Subvenciones

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Top Concepts
Educación y ciencia
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Localización
Cataluña
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Empresa, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Economía Social, Igualdad, Justicia, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
03/03/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Igualdad, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social
F. Publicación
10/02/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
País Vasco
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
02/03/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación del programa «Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Agricultura, Caza y pesca, Energía, Transporte y vehículos, Economía Social, Seguridad, Infancia y juventud, Construcción y obras, Minería, Justicia, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
05/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención otorgada, junto con las ayudas de minimis percibidas por la beneficiaria en los últimos 3 ejercicios fiscales no podrá superar 200.000,00 euros. En el caso de las empresas que se dediquen al transporte de mercancías por carretera, la cantidad se reducirá a 100.000,00 euros durante 3 ejercicios fiscales. En ambos casos se tendrá en cuenta el ejercicio fiscal de otorgamiento de la ayuda y los dos ejercicios fiscales anteriores.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para cupones a la competitividad empresarial.

Los servicios subvencionables para cada línea de ayudas están regulados en el anexo 2 de esta resolución y, de forma enunciativa, son los siguientes:

1.1. Línea de Cupones Estrategia.

1.2. Línea de Cupones Industria 4.0: Implantación.

1.3. Línea de Cupones Green.

1.4. Línea de Cupones Iniciación a la exportación: Planes de promoción internacional y Export Manager.

1.5. Línea Cupones International eTrade.

1.6. Línea de Cupones tecnologías digitales avanzadas.

1.7. Línea de Cupones Programas Europeos I+D+i.
Localización
BOE
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Empresa, Igualdad, Ferias y congresos, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Industria, Participación ciudadana, Vivienda e hipotecas, Seguridad, Economía Social, Comunicación pública
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
26/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El presupuesto financiable se establecerá en función del coste total de la actividad financiada.
Finalidad
Las ayudas objeto de estas bases reguladoras tienen como finalidad, entre otras medidas, incrementar la presencia activa de la ciencia, la tecnología y la innovación en el día a día de la sociedad, fomentando su interés por el método científico y sus resultados, mejorando su educación científico-técnica e impulsando su participación en actividades de comunicación social de la ciencia.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Ocio y tiempo libre, Empleo y contratación, Empresa, Medio Ambiente, Industria, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Seguridad
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
04/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
DECRETO 6/2023, de 26 de abril, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana. [2023/4765]
Localización
Castilla y León
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Educación y ciencia, Turismo y agencias de viajes, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Energía, Construcción y obras, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
04/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de las subvenciones para cada beneficiario será como máximo del 60% del total de la inversión, con un límite de 50 000 € por beneficiario.
Finalidad
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León y a financiar medidas de innovación tecnológica en las empresas cuya actividad económica, productos o servicios esté relacionada con la enseñanza del español para extranjeros y contribuya a la mejora de la calidad de ésta.

2. Las subvenciones reguladas en la presente orden tendrán por finalidad contar con un volumen suficiente de empresas que garantice la competitividad y excelencia en la enseñanza del español para extranjeros, con el objetivo de transmitir a los estudiantes extranjeros una imagen de calidad que identifique la enseñanza del español que se imparte en la Comunidad de Castilla y León.
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
03/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Modificación del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas y el Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Localización
Cantabria
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Caza y pesca, Igualdad, Agricultura, Infancia y juventud, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Seguridad, Economía Social, Educación y ciencia, Ferias y congresos, Familia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será: a) 2.750 euros: en el caso de hombres no comprendidos en los restantes apartados. b) 3.500 euros: en el caso de mujeres no comprendidas en los restantes apartados. c) 4.250 euros: en el caso de personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad. d) 4.450 euros: en el caso de mujeres víctimas de violencia de género.
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo, incentivando la consolidación de proyectos de autoempleo y de microempresas de reciente creación, facilitando su desarrollo, siempre y cuando éste se haya iniciado en el período de tiempo comprendido entre los cinco y tres años anteriores a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
2. El ámbito de aplicación territorial será la Comunidad Autónoma de Cantabria.
3. Las acciones subvencionables contenidas en esta Orden se extenderán a los supuestos realizados en el ámbito temporal que determine cada convocatoria.
4. Las ayudas previstas en esta orden tienen la naturaleza jurídica de subvenciones y se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en cuanto constituyan legislación básica del Estado, y en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
El extracto de la correspondiente Orden de convocatoria se publicará en el Boletín Oficial
de Cantabria.
5. Las subvenciones contempladas en esta orden tienen el carácter de ayudas de minimis y están sujetas, atendiendo a la actividad que realice la persona beneficiaría, a uno de los siguientes reglamentos europeos que regulan las ayudas de minimis:
a) Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea número L 352/1, de 24 de diciembre de 2013, en virtud del cual la ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales y la ayuda total de minimis concedida a una empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera no será superior a 100.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Estos límites se aplicarán independientemente de la forma de la ayuda de minimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la ayuda concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario.
b) Reglamento (UE) número 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea número L 190/45, de 28 de junio de 2014, en virtud del cual la ayuda total de minimis concedida a una empresa del sector de la pesca y de la acuicultura no será superior a 30.000 euros brutos durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Este límite máximo se aplicará independientemente de la forma de la ayuda o del objetivo perseguido.
c) Reglamento (UE) 316/2019, de la Comisión, de 21 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) 1408/2013, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, en virtud del cual la cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa del sector de la producción primaria de productos agrícolas no podrá exceder de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
No podrán resultar beneficiarías de las subvenciones contempladas en esta orden las personas que no puedan percibir ayudas de minimis según lo establecido en los reglamentos citados.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Igualdad, Medio Ambiente, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Sector Financiero/Bancario, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Energía, Infancia y juventud, Economía Social, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/05/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Se concederá una ayuda para los gastos e inversiones del plan de crecimiento de la empresa de un importe equivalente al de la operación de inversión mencionada en la base 2.1.b de este anexo, con un máximo de 250.000,00 euros, en forma de préstamo en cuanto al 80 % de la financiación acordada y en forma de ayuda no reembolsable con respecto al 20 % restante. Este 20 % no se deberá devolver.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de la línea start-up capital coinversión, que se compone de una ayuda reembolsable en forma de préstamo y una ayuda no reembolsable.

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