulos formativos que alcancen las 60 horas de formación, siendo los gastos máximos proporcionales al número de horas en acciones formativas mayores de 30 y menores de 60 horas, aplicándose para el cálculo de la proporcionalidad el módulo de 549 euros. El importe que se podrá conceder será de 300.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3 de la base reguladora tercera, y de 500.000 euros para las entidades beneficiarias previstas en el apartado 2 de la base reguladora tercera, pudiéndose incrementar de forma proporcional para todas las modalidades previstas, en caso de no agotarse el crédito en cada una de las modalidades, sin que en ningún caso supere la cuantía de 500.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3, y de 700.000 euros para las entidades beneficiarias del apartado 2.
Finalidad
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin, incluida en la Inversión 1 del Componente 20 ?Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
Localización
BOE
Categorías
Medio Ambiente, Energía, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Empleo y contratación, Sector Financiero/Bancario, Comercio y marketing, Igualdad, Servicios Sociales, Seguridad, Consumo, Minería, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Construcción y obras, Vivienda e hipotecas, Industria, Participación ciudadana, Agricultura, Economía Social, Comunicación pública, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Caza y pesca, Ferias y congresos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta orden ministerial tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.
Localización
Aragón
Categorías
Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
23/05/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
2.000.000 €
Finalidad
Crear o mantener el empleo local, y permitir el traslado, acompañamiento y recogida de personas con discapacidad y/o en situación de dependencia o cualquier otra que presente dificultades en el acceso a los servicios sociales existentes.
Localización
Murcia
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Infancia y juventud, Construcción y obras, Transporte y vehículos, Economía Social, Igualdad, Empresa, Justicia, Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Comercio y marketing
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Particulares
F. Publicación
02/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste total de las actuaciones a desarrollar (inversión subvencionable), en función de la tipología de la vivienda/edificio objeto de la actuación y las circunstancias individuales de las personas beneficiarias de las ayudas. Consultar en el pdf la tabla de cuantia de la ayuda
Finalidad
1. Es objeto de esta orden, la aprobación de las bases reguladoras de concesión de las ayudas de los siguientes programas del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regulador del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (en adelante el Plan):
a) Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
b) Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
2. Esta orden será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al amparo de lo dispuesto en el Convenio de ejecución del Plan, suscrito, el 2 de noviembre de 2022, con el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana (en adelante MITMA).
a) Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
b) Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
2. Esta orden será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al amparo de lo dispuesto en el Convenio de ejecución del Plan, suscrito, el 2 de noviembre de 2022, con el Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana (en adelante MITMA).
Localización
Cataluña
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Igualdad, Economía Social, Cultura e idiomas, Justicia, Infancia y juventud, Deporte, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
02/12/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La subvención de cada centro consistirá en un importe cierto que se determinará proporcionalmente distribuyendo el gasto total que se fijará en la resolución de convocatoria pública en función del número de alumnos y el índice de complejidad recogido en la base 5. Consultar en el pdf la formula de calculo de la cuantia
Finalidad
El objeto de estas bases es establecer el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a centros privados concertados en el marco del Plan de mejora de oportunidades educativas.
La finalidad de la subvención es reforzar a los centros educativos privados concertados de más complejidad educativa del Servicio de Educación de Cataluña para que dispongan de los recursos necesarios para compensar el incremento y agravamiento de las necesidades y desigualdades educativas del alumnado y sus familias provocadas por los efectos de la pandemia del COVID- 19, para contribuir a la mejora de la equidad en el acceso a oportunidades educativas. También tiene por objetivo reforzar la dimensión comunitaria de la acción educativa y la atención del alumnado con necesidades específicas de soporte educativo.
La finalidad de la subvención es reforzar a los centros educativos privados concertados de más complejidad educativa del Servicio de Educación de Cataluña para que dispongan de los recursos necesarios para compensar el incremento y agravamiento de las necesidades y desigualdades educativas del alumnado y sus familias provocadas por los efectos de la pandemia del COVID- 19, para contribuir a la mejora de la equidad en el acceso a oportunidades educativas. También tiene por objetivo reforzar la dimensión comunitaria de la acción educativa y la atención del alumnado con necesidades específicas de soporte educativo.
