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Beneficiario
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Desarrollo Local y Rural
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Economía Social, Infancia y juventud, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Caza y pesca, Comercio y marketing, Ganadería, Agricultura, Seguridad, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. Una subvención de 1.000,00 euros para las personas beneficiarias de las ayudas del Programa III. 2. Una subvención de 5.000,00 euros para las personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de Trabajadores por cuenta ajena, beneficiarias de las ayudas del Programa IV. 3. Una subvención de 5.000,00 euros en el caso de Hombres desempleados establecidos como autónomos y beneficiarios del Programa I o, en el caso de Familiar Colaborador, causante en el Programa II, que no se encuentren encuadrados en ninguno de los grupos del siguiente apartado 4. 4. Una subvención de 7.500,00 euros en el caso de hombres desempleados establecidos como autónomos de los Programas I y II, que se encuadren en alguno de los siguientes grupos prioritarios: a) Hombres desempleados que hayan participado en los doce meses anteriores a su alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa, en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo. b) Hombres con discapacidad. c) Hombres jóvenes, menores de 30 años a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. d) Hombres de 50 o más años a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. e) Hombres con el domicilio de la actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enero del ejercicio en el que se inicie la vigencia de cada convocatoria, difundido por el Instituto Nacional de Estadística. f) Hombres emigrados extremeños que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los dos años anteriores a la fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. g) Hombres parados de larga duración a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. 5. Una subvención de 9.000,00 euros, en el caso de Mujeres desempleadas establecidas como autónomas, en los Programas I y II. 6. Adicionalmente, en los Programas I y II, una subvención de 1.000,00 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes por cualquiera de los grupos definidos en los apartados 4 y 5 del presente artículo, excepto el del apartado 4.e), cuando la persona beneficiaria en el caso del Programa I, o causante en el caso del Programa II, ejerza su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales de población a las que se refiere el apartado 4.e) anterior.
Finalidad
El objeto del presente decreto es establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas al fomento, consolidación y modernización del trabajo autónomo en Extremadura, a través de los siguientes programas:
Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
Programa III: Ayudas por el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo, a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o en el presente decreto de bases reguladoras.
Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
NOTA: Se establecen diferentes tipos de plazos de presentación en función de la línea.
Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
Programa III: Ayudas por el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo, a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o en el presente decreto de bases reguladoras.
Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
NOTA: Se establecen diferentes tipos de plazos de presentación en función de la línea.
Localización
Castilla y León
Categorías
Industria, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Seguridad, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Agricultura, Economía Social, Desarrollo Local y Rural, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Ferias y congresos, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 20.000 €.
Finalidad
El objeto de estas subvenciones es promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos de Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León, así como proteger contra las amenazas y riesgos relacionados con la seguridad digital, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en hardware y software en esta materia.
Localización
Castilla y León
Categorías
Industria, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Energía, Agricultura, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Consumo, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 150.000 €
Finalidad
El objeto de estas subvenciones es promover la realización de proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial que apliquen tecnologías dentro del ámbito de la fabricación avanzada en empresas industriales en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos industriales, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León y la transformación digital en sus procesos, productos o modelos de negocio, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) en esta materia.
Localización
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Caza y pesca
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
27/01/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Asturias
Categorías
Desarrollo Local y Rural, Hostelería y hoteles, Empresa, Turismo y agencias de viajes, Vivienda e hipotecas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
27/01/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
BOE
Categorías
Energía, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
11/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Empresa, Energía, Economía Social, Empleo y contratación, Comercio y marketing, Caza y pesca, Estadísticas y encuestas, Justicia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 15.000 euros
Finalidad
Estas bases reguladoras tienen por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a las subvenciones contempladas en esta orden, en régimen de concesión directa, al amparo de lo previsto en el artículo 168.1.C de la LHPSPIS en relación con la adicional 5ª de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos, y están dirigidas a proporcionar asistencia por la situación excepcional a las personas agricultoras y ganaderas afectados por la crisis derivadas de la invasión de Ucrania, con el fin de garantizar la continuidad de su actividad empresarial, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana (PDR-CV 2014-2020 (Medida 22), que consta de los siguientes sectores:
- Caqui
- Níspero
- Frutales de hueso (melocotonero, ciruelo, albaricoque, nectarino y cerezo)
- Uva de mesa
- Pavo
- Apicultura
- Caqui
- Níspero
- Frutales de hueso (melocotonero, ciruelo, albaricoque, nectarino y cerezo)
- Uva de mesa
- Pavo
- Apicultura
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Igualdad, Economía Social, Seguridad, Caza y pesca, Deporte, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será la que resulte de multiplicar por 6 la base mínima de cotización legalmente establecida para el Régimen General a la Seguridad Social por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria. Las bases diarias mínimas de cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.
