Subvenciones
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Industria
Localización
BOE
Categorías
Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Agricultura, Empleo y contratación, Empresa, Ganadería, Seguridad, Igualdad, Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Construcción y obras, Servicios Sociales, Infancia y juventud, Energía, Vivienda e hipotecas, Industria, Economía Social, Turismo y agencias de viajes, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social
F. Publicación
25/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 2.000.000,00 de euros.
Finalidad
Modificación de la Orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., a grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la bioeconomía y la contribución a la transición ecológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Comercio y marketing, Igualdad, Educación y ciencia, Ferias y congresos, Medio Ambiente, Caza y pesca, Agricultura, Seguridad, Transporte y vehículos, Energía, Infancia y juventud, Economía Social, Estadísticas y encuestas, Justicia
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
12/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención otorgada será de un máximo del 100 % del gasto subvencionable aceptado, con un máximo de 100.000,00 euros.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones a los agentes de apoyo a la internacionalización acreditados por ACCIÓ.
Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Agricultura, Economía Social, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Industria, Participación ciudadana, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Turismo y agencias de viajes, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
11/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda en especie no podrá ser superior a 30.000 euros de subvención bruta por beneficiario y convocatoria y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta el 100% de subvención bruta
Finalidad
La presente disposición, tiene por objeto establecer, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras de las ayudas en especie dirigidas a promoción internacional de las empresas la Región de Murcia mediante la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales y misiones comerciales al amparo del Programa específico de Ayudas que se acompaña como Anexo I, y destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto, salvo para la participación en ferias comerciales.
Estas ayudas podrán financiarse dentro del Programa de la Región de Murcia FEDER 2021-2027 dentro del Objetivo Político 1 ?Una Europa más competitiva y más inteligente", Objetivo Específico 1.3 ?El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas?, Actuación 15 ?El apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados?.
Estas ayudas podrán financiarse dentro del Programa de la Región de Murcia FEDER 2021-2027 dentro del Objetivo Político 1 ?Una Europa más competitiva y más inteligente", Objetivo Específico 1.3 ?El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas?, Actuación 15 ?El apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados?.
Localización
Castilla y León
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Empresa, Industria, Empleo y contratación, Ganadería, Agricultura, Ferias y congresos, Desarrollo Local y Rural, Servicios Sociales, Seguridad, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Comercio y marketing, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Economía Social, Igualdad
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
10/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. Siempre que los límites máximo y mínimo de la subvención por proyecto de Doctorado Industrial lo permitan, la intensidad de la ayuda para el beneficiario no excederá a) del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial; b) del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental; 2. Las intensidades de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los costes subvencionables, como se indica a continuación c) en 10 puntos porcentuales en el caso de las medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de las pequeñas empresas; d) en 15 puntos porcentuales si se cumple alguna de las siguientes condiciones: 1º€ que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas, al menos una de las cuales sea una PYME y que ninguna empresa corra por sí sola con más del 70 % de los costes subvencionables, 2º€ que los resultados del proyecto se difundan por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
Finalidad
1. El objeto de esta Orden es establecer las Bases Reguladoras que regirán las convocatorias para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a promover proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental, en los que se enmarque el desarrollo de un doctorado industrial, en los ámbitos de conocimiento de la Plataforma de dinamización y sectores de actividad de I+D de interés estratégico regional.
2. El proyecto se ejecutará en colaboración entre la entidad beneficiaria y el ITACyL donde el doctorando debe llevar a cabo su actividad investigadora.
3. Estas ayudas tienen una doble finalidad: por un lado, favorecer la captación y el desarrollo de talento investigador y su movilidad entre el entorno empresarial y el entorno investigador (entorno privado?entorno público) y por otro, la potenciación de la colaboración entre entornos en ámbitos fundamentales para el desarrollo de soluciones de I+D directamente aplicables.
4. Se considera que las ayudas tienen efecto incentivador, de forma que la actividad del proyecto no se habrá iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda.
5. Estas Bases Reguladoras serán aplicables a las convocatorias que se publiquen a partir de la aprobación de las mismas, sin perjuicio del ámbito temporal necesario para la finalización de la actividad subvencionada y su posterior justificación, según lo que indiquen las convocatorias y las resoluciones de concesión de las ayudas.
6. Las convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de las mismas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos.
2. El proyecto se ejecutará en colaboración entre la entidad beneficiaria y el ITACyL donde el doctorando debe llevar a cabo su actividad investigadora.
3. Estas ayudas tienen una doble finalidad: por un lado, favorecer la captación y el desarrollo de talento investigador y su movilidad entre el entorno empresarial y el entorno investigador (entorno privado?entorno público) y por otro, la potenciación de la colaboración entre entornos en ámbitos fundamentales para el desarrollo de soluciones de I+D directamente aplicables.
4. Se considera que las ayudas tienen efecto incentivador, de forma que la actividad del proyecto no se habrá iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda.
5. Estas Bases Reguladoras serán aplicables a las convocatorias que se publiquen a partir de la aprobación de las mismas, sin perjuicio del ámbito temporal necesario para la finalización de la actividad subvencionada y su posterior justificación, según lo que indiquen las convocatorias y las resoluciones de concesión de las ayudas.
6. Las convocatorias se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará el texto íntegro de las mismas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, que forma parte de dicha Base de Datos.
