Subvenciones
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Tipo Subvención
Bases
Convocatorias
Modificacion de subvenciones
Beneficiario
Empresas y autónomos
Administraciones públicas
Asociaciones y economía social
Particulares
Comunidades de propietarios
El objeto de esta Orden es regular el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades y empresas para el desarrollo del programa Consolida't, de apoyo a la consolidación, el fortalecimiento y la reinvención del trabajo autónomo, consistente en proyectos que incluyen acciones de asesoramiento personalizado y de formación en aspectos clave de la gestión del negocio de las personas trabajadoras autónomas. Se prestará una atención especial a la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres, con la finalidad de eliminar todas las discriminaciones directas e indirectas y alcanzar la equidad de género en el acceso y en todas las condiciones de trabajo de las mujeres, así como incorporar la perspectiva de género interseccional en los procesos de consolidación y fortalecimiento de los negocios de las trabajadoras autónomas.
Se establecen dos líneas de subvenciones.
Línea 1: actuaciones para el desarrollo del programa Consolida't implementadas por las entidades detalladas en la base 5.1.a del anexo 1 de esta Orden.
Línea 2: actuaciones para el desarrollo del programa Consolida't implementadas por las entidades detalladas en la base 5.1.b del anexo 1 de esta Orden.
La finalidad de estas subvenciones es ejecutar la inversión C15.I2, ?Acciones de refuerzo de la conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial?, del componente 15 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, que incluye acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos (Programa ÚNICO - industria y empresas).
La implantación de forma gradual del nuevo sistema de cotización, basado en los rendimientos reales declarados fiscalmente, comienza en el año 2023, haciendo necesaria la actualización de las cuantías subvencionables al nuevo sistema de cotización de la Orden que aprueba las bases reguladoras del Programa de subvenciones de fomento del autoempleo -Cuota Cero-.
La actividad de los beneficiarios debe realizarse principalmente en la Comunitat Valenciana, entendiendo por principalmente que la mayoría de las actividades y las de mayor importancia o peso se realizan en territorio de la Comunitat Valenciana.
Esta actuación podrá ser cofinanciada por la Unión Europea en el marco del Programa del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) de Cataluña 2021-2027, y es coherente con el tipo de acciones afines descritas en el objetivo específico de mejorar el acceso a la ocupación y a medidas de activación de todos los demandantes de ocupación, en particular para los jóvenes, especialmente mediante la aplicación de la Garantía juvenil, para los parados de larga duración y los colectivos menos favorecidos en el mercado laboral, y para las personas inactivas, así como mediante el fomento de la ocupación por cuenta propia y la economía social.
a) Proyectos DI cofinanciados, en los que el entorno empresarial tiene un centro de trabajo en Cataluña y el doctorando o doctoranda se dedicará al proyecto de investigación a tiempo completo. En esta modalidad, tanto el entorno académico como el empresarial son beneficiarios de la ayuda. Las disposiciones específicas de esta modalidad están definidas en el apartado III.
b) Proyectos DI específicos, previstos para casos especiales, como la dedicación parcial del doctorando o doctoranda al proyecto de investigación, que el entorno empresarial esté fuera de Cataluña o que el entorno empresarial esté representado por una entidad perteneciente al sector público de la Generalitat. En esta modalidad sólo el entorno académico tendrá la consideración de beneficiario. Las disposiciones específicas de esta modalidad están definidas en el apartado IV.

