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Beneficiario
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Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Artesanía, Agricultura, Consumo, Economía Social, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Igualdad, Comercio y marketing, Ganadería, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Comunicación pública, Seguridad
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
26/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Diferentes cuantías en función de la línea
Finalidad
El objeto de las ayudas que establece la Orden es establecer cuatro líneas:
1.1 La promoción de los distintivos de origen y calidad DOP, IGP, ETG de los productos inscritos en el registro comunitario no ligados directamente a la producción y de los productos con reconocimiento provisional, en adelante línea de ayuda 1.
1.2 El control y la certificación de los distintivos de origen y calidad de las DOP, IGP y ETG de los productos inscritos en el registro comunitario y de los productos con reconocimiento provisional, excluidas las vitivinícolas, en adelante línea de ayuda 2.
1.3 El control y la certificación de los distintivos de origen y calidad de las DOP vitivinícolas, en adelante línea de ayuda 3.
1.4 El fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña, en adelante línea de ayuda 4.
1.1 La promoción de los distintivos de origen y calidad DOP, IGP, ETG de los productos inscritos en el registro comunitario no ligados directamente a la producción y de los productos con reconocimiento provisional, en adelante línea de ayuda 1.
1.2 El control y la certificación de los distintivos de origen y calidad de las DOP, IGP y ETG de los productos inscritos en el registro comunitario y de los productos con reconocimiento provisional, excluidas las vitivinícolas, en adelante línea de ayuda 2.
1.3 El control y la certificación de los distintivos de origen y calidad de las DOP vitivinícolas, en adelante línea de ayuda 3.
1.4 El fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña, en adelante línea de ayuda 4.
Localización
Canarias
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Medio Ambiente, Servicios Sociales, Economía Social, Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Educación y ciencia, Agricultura, Caza y pesca, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Deporte, Seguridad, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Hasta un máximo de 5.000 euros
Finalidad
Subvenciones a ?Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y Microempresas?, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin.
Es objeto de las subvenciones reguladas en la presente resolución, el mantenimiento del autoempleo de las personas trabajadoras autónomas sin asalariados y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como el de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.
Es objeto de las subvenciones reguladas en la presente resolución, el mantenimiento del autoempleo de las personas trabajadoras autónomas sin asalariados y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como el de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.
Localización
País Vasco
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Economía Social, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Familia, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía total de la subvención del proyecto formativo vendrá determinada por la suma del importe de la subvención de cada uno de los itinerarios formativos que lo compongan. Consultar en el pdf la cuantia asignada por proyecto formativo
Finalidad
1.? Es objeto de la presente convocatoria la regulación, para el periodo 2023-2025, de las ayudas destinadas a la financiación de planes formativos compuestos por itinerarios de formación en competencias básicas, en competencias socio personales y en competencias técnico profesionales de nivel básico que favorezca el desarrollo personal y la inserción socioprofesional de las personas destinatarias de la formación, así como su acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.
2.? Los recursos económicos destinados a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 1.612.500 euros, de los cuales 403.125 euros corresponden al crédito de pago de 2023, 806.250 euros al crédito de compromiso de 2024 y 403.125 euros al crédito de compromiso de 2025. El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada cantidad, salvo en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante Resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
3.? Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán estar, en su totalidad o en parte, cofinanciadas por el Programa FSE Plus País Vasco, 2021-2027.
2.? Los recursos económicos destinados a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 1.612.500 euros, de los cuales 403.125 euros corresponden al crédito de pago de 2023, 806.250 euros al crédito de compromiso de 2024 y 403.125 euros al crédito de compromiso de 2025. El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada cantidad, salvo en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante Resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
3.? Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán estar, en su totalidad o en parte, cofinanciadas por el Programa FSE Plus País Vasco, 2021-2027.
Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Sector Financiero/Bancario, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Economía Social, Comercio y marketing, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Desarrollo Local y Rural, Industria, Participación ciudadana, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de los préstamos estará comprendido entre un mínimo de 25.000euros y hasta un máximo de 250.000 euros, no superando el 75% de la inversión financiable
Finalidad
El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de los préstamos previstos para proyectos de inversión en el Instrumento Financiero FEDER de Murcia 2014-2020, de apoyo financiero a las pymes de la Región de Murcia dentro del Objetivo 3.4.1 ?Promover el crecimiento y la consolidación de las pymes, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyo avanzados? y actuación 32.4.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Servicios Sociales, Igualdad, Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Caza y pesca, Energía, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Economía Social, Infancia y juventud, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención otorgada será de un máximo del 75% del gasto subvencionable aceptado.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para iniciativas de refuerzo de la competitividad para agentes dinamizadores de clústeres.
Localización
Cataluña
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Educación y ciencia, Igualdad, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Caza y pesca, Infancia y juventud, Comunicación pública, Estadísticas y encuestas, Consumo, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
23/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-Por más de un grupo, importe máximo 16.000,00 €. -Por más de un grupo, importe máximo 20.000,00 €.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular el procedimiento de concesión de las subvenciones para la realización de los servicios integrales de orientación, acompañamiento y apoyo a la inserción de las personas con discapacidad o trastornos de la salud mental (SIOAS).
Las actuaciones de las entidades establecidas en los apartados a) y b) de la base 2 del anexo 1 de la presente Orden podrán ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa del FSE+ de Cataluña 2021-2027 y contribuyen a lograr los resultados definidos por el siguiente objetivo específico: fomentar la inclusión activa con el objeto de promover la igualdad de oportunidades, la igualdad de género, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en especial para los grupos desfavorecidos.
Las actuaciones de las entidades establecidas en el apartado c) de la base 2 del anexo 1 de la presente Orden podrán ser financiadas en el marco de la Conferencia sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y contribuyen a alcanzar los objetivos estructurales establecidos en el eje 3, oportunidades de empleo, del Plan anual de política de empleo.
Las actuaciones de las entidades establecidas en los apartados a) y b) de la base 2 del anexo 1 de la presente Orden podrán ser cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa del FSE+ de Cataluña 2021-2027 y contribuyen a lograr los resultados definidos por el siguiente objetivo específico: fomentar la inclusión activa con el objeto de promover la igualdad de oportunidades, la igualdad de género, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en especial para los grupos desfavorecidos.
Las actuaciones de las entidades establecidas en el apartado c) de la base 2 del anexo 1 de la presente Orden podrán ser financiadas en el marco de la Conferencia sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y contribuyen a alcanzar los objetivos estructurales establecidos en el eje 3, oportunidades de empleo, del Plan anual de política de empleo.
Localización
Asturias
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Caza y pesca, Turismo y agencias de viajes, Agricultura, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Seguridad, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será un importe fijo cuyo valor se establecerá en cada convocatoria para cada colectivo de personas trabajadoras autónomas beneficiarias no podrá ser superior a 7.200 euros.
Finalidad
Estas subvenciones tienen por objeto favorecer en el Principado de Asturias la creación de empleo por cuenta propia promocionando la incorporación de personas inscritas y en situación de alta como demandantes de empleo no ocupados al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en adelante, RETA) o como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (en adelante, REMAR).
Localización
Asturias
Categorías
Empleo y contratación, Economía Social, Empresa, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Cultura e idiomas, Agricultura, Comercio y marketing, Seguridad, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
El importe de la ayuda a conceder para aportaciones al capital social será el equivalente al 50% del capital desembolsado mediante aportaciones dinerarias con un máximo de 5.000 € por beneficiario.
Finalidad
El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones para la mejora de la capitalización de las cooperativas y las sociedades laborales mediante la subvención de parte de las aportaciones dinerarias al capital social realizadas por sus socios, ya sea en el momento de su constitución o posteriormente, y prestar apoyo para las ampliaciones de capital que se hubiesen de realizar para consolidar la empresa.
