Subvenciones
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Beneficiario
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Transporte y vehículos
Localización
BOE
Categorías
Energía, Transporte y vehículos, Industria, Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
19/03/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Construcción y obras, Empresa, Energía
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
26/04/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
RESOLUCIÓN DSO/1147/2022, de 20 de abril, de modificación de la Resolución DSO/825/2022, de 22 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública no competitiva, de subvenciones al amparo del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para las actuaciones del Programa de rehabilitación a nivel de edificio de tipología residencial unifamiliar y plurifamiliar, del Programa de actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y del Programa para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación (ref. BDNS 616994).
Localización
Navarra
Categorías
Educación y ciencia, Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Empresa, Economía Social, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
26/04/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Servicios Sociales, Igualdad, Educación y ciencia, Comercio y marketing, Caza y pesca, Construcción y obras, Sector Financiero/Bancario, Cultura e idiomas, Agricultura, Seguridad, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Infancia y juventud, Economía Social, Estadísticas y encuestas, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
30/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención consistirá en una aportación única por beneficiaria para la realización de un servicio de asesoramiento con un máximo de 10.000,00 euros.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a Cupones Industria 4.0 de testeo de tecnologías digitales avanzadas - Digital Innovation Hub.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Economía Social, Vivienda e hipotecas, Ganadería, Industria, Igualdad, Agricultura, Seguridad, Familia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
28/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Hasta 5.000 €
Finalidad
Objeto de las subvenciones y ámbito de aplicación.
Las subvenciones indicadas en el Artículo Único de esta orden, tienen por objeto promover el autoempleo en el territorio de Castilla y León, mediante la concesión de subvenciones a las personas físicas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante, RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
Las subvenciones indicadas en el Artículo Único de esta orden, tienen por objeto promover el autoempleo en el territorio de Castilla y León, mediante la concesión de subvenciones a las personas físicas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante, RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Empresa, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Igualdad, Medio Ambiente, Caza y pesca, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Familia, Economía Social, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Transporte y vehículos, Justicia, Vivienda e hipotecas, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
20/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
A) Módulo A. Costes salariales del personal directivo, docente y auxiliar administrativo: 3,91 € por cada participante y hora. B) Módulo B. Costes de formación: 1,10 € por cada participante y hora. C) Módulo C: Salarios del alumnado: el Salario Mínimo Interprofesional anualmente establecido, en concepto de salarios del alumnado/ persona trabajadora.
Finalidad
El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras de los Proyectos T?Avalem, en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Este programa podrá estar cofinanciado por la Unión Europea a través del Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus de la Comunitat Valenciana 2021-2027 o cualquier otro programa financiado con fondos europeos.
El programa mixto de Empleo-Formación Garantía Juvenil
«T?AVALEM» (en adelante T?AVALEM) tiene como objetivo mejorar la cualificación y facilitar la inserción laboral de las personas participantes. mediante iniciativas públicas mixtas de empleo-formación que respondan a las necesidades del mercado, preferentemente en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, así como cualquier otra obra, servicio o actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo, y cualesquiera otras
ocupaciones que se identifiquen como preferentes con posibilidades de inserción por las entidades beneficiarias, en sus respectivos ámbitos de actuación.
El programa mixto de Empleo-Formación Garantía Juvenil
«T?AVALEM» (en adelante T?AVALEM) tiene como objetivo mejorar la cualificación y facilitar la inserción laboral de las personas participantes. mediante iniciativas públicas mixtas de empleo-formación que respondan a las necesidades del mercado, preferentemente en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, así como cualquier otra obra, servicio o actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo, y cualesquiera otras
ocupaciones que se identifiquen como preferentes con posibilidades de inserción por las entidades beneficiarias, en sus respectivos ámbitos de actuación.
Localización
Andalucía
Categorías
Transporte y vehículos, Empresa, Turismo y agencias de viajes, Empleo y contratación, Industria, Economía Social, Igualdad, Ferias y congresos, Deporte, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
01/03/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Extremadura
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Construcción y obras, Economía Social, Empleo y contratación, Infancia y juventud, Familia, Transporte y vehículos, Participación ciudadana, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Cultura e idiomas, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Comercio y marketing, Deporte
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
19/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda será el 50% de la renta o precio mensual que deba satisfacerse por el arrendamiento o cesión en uso de la vivienda o habitación, dentro del periodo subvencionable señalado en la convocatoria.
Finalidad
La presente orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras de los programas de subvenciones referidos en el artículo 3, incluido el programa regulado en la Orden de 18 de diciembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, con las modificaciones introducidas en la disposición final primera; todos los cuales se encuentran regulados en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Cultura e idiomas, Industria, Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Educación y ciencia, Familia, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Igualdad, Infancia y juventud
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
€ Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 33.250 euros/año, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 26.600 euros/año, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 19.950 euros/año, a jornada completa.
Finalidad
1. El objeto de estas subvenciones será promover la contratación temporal por municipios con más de 1.000 habitantes y por las diputaciones provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mayores de 45, para la realización de obras y servicios de interés general y social.
2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Industria, Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Educación y ciencia, Familia, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Igualdad
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
€ Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días.
Finalidad
1. El objeto de estas subvenciones será promover la contratación temporal por municipios con más de 5.000 habitantes y por las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social.
2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.
d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.
e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.
f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.