Finalidad
NOTA: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
1. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación.
2. No obstante lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.3 de las bases reguladoras, se habilita un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos para la obtención de práctica profesional cuyas fechas de inicio se hayan producido entre el 30 de marzo de 2022 y el día de publicación de la presente convocatoria.
OBJETO Y FINALIDAD:
1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comuni- dad Autónoma de Extremadura y aprobar la primera convocatoria.
2. Este programa establece ayudas a las entidades enumeradas en el artículo 5 del presente decreto por la contratación de personas desempleadas mediante la modalidad de contrato para la obtención de práctica profesional adecuada a su nivel de estudios, para favorecer la mejora de su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia profesional y su incorporación al mercado de trabajo.
1. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación.
2. No obstante lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.3 de las bases reguladoras, se habilita un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos para la obtención de práctica profesional cuyas fechas de inicio se hayan producido entre el 30 de marzo de 2022 y el día de publicación de la presente convocatoria.
OBJETO Y FINALIDAD:
1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comuni- dad Autónoma de Extremadura y aprobar la primera convocatoria.
2. Este programa establece ayudas a las entidades enumeradas en el artículo 5 del presente decreto por la contratación de personas desempleadas mediante la modalidad de contrato para la obtención de práctica profesional adecuada a su nivel de estudios, para favorecer la mejora de su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia profesional y su incorporación al mercado de trabajo.
Localización
Extremadura
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Agricultura, Caza y pesca, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Industria, Comercio y marketing, Seguridad, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Ganadería, Comunicación pública, Energía, Servicios Sociales, Economía Social, Hostelería y hoteles, Turismo y agencias de viajes, Consumo, Infancia y juventud, Construcción y obras, Justicia, Desarrollo Local y Rural, Ocio y tiempo libre, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 31/12/2026
Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 40.000.000 euros
Finalidad
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras y realizar la primera convocatoria de una línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que contribuyan al desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la trans- formación digital, el impulso de la innovación productiva en los ámbitos de la especialización inteligente y a la creación y mantenimiento de empleo en Extremadura.
La finalidad de estas ayudas será:
- Apoyar la creación de nuevas empresas.
- Impulsar la transformación y adaptación a la empresa conectada o empresa 4.0.
- Favorecer la continuidad de empresas ya en funcionamiento y en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.
- Contribuir al desarrollo industrial y a la creación de empleo en Extremadura, mediante la mejora de la competitividad de las empresas fomentando la creación y el crecimiento de empresas generadoras de empleo.
- Impulsar el potencial endógeno del territorio, así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio am- biente con especial atención al ámbito rural.
La finalidad de estas ayudas será:
- Apoyar la creación de nuevas empresas.
- Impulsar la transformación y adaptación a la empresa conectada o empresa 4.0.
- Favorecer la continuidad de empresas ya en funcionamiento y en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.
- Contribuir al desarrollo industrial y a la creación de empleo en Extremadura, mediante la mejora de la competitividad de las empresas fomentando la creación y el crecimiento de empresas generadoras de empleo.
- Impulsar el potencial endógeno del territorio, así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio am- biente con especial atención al ámbito rural.
Localización
Navarra
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Economía Social, Empleo y contratación, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
20/01/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Las subvenciones a los seguros agrícolas, pecuarios y los de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación incluidos en la base anterior que concederá el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se determinan como un porcentaje respecto a las que otorga ENESA, para el mismo fin. Consultar en el pdf las lineas de subvencion
Finalidad
1. El Texto Refundido de las disposiciones de rango legal sobre Financiación Agraria, aprobado por Decreto Foral Legislativo 54/1998, de 16 de febrero, dispone en sus artículos 1 y 2 que el Gobierno de Navarra, a través de ayudas, potenciará el aseguramiento de producciones y riesgos agrarios subvencionables, participando en el coste de la contratación de seguros sobre bienes agrarios.
2. Es objeto, por tanto, de esta convocatoria, otorgar ayudas a los agricultores y ganaderos que suscriban seguros agrarios pertenecientes al 44.º Plan de Seguros Agrarios Combinados (plan 2023), sobre bienes agrarios que radiquen dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra, complementariamente a las subvenciones que para el mismo fin otorga la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (en adelante ENESA).
2. Es objeto, por tanto, de esta convocatoria, otorgar ayudas a los agricultores y ganaderos que suscriban seguros agrarios pertenecientes al 44.º Plan de Seguros Agrarios Combinados (plan 2023), sobre bienes agrarios que radiquen dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra, complementariamente a las subvenciones que para el mismo fin otorga la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (en adelante ENESA).