Localización
Castilla y León
Categorías
Industria, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Seguridad, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Agricultura, Economía Social, Desarrollo Local y Rural, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Ferias y congresos, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 20.000 €.
Finalidad
El objeto de estas subvenciones es promover la realización de proyectos relacionados con la Ciberseguridad industrial en la Comunidad de Castilla y León. Con el desarrollo de este tipo de proyectos de Ciberseguridad Industrial, ligados al producto-proceso industrial, se pretende mejorar la productividad y competitividad de las industrias de Castilla y León, así como proteger contra las amenazas y riesgos relacionados con la seguridad digital, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica, y las inversiones en hardware y software en esta materia.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Agricultura, Caza y pesca, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Cultura e idiomas, Sector Financiero/Bancario, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Comercio y marketing, Industria, Igualdad, Energía, Ganadería, Educación y ciencia, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Familia, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
08/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 80.000.000,00 euros
Finalidad
El objeto de esta normativa es regular las características, requisitos y condiciones de la línea de préstamos ?ICF Agroliquiditat? con condiciones preferentes para la financiación de personas físicas y/o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrarias o de empresas agrarias y/o agroalimentarias, las forestales y las del sector pesquero con sede social u operativa en Catalunya, para necesidades de circulante y pequeña inversión, gestionada por el ICF y cofinanciada por el DACC.
La línea está dotada con 80.000.000,00 de euros.
La línea está dotada con 80.000.000,00 de euros.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Caza y pesca, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Igualdad, Agricultura, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Comercio y marketing, Transporte y vehículos, Energía, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Economía Social, Infancia y juventud, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
08/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de las subvenciones será del 75 % del gasto subvencionable aceptado del proyecto, con un máximo de 30.000,00 euros. Para los proyectos empresariales de cambio estructural sera: El importe máximo de ayuda será de 60.000,00 euros, salvo la ayuda a aquellos proyectos que tengan impacto en las zonas afectadas por el impacto ambiental de la producción de energía eléctrica nuclear, en los que será como máximo de 100.000,00 euros.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para nuevas oportunidades de negocio que incluye las siguientes líneas:
Línea 1. Proyectos empresariales de cambio estratégico consistentes en la realización de un plan de negocio según lo establecido en el anexo 2.
Línea 2. Proyectos empresariales de cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo según lo establecido en el anexo 3.
Línea 1. Proyectos empresariales de cambio estratégico consistentes en la realización de un plan de negocio según lo establecido en el anexo 2.
Línea 2. Proyectos empresariales de cambio estructural, consistentes en la implementación de las acciones definidas en el plan de negocio previo según lo establecido en el anexo 3.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Agricultura, Caza y pesca, Energía, Transporte y vehículos, Economía Social, Seguridad, Infancia y juventud, Construcción y obras, Minería, Justicia, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
05/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención otorgada, junto con las ayudas de minimis percibidas por la beneficiaria en los últimos 3 ejercicios fiscales no podrá superar 200.000,00 euros. En el caso de las empresas que se dediquen al transporte de mercancías por carretera, la cantidad se reducirá a 100.000,00 euros durante 3 ejercicios fiscales. En ambos casos se tendrá en cuenta el ejercicio fiscal de otorgamiento de la ayuda y los dos ejercicios fiscales anteriores.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones para cupones a la competitividad empresarial.
Los servicios subvencionables para cada línea de ayudas están regulados en el anexo 2 de esta resolución y, de forma enunciativa, son los siguientes:
1.1. Línea de Cupones Estrategia.
1.2. Línea de Cupones Industria 4.0: Implantación.
1.3. Línea de Cupones Green.
1.4. Línea de Cupones Iniciación a la exportación: Planes de promoción internacional y Export Manager.
1.5. Línea Cupones International eTrade.
1.6. Línea de Cupones tecnologías digitales avanzadas.
1.7. Línea de Cupones Programas Europeos I+D+i.
Los servicios subvencionables para cada línea de ayudas están regulados en el anexo 2 de esta resolución y, de forma enunciativa, son los siguientes:
1.1. Línea de Cupones Estrategia.
1.2. Línea de Cupones Industria 4.0: Implantación.
1.3. Línea de Cupones Green.
1.4. Línea de Cupones Iniciación a la exportación: Planes de promoción internacional y Export Manager.
1.5. Línea Cupones International eTrade.
1.6. Línea de Cupones tecnologías digitales avanzadas.
1.7. Línea de Cupones Programas Europeos I+D+i.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Ocio y tiempo libre, Empleo y contratación, Empresa, Medio Ambiente, Industria, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Seguridad
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
04/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
DECRETO 6/2023, de 26 de abril, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 4/2017, de 31 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana. [2023/4765]
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Industria, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Igualdad, Medio Ambiente, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Comercio y marketing, Sector Financiero/Bancario, Estadísticas y encuestas, Agricultura, Seguridad, Energía, Infancia y juventud, Economía Social, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
03/05/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Se concederá una ayuda para los gastos e inversiones del plan de crecimiento de la empresa de un importe equivalente al de la operación de inversión mencionada en la base 2.1.b de este anexo, con un máximo de 250.000,00 euros, en forma de préstamo en cuanto al 80 % de la financiación acordada y en forma de ayuda no reembolsable con respecto al 20 % restante. Este 20 % no se deberá devolver.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular la concesión de la línea start-up capital coinversión, que se compone de una ayuda reembolsable en forma de préstamo y una ayuda no reembolsable.
