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Energía
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Comercio y marketing, Industria, Educación y ciencia, Comunicación pública, Igualdad, Caza y pesca, Agricultura, Consumo, Servicios Sociales, Seguridad, Sector Financiero/Bancario, Infancia y juventud, Energía, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
30/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda se concederá por un importe máximo de 1.000 euros mensuales hasta el límite máximo establecido. Dicho límite, es por un lado, cuantitativo, no pudiendo superar el total de la ayuda los de 20.000 euros, y por otro temporal, no pudiendo superarse el plazo de 20 meses consecutivos a contar desde la formalización del contrato, concediéndose por beneficiario mediante la correspondiente resolución administrativa, cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de estas bases y de su convocatoria, «bono Agentes del Cambio», y cuya efectividad estará sujeta al cumplimiento mensual -y posterior justificación- de las siguientes condiciones por parte del beneficiario: de la contratación durante el periodo de consumo de la ayuda, que deberá formalizarse tras la concesión de la ayuda; de la efectividad del ingreso del salario mensual al Agente del Cambio; de no ser deudor de reintegro de subvenciones anteriores; y de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Finalidad
La finalidad del Programa, cuya ejecución se llevará a cabo mediante la concesión de las subvenciones públicas a que se refiere esta orden, es la de apoyar al menos a 15.000 beneficiarios en su proceso de transición digital, facilitando la incorporación de Agentes del Cambio que se encuentren en situación de desempleo.
Localización
Madrid
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Servicios Sociales, Igualdad, Seguridad, Industria, Economía Social, Hostelería y hoteles, Artesanía, Textil, confección y calzado, Ferias y congresos, Sector Financiero/Bancario, Energía, Agricultura, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Para la determinación de la cuantía a conceder, se tendrán en cuenta los límites siguientes: a) Las ayudas no podrán superar el 80 por 100 del presupuesto total del proyecto. b) Las ayudas contarán con el límite máximo de 100.000 euros por proyecto para el que se solicite la subvención. c) Las ayudas a conceder tendrán, en todo caso, como límite el importe de la solicitud presentada a la convocatoria. d) Los proyectos contarán con una parte de transferencias de capital que supondrá el 70 por 100 del importe concedido y otra parte de apoyo a través del desarrollo de un programa de aceleración personalizado que incluirá actividades de formación, asesoría, mentoría e innovación y que supondrá el 30 por 100 de la ayuda total.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración culturales según el Componente 24, ?Revalorización de la industria cultural?, I1 ?Competitividad y profesionalización de las ICC?, en el proyecto C.24.I1.P1.2. ?Apoyo a aceleradoras culturales? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021.
2. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de actuaciones como:
a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.
c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.
d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.
Con esta línea de actuación se pretende que las empresas culturales de la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.
3. Los proyectos y las actividades deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución, o comercialización, entre otros.
4. Los proyectos contemplarán también las posibles sinergias del sector de las industrias culturales y creativas con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.
5. Los procesos de aceleración contemplarán, entre otras, actividades como la creación, la facilitación, la mediación, la incubación, la formación, la mentoría, la inversión, la financiación o la promoción.
6. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.
NOTA: El plazo de presentación de solicitudes será de entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de actuaciones como:
a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.
c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.
d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.
Con esta línea de actuación se pretende que las empresas culturales de la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.
3. Los proyectos y las actividades deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución, o comercialización, entre otros.
4. Los proyectos contemplarán también las posibles sinergias del sector de las industrias culturales y creativas con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.
5. Los procesos de aceleración contemplarán, entre otras, actividades como la creación, la facilitación, la mediación, la incubación, la formación, la mentoría, la inversión, la financiación o la promoción.
6. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.
NOTA: El plazo de presentación de solicitudes será de entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Localización
BOE
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Agricultura, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Industria, Energía, Consumo, Seguridad, Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Igualdad, Servicios Sociales, Ferias y congresos, Economía Social, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía total máxima es de 310.000.000 euros en forma de subvenciones y 200.000.000 euros en forma de préstamos
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Empleo y contratación, Industria, Energía, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Consumo, Seguridad, Igualdad, Servicios Sociales, Ferias y congresos, Sector Financiero/Bancario, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la presente convocatoria anticipada, tendrá una cuantía total máxima de 190.000.000 euros. Esta cuantía máxima, podrá ser ampliable en 40.000.000 euros.
