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Servicios Sociales
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Localización
Canarias
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Medio Ambiente, Servicios Sociales, Economía Social, Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Educación y ciencia, Agricultura, Caza y pesca, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Deporte, Seguridad, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Hasta un máximo de 5.000 euros
Finalidad
Subvenciones a ?Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y Microempresas?, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin.

Es objeto de las subvenciones reguladas en la presente resolución, el mantenimiento del autoempleo de las personas trabajadoras autónomas sin asalariados y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como el de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.
Localización
País Vasco
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Economía Social, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Familia, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía total de la subvención del proyecto formativo vendrá determinada por la suma del importe de la subvención de cada uno de los itinerarios formativos que lo compongan. Consultar en el pdf la cuantia asignada por proyecto formativo
Finalidad
1.? Es objeto de la presente convocatoria la regulación, para el periodo 2023-2025, de las ayudas destinadas a la financiación de planes formativos compuestos por itinerarios de formación en competencias básicas, en competencias socio personales y en competencias técnico profesionales de nivel básico que favorezca el desarrollo personal y la inserción socioprofesional de las personas destinatarias de la formación, así como su acceso a certificados de profesionalidad de nivel 2.

2.? Los recursos económicos destinados a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 1.612.500 euros, de los cuales 403.125 euros corresponden al crédito de pago de 2023, 806.250 euros al crédito de compromiso de 2024 y 403.125 euros al crédito de compromiso de 2025. El volumen total de las ayudas a conceder no superará la citada cantidad, salvo en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, circunstancia a la que se dará publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante Resolución de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

