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Localización
BOE
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Energía, Medio Ambiente, Igualdad, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Seguridad, Consumo, Minería, Industria, Agricultura, Participación ciudadana, Economía Social, Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas, Comunicación pública, Infancia y juventud, Transporte y vehículos, Sector Financiero/Bancario, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Cultura e idiomas, Artesanía, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
06/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de las ayudas que se concedan se determinará en las convocatorias.
Finalidad

Ayudas públicas para impulsar proyectos de nuevos modelos de negocio que ofrezcan soluciones a los retos planteados por la transición energética, relacionados con la innovación, la provisión de servicios de flexibilidad que permitan una mayor integración de las energías renovables, y por tanto favorezcan la descarbonización del sistema, o la promoción y el desarrollo de nuevos proyectos empresariales (startups) que proporcionen soluciones innovadoras para la transición energética

Localización
Extremadura
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Agricultura, Caza y pesca, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Industria, Comercio y marketing, Seguridad, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Ganadería, Comunicación pública, Energía, Servicios Sociales, Economía Social, Hostelería y hoteles, Turismo y agencias de viajes, Consumo, Infancia y juventud, Construcción y obras, Justicia, Desarrollo Local y Rural, Ocio y tiempo libre, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 31/12/2026
Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 40.000.000 euros
Finalidad
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras y realizar la primera convocatoria de una línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que contribuyan al desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la trans- formación digital, el impulso de la innovación productiva en los ámbitos de la especialización inteligente y a la creación y mantenimiento de empleo en Extremadura.

La finalidad de estas ayudas será:

- Apoyar la creación de nuevas empresas.

- Impulsar la transformación y adaptación a la empresa conectada o empresa 4.0.

- Favorecer la continuidad de empresas ya en funcionamiento y en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.

- Contribuir al desarrollo industrial y a la creación de empleo en Extremadura, mediante la mejora de la competitividad de las empresas fomentando la creación y el crecimiento de empresas generadoras de empleo.

- Impulsar el potencial endógeno del territorio, así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio am- biente con especial atención al ámbito rural.
Localización
Andalucía
Categorías
Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Empresa, Educación y ciencia, Agricultura, Seguridad, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Economía Social, Servicios Sociales, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Comercio y marketing, Comunicación pública, Consumo, Energía, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
20/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención máxima solicitada podrá ser de hasta 200.000 euros.
Finalidad
1. Constituye el objeto de las subvenciones que se establecen proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos ubicados en las zonas blancas y grises NGA de la Comunidad Autónoma de Andalucía que sean incluidas en cada convocatoria publicada a raíz de las presentes bases reguladoras. Dicho objeto se corresponde con la línea de actuación 1 del artículo 12.1 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se definen las «zonas blancas y grises NGA» como «aquellas zonas geográficas descritas en el apartado a) y el apartado b) ?en este último supuesto cuando la cobertura o previsiones de cobertura en los próximos tres años sea proporcionada por un solo operador? del artículo 52.3 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, modificado por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021».

Además, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2.l del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, no podrán ser admitidas aquellas solicitudes de subvención destinadas a zonas que no se ajusten al principio de complementariedad con el Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión-Banda Ancha (ÚNICO-Banda Ancha) de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

2. Serán subvencionables las inversiones y gastos directamente relacionados con el proyecto y que sean imprescindibles para su realización, siempre que sean necesarios para la creación o adaptación de las infraestructuras de red que sean susceptibles de ser utilizadas por los demás operadores a través del acceso mayorista. No serán subvencionables las partidas de gasto asociadas a infraestructuras no relacionadas con el acceso mayorista, destinadas a su uso exclusivo por el operador beneficiario de la ayuda.

3. Los proyectos se referirán a redes de acceso, concepto bajo el que se consideran incluidos los enlaces de transmisión con la red de agregación («backhaul»), con expresión y motivación de la solución tecnológica más adecuada. Todas las propuestas técnicas deberán justificar técnicamente que la solución considerada es capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en la zona elegible seleccionada.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Comercio y marketing, Industria, Educación y ciencia, Comunicación pública, Igualdad, Caza y pesca, Agricultura, Consumo, Servicios Sociales, Seguridad, Sector Financiero/Bancario, Infancia y juventud, Energía, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
30/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda se concederá por un importe máximo de 1.000 euros mensuales hasta el límite máximo establecido. Dicho límite, es por un lado, cuantitativo, no pudiendo superar el total de la ayuda los de 20.000 euros, y por otro temporal, no pudiendo superarse el plazo de 20 meses consecutivos a contar desde la formalización del contrato, concediéndose por beneficiario mediante la correspondiente resolución administrativa, cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de estas bases y de su convocatoria, «bono Agentes del Cambio», y cuya efectividad estará sujeta al cumplimiento mensual -y posterior justificación- de las siguientes condiciones por parte del beneficiario: de la contratación durante el periodo de consumo de la ayuda, que deberá formalizarse tras la concesión de la ayuda; de la efectividad del ingreso del salario mensual al Agente del Cambio; de no ser deudor de reintegro de subvenciones anteriores; y de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Finalidad
La finalidad del Programa, cuya ejecución se llevará a cabo mediante la concesión de las subvenciones públicas a que se refiere esta orden, es la de apoyar al menos a 15.000 beneficiarios en su proceso de transición digital, facilitando la incorporación de Agentes del Cambio que se encuentren en situación de desempleo.
Localización
Madrid
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Servicios Sociales, Igualdad, Seguridad, Industria, Economía Social, Hostelería y hoteles, Artesanía, Textil, confección y calzado, Ferias y congresos, Sector Financiero/Bancario, Energía, Agricultura, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Para la determinación de la cuantía a conceder, se tendrán en cuenta los límites siguientes: a) Las ayudas no podrán superar el 80 por 100 del presupuesto total del proyecto. b) Las ayudas contarán con el límite máximo de 100.000 euros por proyecto para el que se solicite la subvención. c) Las ayudas a conceder tendrán, en todo caso, como límite el importe de la solicitud presentada a la convocatoria. d) Los proyectos contarán con una parte de transferencias de capital que supondrá el 70 por 100 del importe concedido y otra parte de apoyo a través del desarrollo de un programa de aceleración personalizado que incluirá actividades de formación, asesoría, mentoría e innovación y que supondrá el 30 por 100 de la ayuda total.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración culturales según el Componente 24, ?Revalorización de la industria cultural?, I1 ?Competitividad y profesionalización de las ICC?, en el proyecto C.24.I1.P1.2. ?Apoyo a aceleradoras culturales? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021.

2. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de actuaciones como:

a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.

b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.

c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.

d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.

Con esta línea de actuación se pretende que las empresas culturales de la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.

3. Los proyectos y las actividades deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución, o comercialización, entre otros.

4. Los proyectos contemplarán también las posibles sinergias del sector de las industrias culturales y creativas con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.

5. Los procesos de aceleración contemplarán, entre otras, actividades como la creación, la facilitación, la mediación, la incubación, la formación, la mentoría, la inversión, la financiación o la promoción.

6. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.

NOTA: El plazo de presentación de solicitudes será de entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Localización
BOE
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Agricultura, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Industria, Energía, Consumo, Seguridad, Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Igualdad, Servicios Sociales, Ferias y congresos, Economía Social, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía total máxima es de 310.000.000 euros en forma de subvenciones y 200.000.000 euros en forma de préstamos
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Empleo y contratación, Industria, Energía, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Consumo, Seguridad, Igualdad, Servicios Sociales, Ferias y congresos, Sector Financiero/Bancario, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la presente convocatoria anticipada, tendrá una cuantía total máxima de 190.000.000 euros. Esta cuantía máxima, podrá ser ampliable en 40.000.000 euros.
Finalidad
La presente orden tiene por objeto proceder a la tramitación anticipada de la convocatoria que corresponde al año 2023, de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica, para la modernización y diversificación del ecosistema naval español (PERTE NAVAL), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que corresponde al año 2023, en virtud de la Orden ICT/739/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de integración y transformación de la cadena de valor industrial del sector naval, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la modernización y diversificación del ecosistema naval español (PERTE NAVAL), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «Boletín Oficial del Estado» número 183 de 1 de agosto de 2022.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Industria, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Igualdad, Cultura e idiomas, Seguridad, Energía, Agricultura, Estadísticas y encuestas, Transporte y vehículos, Sector Financiero/Bancario, Infancia y juventud, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
28/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de subvención por beneficiario determinada en cualquier convocatoria será inferior a 30.000 euros.
Finalidad
La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es fomentar la innovación de las pymes a través del programa europeo de EDIH.

Para ello, se impulsará la innovación y la adopción de tecnologías digitales disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación de servicios por parte de entidades pertenecientes a los EDIH a las pymes beneficiarias de las ayudas.
Localización
Madrid
Categorías
Industria, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Construcción y obras, Seguridad, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Minería, Vivienda e hipotecas, Familia, Consumo, Estadísticas y encuestas, Ferias y congresos, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Igualdad, Infancia y juventud, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de la ayuda en el supuesto de que el beneficiario sea un ayuntamiento, una mancomunidad de ayuntamientos o una entidad urbanística de conservación será de 1.000.000 de euros por área de actuación o 1.000.000 de euros por beneficiario; en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto; El límite máximo de la ayuda para el resto de beneficiarios, sometidos a la normativa de minimis, será de 200.000 euros por beneficiario y, en todo caso 1.000.000 euros por área de actuación, en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto.
Finalidad
El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en los polígonos industriales, áreas empresariales y áreas industriales de la Comunidad de Madrid.

Es una medida prioritaria para el desarrollo del sector industrial de la Comunidad de Madrid, cuya finalidad es mejorar la competitividad de las empresas, recuperar el entorno empresarial y la propia imagen de estas áreas, permitir la adaptación de estos espacios al modelo de Industria 4.0 y digitalización de la empresa, además de incrementar su seguridad y mejorar su eficiencia energética y medioambiental.
Localización
BOE
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Empresa, Comercio y marketing, Industria, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Construcción y obras, Transporte y vehículos, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Seguridad, Consumo, Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Ferias y congresos, Agricultura, Economía Social, Energía, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
17/12/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
Modificación de la orden ICT/1524/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa «Experiencias Turismo España», y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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