Finalidad
La presente orden tiene por objeto proceder a la tramitación anticipada de la convocatoria que corresponde al año 2023, de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica, para la modernización y diversificación del ecosistema naval español (PERTE NAVAL), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que corresponde al año 2023, en virtud de la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del ecosistema naval español (PERTE NAVAL), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «Boletín Oficial del Estado» número 183 de 1 de agosto de 2022.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Igualdad, Cultura e idiomas, Seguridad, Energía, Agricultura, Estadísticas y encuestas, Transporte y vehículos, Sector Financiero/Bancario, Infancia y juventud, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
28/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de subvención por beneficiario determinada en cualquier convocatoria será inferior a 30.000 euros.
Finalidad
La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es fomentar la innovación de las pymes a través del programa europeo de EDIH.
Para ello, se impulsará la innovación y la adopción de tecnologías digitales disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación de servicios por parte de entidades pertenecientes a los EDIH a las pymes beneficiarias de las ayudas.
Para ello, se impulsará la innovación y la adopción de tecnologías digitales disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación de servicios por parte de entidades pertenecientes a los EDIH a las pymes beneficiarias de las ayudas.
Localización
Madrid
Categorías
Industria, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Construcción y obras, Seguridad, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Minería, Vivienda e hipotecas, Familia, Consumo, Estadísticas y encuestas, Ferias y congresos, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Igualdad, Infancia y juventud, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de la ayuda en el supuesto de que el beneficiario sea un ayuntamiento, una mancomunidad de ayuntamientos o una entidad urbanística de conservación será de 1.000.000 de euros por área de actuación o 1.000.000 de euros por beneficiario; en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto; El límite máximo de la ayuda para el resto de beneficiarios, sometidos a la normativa de minimis, será de 200.000 euros por beneficiario y, en todo caso 1.000.000 euros por área de actuación, en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto.
Finalidad
El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en los polígonos industriales, áreas empresariales y áreas industriales de la Comunidad de Madrid.
Es una medida prioritaria para el desarrollo del sector industrial de la Comunidad de Madrid, cuya finalidad es mejorar la competitividad de las empresas, recuperar el entorno empresarial y la propia imagen de estas áreas, permitir la adaptación de estos espacios al modelo de Industria 4.0 y digitalización de la empresa, además de incrementar su seguridad y mejorar su eficiencia energética y medioambiental.
Es una medida prioritaria para el desarrollo del sector industrial de la Comunidad de Madrid, cuya finalidad es mejorar la competitividad de las empresas, recuperar el entorno empresarial y la propia imagen de estas áreas, permitir la adaptación de estos espacios al modelo de Industria 4.0 y digitalización de la empresa, además de incrementar su seguridad y mejorar su eficiencia energética y medioambiental.
Localización
BOE
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Empresa, Comercio y marketing, Industria, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Construcción y obras, Transporte y vehículos, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Seguridad, Consumo, Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Ferias y congresos, Agricultura, Economía Social, Energía, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
17/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Modificación de la orden ICT/1524/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa «Experiencias Turismo España», y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Localización
Aragón
Categorías
Transporte y vehículos, Empresa, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Industria, Energía, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Educación y ciencia, Consumo, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las subvenciones otorgadas se instrumentarán como entrega, sin contraprestación, de un porcentaje de los costes subvencionables que será el siguiente en cada una de las líneas de actuación: El límite máximo de ayuda por solicitud será el indicado en la convocatoria.
Finalidad
Establecer las bases reguladoras que han de regir las sucesivas convocatorias destinadas a subvencionar, por un lado, el mantenimiento de los servicios de transporte público regular de viajeros de uso especial por carretera de trabajadores prestados en el ámbito de territorial del CTAZ que están actualmente implantados y, por el otro, la implementación de nuevas iniciativas en relación con estos servicios.
También es objeto de este capítulo, entre otros, la fijación de un procedimiento administrativo relativo a la valoración, justificación y distribución de las cuantías aquí subvencionadas.
También es objeto de este capítulo, entre otros, la fijación de un procedimiento administrativo relativo a la valoración, justificación y distribución de las cuantías aquí subvencionadas.
Localización
BOE
Categorías
Deporte, Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Comunicación pública, Comercio y marketing, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Energía, Agricultura, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Consumo, Educación y ciencia, Sector Financiero/Bancario, Infancia y juventud, Economía Social, Industria, Vivienda e hipotecas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente orden ministerial tiene como objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas para la promoción del sector del videojuego y de otras formas de creación digital, y publicar la convocatoria correspondiente a los ejercicios 2022 y 2023 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Medio Ambiente, Igualdad, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Transporte y vehículos, Consumo, Energía, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Deporte, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/12/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros
Finalidad
Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión y gestión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto que incorporen, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral.