Localización
Asturias
Categorías
Economía Social, Empleo y contratación, Empresa, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Agricultura, Comercio y marketing, Seguridad, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
Estas ayudas tienen por objeto fomentar la creación así como la consolidación de empresas de economía social cuando se trate de empresas de base tecnológica o con uso intensivo del saber científico y tecnológico, de cualquier área de conocimiento.
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Empresa, Transporte y vehículos, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Energía, Participación ciudadana, Deporte, Justicia, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La cuantía de la subvención se determinará en la resolución de concesión de la subvención. El cálculo de la subvención se realizará según los siguientes módulos: a) Para los gastos del apartado 1.a) de este artículo, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación: € 2.770,83 euros/mes/alumno-trabajador, para las ocupaciones de las categorías profesionales de los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 a 2. € 2.216,67 euros/mes/alumno-trabajador, para las ocupaciones de las categorías profesionales del Grupo de Cotización a la Seguridad Social 3 a 9, incluidos los trabajadores menores de 18 años del grupo de cotización 11. b) Para los gastos del apartado 1.b) de este artículo: 8 euros/hora de formación/alumno-trabajador. c) En su caso, para los gastos del apartado 1.c): 82 euros/mes/alumno-trabajador. d) En su caso, para los gastos del apartado 1.d) de este artículo, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación: 3.325,00 euros/mes/gestor de proyecto.
Finalidad
1. Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las normas de procedimiento y de las bases reguladoras de las subvenciones de los programas públicos de empleo-formación que se realicen en la Comunidad de Madrid como programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, ya sean financiadas con fondos estatales, europeos o propios de la comunidad autónoma.
2. Los programas públicos de empleo-formación estarán dirigidos a la mejora de la ocupabilidad de las personas que determine el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid como destinatarias de los mismos, según lo previsto en estas normas reguladoras. Con esta finalidad, se ofrecerá a las personas participantes la realización de un período de práctica profesional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo o de certificados de profesionalidad, según sus niveles de cualificación.
Excepcionalmente, y en atención a las necesidades específicas de formación en el ámbito rural o cuando no exista certificado de profesionalidad relacionado con la ocupación, la actividad formativa del contrato podrá estar constituida por los contenidos formativos aprobados por el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid en la orden de concesión de la subvención.
3. Será objeto de los programas públicos de empleo-formación la activación y cualificación de las personas participantes en los mismos mediante iniciativas que respondan a las necesidades del mercado de trabajo, preferentemente en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, la mitigación del cambio climático, el cuidado de las personas, las actividades artísticas y culturales, la implantación de nuevas tecnologías de la información, así como, cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo. Atendiendo a las posibilidades de inserción laboral y a la evolución del mercado de trabajo, la orden de convocatoria de subvenciones podrá determinar las áreas de actividad económica, las ocupaciones y los certificados de profesionalidad objeto de subvención.
2. Los programas públicos de empleo-formación estarán dirigidos a la mejora de la ocupabilidad de las personas que determine el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid como destinatarias de los mismos, según lo previsto en estas normas reguladoras. Con esta finalidad, se ofrecerá a las personas participantes la realización de un período de práctica profesional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo o de certificados de profesionalidad, según sus niveles de cualificación.
Excepcionalmente, y en atención a las necesidades específicas de formación en el ámbito rural o cuando no exista certificado de profesionalidad relacionado con la ocupación, la actividad formativa del contrato podrá estar constituida por los contenidos formativos aprobados por el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid en la orden de concesión de la subvención.
3. Será objeto de los programas públicos de empleo-formación la activación y cualificación de las personas participantes en los mismos mediante iniciativas que respondan a las necesidades del mercado de trabajo, preferentemente en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, la mitigación del cambio climático, el cuidado de las personas, las actividades artísticas y culturales, la implantación de nuevas tecnologías de la información, así como, cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo. Atendiendo a las posibilidades de inserción laboral y a la evolución del mercado de trabajo, la orden de convocatoria de subvenciones podrá determinar las áreas de actividad económica, las ocupaciones y los certificados de profesionalidad objeto de subvención.
