Subvenciones

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Economía Social
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Localización
Cataluña
Categorías
Economía Social, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Igualdad, Familia, Ferias y congresos, Deporte, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Participación ciudadana, Justicia, Consumo, Energía
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social
F. Publicación
29/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Infancia y juventud, Empresa, Medio Ambiente, Igualdad, Educación y ciencia, Deporte, Familia, Turismo y agencias de viajes, Economía Social, Construcción y obras, Ocio y tiempo libre, Participación ciudadana, Vivienda e hipotecas, Comunicación pública, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
21/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La convocatoria establecerá el crédito disponible máximo y su imputación a las partidas presupuestarias, dentro del Programa 3221 - Fomento del Empleo - del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dentro del "Programa Emple-AR" (Emplea Aragón).

2. La finalidad del "Programa Emple-AR" es fomentar la contratación de personas desempleadas con dificultades de inserción en el mercado de trabajo al objeto de mejorar su experiencia laboral y la adquisición de competencias profesionales y, por tanto, su empleabilidad, al mismo tiempo que participan en proyectos de interés general y social puestos en marcha por alguna de las entidades citadas en el artículo 4 de esta Orden y ejecutados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Industria, Economía Social, Medio Ambiente, Consumo, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
18/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a subvencionar por póliza será de treinta mil euros (30.000 €).
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico de esta ayuda para las pólizas que se suscriban y tengan fecha de entrada en vigor en el año 2023, junto con las de la convocatoria del año 2022 que no fueron abonadas.
Esta ayuda se abonará en forma de aportación al pago de la prima como complemento de la ayuda aportada por la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en el marco del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Infancia y juventud, Caza y pesca, Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Economía Social, Familia, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Participación ciudadana, Igualdad, Comercio y marketing, Energía, Industria, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Caza y pesca, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Participación ciudadana, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Construcción y obras, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente orden regula en el periodo 2023 a 2027, en el ámbito de la Región de Murcia, las siguientes ayudas contenidas en la Solicitud Única, que forman parte del sistema integrado de gestión y control o bien están relacionados con el desarrollo rural (FEADER) conforme al Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 y al Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado
de gestión y control.
Localización
Asturias
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Empresa, Economía Social, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Consultar en el pdf la tabla de calculo de cuantia.
Finalidad
1. Esta Resolución tiene por objeto regular en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el procedimiento de concesión de las subvenciones:

a) Intervenciones en forma de Pagos directos de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control,

b) Pagos al desarrollo rural sujetas al Sistema Integrado de Gestión y Control de acuerdo con lo previsto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, en vigor de conformidad a lo establecido en el artículo 154 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2025.

2. Asimismo, tiene por objeto aplicar en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias el Sistema Integrado de Gestión y Control de determinados regímenes de ayudas comunitarios, incluida la solicitud única de ayudas, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control

3. Toda mención a la figura de agricultor, ganadero o beneficiario que se recoge en la presente Resolución debe entenderse realizada a la persona tanto de género masculino como femenino.
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Ferias y congresos, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Comercio y marketing, Igualdad, Industria, Estadísticas y encuestas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
?1 Objeto

1.1 Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la organización de festivales y muestras audiovisuales en Cataluña, para su promoción y difusión y para la subtitulación en catalán de su programación audiovisual. Se establecen dos modalidades:

1.1.1 Subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión. Se distinguen tres grupos de festivales y muestras según su presupuesto:

a) Grupo A: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 100.000,00 euros.

b) Grupo B: festivales y muestras con un presupuesto total igual o superior a 50.000,00 euros e inferior a 100.000,00 euros.

c) Grupo C: festivales y muestras con un presupuesto total por debajo de los 50.000,00 euros.

A efectos de estas bases, el presupuesto total incluirá tanto los gastos dinerarios como la valoración económica de las contribuciones en especie.

1.1.2 Subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación audiovisual de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña.

1.2 A efectos de estas bases, se entenderá por ?festival o muestra audiovisual? aquel acontecimiento que programe obras audiovisuales que se proyectan ante un público genérico, que tenga lugar durante un periodo específico de tiempo en una población o poblaciones definidas previamente y que tenga un procedimiento de regulación del propio festival o muestra y de la selección de las obras audiovisuales.

El festival o la muestra podrá ser presencial o híbrido. A los efectos de estas bases, se entenderá por ?festival híbrido? aquel que combina proyecciones y actividades presenciales y en línea.

1.3 Un mismo festival o muestra audiovisual solo podrá optar a un grupo de las modalidades que establece el apartado 1.1.

