Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Asociaciones y economía social
Administraciones públicas
Particulares
Comunidades de propietarios
Las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda tienen por finalidad facilitar el disfrute de una vivienda y, en su caso, de una habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso ubicada en la Comunidad de Castilla y León a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas a las personas arrendatarias o cesionarias.
Las subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas tienen por finalidad fomentar la mejora de la accesibilidad, tanto en el ámbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y León, facilitando la financiación para la realización de actuaciones en:
a) Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
b) Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva interviniendo en sus elementos comunes.
c) Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, interviniendo en el interior de sus viviendas.
NOTA: Se corrigen errores en BOCY 16/11/22.
Esta línea de subvenciones tiene como objeto fomentar la descontaminación, limpieza, retirada y también cubrir los gastos económicos de las retiradas ya efectuadas de cubiertas que contengan amianto (fibrocemento) que han sido estropeadas a causa de las inclemencias meteorológicas ocurridas en el episodio de tormentas del día 30 de agosto de 2022 en los municipios afectados según el informe emitido por el Servicio Meteorológico de Cataluña que se puede consultar en la web de l'Agencia de Residuos de Cataluña: https://residus.gencat.cat/web/.content/aux_/comunes/docs/informe_area_afectacio_pedra_20220830.pdf
La finalidad de la subvención es promover la retirada de cubiertas de amianto que hayan sido estropeadas por los efectos meteorológicos y que esta retirada se efectúe o se haya efectuado con las óptimas condiciones con la finalidad última de mejora ambiental y de minimizar el riesgo que este material comporta para la salud pública.
Complementariamente, la línea de ayudas tiene como finalidad promover las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en las mencionadas cubiertas.
1. Producción de espectáculos de artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo. Deberá aportarse una grabación del estreno, con la limitación de un proyecto por peticionario. En caso de que el solicitante presente más de un proyecto, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda. En caso de que los dos proyectos estén valorados con la misma puntuación, el peticionario deberá optar por uno de los dos proyectos.
2. Giras y actuaciones fuera de Aragón, entendiendo por giras la distribución de espectáculos de artes escénicas. En esta modalidad se contemplan los siguientes apartados:
a) Gira nacional peninsular: Actuaciones, con un mínimo de tres, fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser consecutivas o no.
b) Actuaciones en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
c) Actuaciones internacionales.
d) Participación en festivales y ferias nacionales e internacionales.
Es esta modalidad solo se subvencionará un proyecto por peticionario y por apartado. Podrá presentarse más de un proyecto, pero únicamente se subvencionará el que obtenga mayor puntuación.
3. Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada, por un periodo no inferior a seis meses.
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas correspondientes al programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono alquiler joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Que, según se determina en el artículo 110, tiene como finalidad el fomento de la mejora de la accesibilidad, tanto en el medio urbano como rural, en y a:
1. Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
2. Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda.
3. Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