3.? Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán estar, en su totalidad o en parte, cofinanciadas por el Programa FSE Plus País Vasco, 2021-2027.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Servicios Sociales, Igualdad, Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Caza y pesca, Energía, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Economía Social, Infancia y juventud, Ferias y congresos, Hostelería y hoteles, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención otorgada será de un máximo del 75% del gasto subvencionable aceptado.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para iniciativas de refuerzo de la competitividad para agentes dinamizadores de clústeres.
Localización
Extremadura
Categorías
Economía Social, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Igualdad
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Hasta 26.000 euros
Finalidad
La resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de subvenciones acogidas al Programa II, de apoyo técnico a sociedades cooperativas, sociedades laborales y entidades asociativas, reguladas en la Orden de 19 de diciembre de 2022 (DOE núm. 1, de 2 de enero de 2023).
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Economía Social, Servicios Sociales, Igualdad, Empresa, Educación y ciencia, Infancia y juventud
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. La subvención por la creación de puestos de trabajo mediante la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo, que no se encuentren en ninguno de los apartados siguientes, será de 7.500,00 euros. 2. La subvención referida en el apartado 1) se incrementará, una sola vez, en 2.500,00 euros si las personas socias trabajadoras o de trabajo; 3. La subvención referida en el apartado 1) se incrementará, una sola vez, en 3.500,00 euros si las personas socias trabajadoras o de trabajo sean varones que hayan participado en programas financiados por el SEXPE en los últimos doce meses. 4. La subvención referida en el apartado 1) se incrementará, una sola vez, en 4.000,00 euros si las personas socias trabajadoras o de trabajo son mujeres. 5. La subvención referida en el apartado 1) se incrementará, una sola vez, en 5.000,00 euros si las personas socias trabajadoras o de trabajo son mujeres víctimas de violencia de género. Sólo se admitirá un único incremento de los establecidos en los apartados 2,3,4 y 5 por puesto de trabajo solicitado. 6. El importe de las ayudas establecidas en los apartados anteriores, se incrementará en la cantidad de 1.000,00 euros cuando se trate de sociedades en las que concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados sin obligación legal, Planes Empresariales de Igualdad de Género.
Finalidad
La resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de subvenciones acogidas al Programa I, de ayuda a la creación de empleo estable, reguladas en la Orden de 19 de diciembre de 2022 (DOE núm. 1, de 2 de enero de 2023).
Localización
Extremadura
Categorías
Agricultura, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Energía, Ganadería, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Empresa, Industria, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Estadísticas y encuestas, Vivienda e hipotecas, Caza y pesca, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda será del 50 % del resultado de aplicar a los kilos de producción de pimiento seco certificados por la entidad certificadora la relación de kilos de leña por cada kilogramo de pimiento seco y el valor medio del kilo de leña. Estos últimos dos parámetros serán estimados mediante informe técnico del Servicio de Producción Agraria, con base en la tabla anual de precios publicada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, otras publicaciones similares de Administraciones Públicas u organismos técnicos cualificados, junto con informe motivado del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Pimentón de La Vera
Finalidad
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, destinadas a incentivar la utilización como biocombustible de la leña de quercíneas en el proceso de secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El objeto de la presente orden está supeditado al tratamiento establecido en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad de Mujeres y Hombres y contra la violencia de género en Extremadura dictada en el marco de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Localización
Murcia
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Economía Social, Construcción y obras, Seguridad, Empresa, Energía, Consumo, Industria, Ocio y tiempo libre, Deporte, Medio Ambiente, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
23/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. La ayuda podrá alcanzar el máximo de 420 euros por metro cuadrado de la superficie útil tanto privativa del alojamiento o vivienda como de espacios comunes y de interrelación (o la parte proporcional de los mismos en caso de que solo una parte de las viviendas o alojamientos se destinen a este programa), sin que puedan superarse los siguientes límites: a) El 50% de la inversión subvencionable (coste total de la actuación). b) 50.000 euros por alojamiento o vivienda.
Finalidad
Con la finalidad de impulsar la promoción de modalidades residenciales, destinadas a alquiler o cesión de uso a precios asequibles, tipo cohousing, en el ámbito territorial de la región de Murcia, esta Orden tiene por objeto la aprobación de las condiciones de selección de las propuestas de actuación en los programas del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regulador del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 (PEAV), destinados al:
a) Fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad (programa 7).
b) Fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares (programa 8).
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Empresa, Transporte y vehículos, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Energía, Participación ciudadana, Deporte, Justicia, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención se determinará en la resolución de concesión de la subvención. El cálculo de la subvención se realizará según los siguientes módulos: a) Para los gastos del apartado 1.a) de este artículo, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación: € 2.770,83 euros/mes/alumno-trabajador, para las ocupaciones de las categorías profesionales de los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 a 2. € 2.216,67 euros/mes/alumno-trabajador, para las ocupaciones de las categorías profesionales del Grupo de Cotización a la Seguridad Social 3 a 9, incluidos los trabajadores menores de 18 años del grupo de cotización 11. b) Para los gastos del apartado 1.b) de este artículo: 8 euros/hora de formación/alumno-trabajador. c) En su caso, para los gastos del apartado 1.c): 82 euros/mes/alumno-trabajador. d) En su caso, para los gastos del apartado 1.d) de este artículo, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación: 3.325,00 euros/mes/gestor de proyecto.
Finalidad
1. Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las normas de procedimiento y de las bases reguladoras de las subvenciones de los programas públicos de empleo-formación que se realicen en la Comunidad de Madrid como programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, ya sean financiadas con fondos estatales, europeos o propios de la comunidad autónoma.

2. Los programas públicos de empleo-formación estarán dirigidos a la mejora de la ocupabilidad de las personas que determine el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid como destinatarias de los mismos, según lo previsto en estas normas reguladoras. Con esta finalidad, se ofrecerá a las personas participantes la realización de un período de práctica profesional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo o de certificados de profesionalidad, según sus niveles de cualificación.

Excepcionalmente, y en atención a las necesidades específicas de formación en el ámbito rural o cuando no exista certificado de profesionalidad relacionado con la ocupación, la actividad formativa del contrato podrá estar constituida por los contenidos formativos aprobados por el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid en la orden de concesión de la subvención.