1.4 Quedarán excluidos de estas subvenciones los siguientes eventos:

a) Eventos de carácter musical o teatral que utilicen el soporte audiovisual.

b) Festivales o muestras relacionados con la formación en el ámbito audiovisual, y cualquier otra iniciativa que pretenda el reconocimiento público de algún aspecto del medio audiovisual y que esté promovida desde el ámbito académico.

c) Muestras de cine que tengan por objeto específico el entretenimiento al aire libre.

d) Muestras o festivales dedicados a las obras audiovisuales relativas a publicidad, eventos retransmitidos en directo, vídeos musicales, obras audiovisuales de aficionados, tráileres y obras artísticas no narrativas.

e) Festivales o muestras que, a pesar de exhibir obras audiovisuales, tengan por objeto principal uno distinto al fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográfica y audiovisual.

f) Festivales y muestras audiovisuales con un presupuesto total superior a 300.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.1 (subvenciones para la preparación y celebración en Cataluña de festivales y muestras audiovisuales, así como para su promoción y difusión) o superior a 600.000,00 euros en la modalidad de la base 1.1.2 (subvenciones para la subtitulación al catalán de la programación de los festivales y muestras audiovisuales que se celebran en Cataluña).
Localización
País Vasco
Categorías
Economía Social, Empresa, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Igualdad, Consumo, Seguridad, Familia, Desarrollo Local y Rural, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
04/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
El objeto de la presente Orden es la aprobación de las bases para la convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Empleo, otorgará durante el ejercicio 2022, para Emprender en Economía Social, y su convocatoria para el año 2022. La Orden se estructura en 5 capítulos diferenciados:

Capítulo II: Ayudas para crear un ecosistema que favorezca la creación de empresas de economía social.

Capítulo III: Ayudas para la constitución y promoción de empresas de economía social.

Capítulo IV: Ayudas para la consolidación de empresas de economía social recientemente constituidas.

Capítulo V: Ayudas al emprendimiento en las empresas de economía social afectadas por la guerra en Ucrania y las sanciones a Rusia.

Capítulo VI: Ayudas para la creación y consolidación de Comunidades energéticas con forma de economía social.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Educación y ciencia, Vivienda e hipotecas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Economía Social, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
03/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1.1 El objeto de estas bases es apoyar actividades de promoción de la música, de carácter profesional, en los ámbitos de la formación, la producción y los proyectos globales.

1.2 Esta línea de subvenciones tiene las siguientes modalidades:

a) Apoyo a la formación

Apoyo a la organización de actividades de formación dirigidas a profesionales del sector y de perfeccionamiento en forma de seminarios, jornadas, talleres y cursos.

Quedarán excluidas las actividades organizadas por centros docentes, y las destinadas al público escolar y a la dinamización del público general.

b) Apoyo a la producción

Apoyo a la producción de un espectáculo musical de nueva creación, de alto interés cultural. Debe ser la presentación de una producción singular de gran formato o que integre una puesta en escena. Se acreditará el estreno de la producción, en el período subvencionable, con el compromiso formal del auditorio o espacio de exhibición correspondiente.

A efectos de estas bases, el estreno se considerará la primera representación pública. No se tendrán en cuenta las actuaciones realizadas en locales de ensayo.

Quedarán excluidas las representaciones posteriores del espectáculo, así como las giras, producciones destinadas a la edición de grabaciones fonográficas o videográficas, los musicales, y las producciones protagonizadas íntegramente por músicos no profesionales.

c) Apoyo a proyectos globales

Apoyo a proyectos de promoción de la música que incluyan actividades relacionadas con los siguientes ámbitos: investigación, formación, publicaciones, producción (tal y como se define en el punto 1.2.b) y exhibición.

Para optar a esta modalidad, los solicitantes deberán presentar un proyecto que contenga, como mínimo, dos de los ámbitos mencionados en el párrafo anterior.

A efectos de esta modalidad se excluirá la edición comercial de proyectos discográficos en cualquier formato.
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Energía, Economía Social, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
03/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención será como máximo el 55% del coste total del proyecto, hasta un máximo de 20.000,00 euros, siempre que, acumulada con otras ayudas de minimis de cualquier administración pública otorgadas durante el ejercicio fiscal corriente y los dos anteriores, no supere los 200.000,00 euros.
Finalidad
1.1 El objeto de estas bases es subvencionar proyectos de distribución internacional del catálogo artístico de empresas y entidades del sector de la música que contribuyan a la presencia de la creación cultural de Cataluña en el exterior. Se entiende por ?catálogo artístico? la lista de formaciones artísticas y sus producciones que representa la empresa o entidad del sector de la música solicitante. Se entiende por ?creación cultural de Cataluña? aquella cuya autoría es catalana, es decir, cuyo autor reside en Cataluña y, en caso de autores difuntos, los que nacieron o residieron la mayor parte de su vida en Cataluña.

1.2 Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases tendrán la consideración de ayudas de minimis, reguladas por el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, de 24.12.2013).

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