Subvenciones
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Beneficiario
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Servicios Sociales
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Empresa, Economía Social, Educación y ciencia, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
11/11/2021
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
Cantabria
Categorías
Cultura e idiomas, Deporte, Igualdad, Empresa, Ocio y tiempo libre, Servicios Sociales, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
14/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Para la concesión de las subvenciones de las modalidades de producción y en su caso edición se valorarán los siguientes criterios con una puntuación máxima de 100 puntos, no pudiéndose conceder subvención en el caso de no obtener un mínimo de 45 puntos. Consultar en el pdf la tabla de puntuacion
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de teatro, circo, magia y danza, ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical, y las ayudas a aficionados a la edición musical y audiovisual, estableciéndose las siguientes líneas de subvención para aficionados:
A. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de teatro, circo y magia.
B. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de danza.
C. Ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical.
D. Ayudas a aficionados para edición musical y audiovisual.
2. La percepción de esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
A. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de teatro, circo y magia.
B. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de danza.
C. Ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical.
D. Ayudas a aficionados para edición musical y audiovisual.
2. La percepción de esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Localización
Navarra
Categorías
Servicios Sociales
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
04/03/2021
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Murcia
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Seguridad, Caza y pesca, Participación ciudadana, Economía Social, Comercio y marketing
Beneficiarios
F. Publicación
25/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Murcia
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Educación y ciencia, Economía Social, Igualdad, Industria, Vivienda e hipotecas, Cultura e idiomas, Seguridad, Participación ciudadana, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Construcción y obras, Familia, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Transporte y vehículos
Beneficiarios
F. Publicación
25/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Madrid
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Familia, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Seguridad, Justicia, Empresa
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
12/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la cuantía de la ayuda a la conciliación contemplada en esta Orden será 14 euros por día de asistencia a la formación. Se abonará una vez finalizada la acción formativa, o período de prácticas, en función de los días de asistencia acreditados por el Centro de formación.
Finalidad
El objeto de las normas aprobadas en la presente Orden es la regulación de la ayuda a la conciliación para trabajadores desempleados que participen en acciones de formación, en modalidad presencial y en las jornadas de presencia obligatoria de las acciones de modalidad tele formación, integradas en el Sistema de Formación Profesional para el Empleo financiadas con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
Localización
BOE
Categorías
Deporte, Medio Ambiente, Empresa, Servicios Sociales, Energía, Educación y ciencia, Igualdad, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Sector Financiero/Bancario, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Transporte y vehículos, Construcción y obras, Industria, Seguridad, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Consumo, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
23/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones a titulares de instalaciones deportivas, tanto públicos como privados, destinadas a la inversión para adaptación y reforma sostenible de las instalaciones deportivas necesarias para el desarrollo de eventos deportivos internacionales, con el fin de modernizarlas para hacerlas más respetuosas con el medio ambiente y eficaces en su funcionamiento y aptas para el uso por parte de usuarios y de deportistas con discapacidad, y cuyo plazo de ejecución se encuentre entre el 1 de febrero de 2020 y el 30 de septiembre de 2023.
Localización
BOE
Categorías
Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Empresa, Servicios Sociales, Agricultura, Ocio y tiempo libre, Igualdad, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Construcción y obras, Educación y ciencia
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
23/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales
Beneficiarios
F. Publicación
24/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Artesanía, Ocio y tiempo libre, Comercio y marketing, Textil, confección y calzado, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Igualdad, Cultura e idiomas, Seguridad, Infancia y juventud, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
09/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria.
Finalidad
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas en el ámbito de las actividades de ocio nocturno, con el fin de reactivar e impulsar estas actividades, ante los cuantiosos daños y la reducción drástica e involuntaria de actividad económica de este tejido empresarial catalán durante los meses de paro total debido a la pandemia de la Covid-19, ante las medidas tomadas desde la publicación de la Resolución SLT/2073/2020, de 17 de agosto, a la publicación de la Resolución SLT/3787/2021, de 23 de diciembre.