3. Será objeto de los programas públicos de empleo-formación la activación y cualificación de las personas participantes en los mismos mediante iniciativas que respondan a las necesidades del mercado de trabajo, preferentemente en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, la mitigación del cambio climático, el cuidado de las personas, las actividades artísticas y culturales, la implantación de nuevas tecnologías de la información, así como, cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo. Atendiendo a las posibilidades de inserción laboral y a la evolución del mercado de trabajo, la orden de convocatoria de subvenciones podrá determinar las áreas de actividad económica, las ocupaciones y los certificados de profesionalidad objeto de subvención.
Localización
Asturias
Categorías
Empleo y contratación, Economía Social, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Seguridad, Educación y ciencia, Agricultura, Igualdad, Estadísticas y encuestas, Medio Ambiente, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de la ayuda será: a. En el caso de solicitar la subvención para la consolidación mediante la contratación de personal gerente, se subvencionará el 75 por ciento de los costes laborales de la persona contratada, hasta un máximo de 10.000 euros. b. En el caso de solicitar la subvención para la consolidación mediante la realización de alguna de las actuaciones contenidas en la línea de contratación de servicios de asistencia técnica, la cuantía será del 50 por ciento de los costes de las mismas, hasta un máximo de 10.000 euros.
Finalidad
Estas ayudas tienen por objeto contribuir, mediante el apoyo a la contratación laboral de personal gerente y de servicios de asistencia técnica, a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales del Principado de Asturias.
Localización
Baleares
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Igualdad, Empresa, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Economía Social, Participación ciudadana, Seguridad, Turismo y agencias de viajes, Estadísticas y encuestas, Familia, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
20/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
En las convocatorias se señalará la cuantía máxima de la disponibilidad presupuestaria para atender las solicitudes de la convocatoria, con indicación de la partida o partidas presupuestarias a las cuales se imputará el gasto y, si procede, de las anualidades y de los importes correspondientes en el supuesto que se tramiten subvenciones plurianuales
Finalidad
1. El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras que han de regir las subvenciones para programas de políticas activas de empleo, entendidas como el conjunto de acciones y medidas de orientación, fomento del empleo y formación dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta propia o ajena, de las personas desempleadas; el mantenimiento del empleo y la promoción profesional de las personas empleadas, y el fomento del espíritu empresarial y de la economía social, que se convoquen desde el Servicio de Empleo de las Illes Balears. Estas subvenciones podrán estar cofinanciadas también con fondos europeos y, a tal efecto, las convocatorias que se establezcan tendrán que cumplir también con el régimen jurídico que les sea aplicable.

2. Pueden ser objeto de ayudas los programas de políticas activas de empleo siguientes:

a. Orientación profesional: acciones y medidas de información, acompañamiento, motivación y asesoramiento que, teniendo en cuenta las circunstancias personales y profesionales de la persona beneficiaria, le permitan determinar sus capacidades e intereses además de gestionar su trayectoria individual de aprendizaje, la búsqueda de empleo o la puesta en práctica de iniciativas empresariales.

b. Formación y recualificación: acciones y medidas de aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional incluidas en el sistema de formación profesional para el empleo.

c. Oportunidades de empleo y fomento de la contratación: acciones y medidas que tengan por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los lugares de trabajo, ya sea con carácter general o dirigidas a sectores o colectivos específicos.

d. Oportunidades de empleo y formación: acciones y medidas que impliquen la realización de un trabajo efectivo en un entorno real que permitan adquirir formación o experiencia profesional dirigidas a la cualificación o inserción laboral.

e. Fomento de la igualdad de oportunidades en el empleo: acciones y medidas que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, la permanencia y la promoción profesional, así como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, además de la corresponsabilidad de hombres y mujeres en la asunción de las responsabilidades familiares.

f. Oportunidades para colectivos con dificultades especiales: acciones y medidas de inserción laboral (orientación, formación, acompañamiento, etc.) de colectivos que, de forma estructural o coyuntural, presentan dificultades especiales para el acceso y la permanencia en el trabajo.

g. Autoempleo y creación de empresas: acciones y medidas dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales mediante el trabajo autónomo y la economía social.

h. Promoción del desarrollo y la actividad económica territorial: acciones y medidas encaminadas a generar empleo, crear actividad empresarial, dinamizar e impulsar el desarrollo socioeconómico local.

i. Fomento de la movilidad geográfica y/o sectorial: acciones y medidas que faciliten el desplazamiento o cambio de residencia para acceder a un lugar de trabajo o la recualificación con objeto de promover la contratación en un sector de actividad diferente en el cual se ha trabajado habitualmente, especialmente cuando se trate de sectores emergentes o con alta empleabilidad.

j. Acciones de intermediación laboral.

k. Proyectos integrados: acciones y medidas que combinen acciones diversas definidas en los supuestos anteriores.

l. Actividades para promover las políticas activas de empleo.

m. Cualquier otra medida que desarrolle una política activa de empleo de acuerdo con la definición del apartado 1 de este artículo.

3. Cada convocatoria en concreto que defina y desarrolle estas políticas activas de empleo indicará la forma en que contribuye a conseguir los objetivos establecidos en el plan estratégico vigente en cada momento.

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