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Top Concepts
Comunicación pública
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Comunicación pública
Localización
Aragón
Categorías
Cultura e idiomas, Deporte, Empresa, Educación y ciencia, Empleo y contratación, Igualdad, Comunicación pública, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Vivienda e hipotecas, Participación ciudadana, Justicia, Servicios Sociales, Seguridad, Economía Social, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
10/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas durante el ejercicio 2022 para la realización de actividades de producción, programación y distribución vinculadas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo, que se desarrollen desde el día 14 de noviembre de 2021 hasta el día 13 de noviembre de 2022, en las siguientes modalidades:

1. Producción de espectáculos de artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo. Deberá aportarse una grabación del estreno, con la limitación de un proyecto por peticionario. En caso de que el solicitante presente más de un proyecto, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda. En caso de que los dos proyectos estén valorados con la misma puntuación, el peticionario deberá optar por uno de los dos proyectos.

2. Giras y actuaciones fuera de Aragón, entendiendo por giras la distribución de espectáculos de artes escénicas. En esta modalidad se contemplan los siguientes apartados:

a) Gira nacional peninsular: Actuaciones, con un mínimo de tres, fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser consecutivas o no.

b) Actuaciones en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.

c) Actuaciones internacionales.

d) Participación en festivales y ferias nacionales e internacionales.

Es esta modalidad solo se subvencionará un proyecto por peticionario y por apartado. Podrá presentarse más de un proyecto, pero únicamente se subvencionará el que obtenga mayor puntuación.

3. Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada, por un periodo no inferior a seis meses.
Localización
Baleares
Categorías
Energía, Turismo y agencias de viajes, Vivienda e hipotecas, Medio Ambiente, Construcción y obras, Empleo y contratación, Consumo, Empresa, Hostelería y hoteles, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Agricultura, Seguridad, Sector Financiero/Bancario, Cultura e idiomas, Industria, Igualdad, Comunicación pública, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
06/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, de uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria y de las instalaciones de iluminación de alojamientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.
Localización
BOE
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Deporte, Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Comercio y marketing, Seguridad, Infancia y juventud, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
27/05/2021
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Empleo y contratación, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Caza y pesca, Agricultura, Seguridad, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Igualdad, Energía, Transporte y vehículos, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/08/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Activa Industria 4.0.: 7.400 euros; Activa Crecimiento: 6.150 euros; Activa Ciberseguridad: 2.140 euros
Finalidad
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y el procedimiento de gestión de la concesión de ayudas en especie, dirigidas a favorecer el crecimiento de las pymes, impulsar su transformación digital y mejorar sus niveles de ciberseguridad, conforme a las actuaciones que se describen en el artículo 13.3 de esta orden. El régimen de estas ayudas es el de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Cultura e idiomas, Industria, Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Educación y ciencia, Familia, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Igualdad, Infancia y juventud
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
€ Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 33.250 euros/año, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 26.600 euros/año, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 19.950 euros/año, a jornada completa.
Finalidad
1. El objeto de estas subvenciones será promover la contratación temporal por municipios con más de 1.000 habitantes y por las diputaciones provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, mayores de 45, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.

b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.

c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.

d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.

e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.

f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.

g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Turismo y agencias de viajes, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Ocio y tiempo libre, Educación y ciencia, Deporte, Comercio y marketing, Comunicación pública, Hostelería y hoteles, Medio Ambiente, Igualdad, Familia, Infancia y juventud
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
€ Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive:16.625€/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 €/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 €/180 días, a jornada completa. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días.
Finalidad
1. El objeto de estas subvenciones será promover la contratación por municipios con más de 5.000 habitantes de personas desempleadas e inscritas como demandante de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para mejorar la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, mediante la realización de obras y servicios de interés general y social relacionados con actividades en el sector turístico y cultural.

2. A los efectos de la presente orden, se entiende por obras y servicios de interés general y social relacionados con el sector turístico y cultural, la puesta en valor y fomento del patrimonio cultural de Castilla y León, entendiendo por tales, los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico. También forman parte del mismo, el patrimonio documental, bibliográfico, audiovisual y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional. Esto es, serán subvencionables, sin perjuicio de las autorizaciones preceptivas que sean pertinentes, aquellas obras o servicios relacionados con actividades en el patrimonio cultural de Castilla y León, que tengan capacidad por sí mismos para atraer visitantes, como por ejemplo, sin carácter exhaustivo:

? Camino de Santiago.

? Visitas al patrimonio histórico y artístico.

? Actividades festivas y culturales.

? Turismo medioambiental: rutas en el medio natural.

? Revalorización de espacios públicos para la participación colectiva relacionados con el sector.

? Eventos deportivos.

3. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.

b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.

c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.

d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.

e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.

f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.

g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
Localización
Castilla y León
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Industria, Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Educación y ciencia, Familia, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Igualdad
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
16/09/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
€ Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 y 2, ambos inclusive: 16.625 euros/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 3 al 7, ambos inclusive: 13.300 euros/180 días, a jornada completa. € Por cada persona trabajadora contratada en los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 8 al 11, ambos inclusive: 9.975 euros/180 días, a jornada completa. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días.
Finalidad
1. El objeto de estas subvenciones será promover la contratación temporal por municipios con más de 5.000 habitantes y por las Diputaciones Provinciales o sus organismos autónomos dependientes, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, de desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, menores de 35 años, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

2. Las obras y servicios a realizar, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales.

b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.

c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas.

d) Que las obras y servicios se ejecuten en su totalidad con el límite máximo temporal del ejercicio presupuestario siguiente a aquel en que se conceda la subvención. En todo caso, las obras y servicios habrán de iniciarse en el ejercicio presupuestario de concesión, a efectos del abono del anticipo de la subvención previsto en la convocatoria. En el caso de que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, se podrá aprobar por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León la ampliación del plazo de ejecución hasta tres meses más del plazo máximo antes señalado. La ampliación del plazo de ejecución en ningún caso implicará un incremento de las subvenciones ya concedidas.

e) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará mediante la correspondiente certificación de la entidad.

f) Que en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizadas preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.

g) Asegurar que las personas con discapacidad que sean contratadas disponen de las medidas adecuadas y necesarias para la adaptación del puesto de trabajo y la accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva y de comunicación de la entidad.
Localización
Canarias
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Igualdad, Industria, Agricultura, Caza y pesca, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Economía Social, Transporte y vehículos, Seguridad, Vivienda e hipotecas, Artesanía, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Energía, Estadísticas y encuestas, Justicia, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Los límites mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto son 60.000 y 200.000 euros
Finalidad
1. El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras que regirán las convocatorias de subvenciones públicas a proyectos de innovación realizados por empresas canarias emergentes de base tecnológica.

2. Estas ayudas tienen una doble finalidad: por un lado, fomentar la puesta en marcha de proyectos innovadores, apoyando la creación y el desarrollo de empresas emergentes de base tecnológica en Canarias; y por otro, la actuación de las entidades que ejercen un papel de interlocución esencial para fomentar el desarrollo de proyectos de innovación en empresas emergentes de base tecnológica del tejido empresarial regional, promoviendo la puesta en marcha de empresas innovadoras, acelerando el proceso de ?cristalización? de los proyectos empresariales, promoviendo puntos de encuentro que faciliten el contacto de emprendedores con inversores privados o business angels y facilitando el acceso a otras fuentes de financiación de la innovación nacionales y europeas.
Localización
Andalucía
Categorías
Caza y pesca, Agricultura, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Empresa, Medio Ambiente, Igualdad, Ganadería, Seguridad, Comercio y marketing, Ferias y congresos, Comunicación pública, Educación y ciencia, Energía, Transporte y vehículos, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
08/09/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo de la ayuda concedida a las personas armadoras/explotadoras de los buques objeto de paralización temporal cofinanciada con FEMP se calculará multiplicando el siguiente baremo por el número de arqueo bruto (GT) del buque y el número de días establecido como periodo subvencionable en la correspondiente orden de convocatoria para dicha parada. Consultar en el pdf importe maximo de la prima por buque y dia (euros)
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la
concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización
temporal de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, a las que hace referencia el artículo 33.1.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (en adelante FEMP), en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), así como para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, previstas en el artículo 21 del Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (en adelante FEMPA), quedando condicionadas éstas últimas a la aprobación del citado Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, y al cumplimiento de los Criterios de Selección que se aprueben por el Comité de Seguimiento que se cree para el referido Programa Operativo.
Localización
BOE
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Empresa, Servicios Sociales, Infancia y juventud, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Comercio y marketing, Comunicación pública, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/08/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La cuantía máxima otorgada a cada entidad beneficiaria no podrá superar los 96.000 euros. Dichas cantidades serán percibidas directamente por las Universidades o centros académicos y se transformarán en becas para los participantes en los programas.
Finalidad

- Razones de interés público vinculadas al objetivo de elevación del nivel académico general existente en las Universidades y otros centros académicos, al promover la realización de actividades científicas y el fomento de las investigaciones relacionadas con materias propias del ámbito competencial de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, así como el impulso general de la formación académica con especial énfasis en aquella que ostenta carácter práctico.
- Fomento de la actividad científica e investigadora y contribuir a favorecer el estudio del impacto y evaluación de dicha actividad, así como a promover la consiguiente transformación que resulte necesaria.

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