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Consumo
Localización
Cataluña
Categorías
Comercio y marketing, Empresa, Artesanía, Textil, confección y calzado, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Economía Social, Igualdad, Servicios Sociales, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Energía, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Infancia y juventud, Agricultura, Consumo, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
29/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaría de hasta el 80% de los gastos subvencionables con un máximo de 75.000 euros
Finalidad
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de subvenciones en el ámbito de las actividades de comercio al por menor y de las asociaciones y entidades de comercio, con el fin de impulsar la competitividad y la modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las asociaciones y entidades de comercio, enmarcado en el Componente 13, impulso a la PYME, en su inversión 4 ?Apoyo al comercio?, actuación 1.2. Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por los fondos Next Generación EU.
Localización
Canarias
Categorías
Empresa, Economía Social, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Cultura e idiomas, Industria, Sector Financiero/Bancario, Vivienda e hipotecas, Comercio y marketing, Hostelería y hoteles, Infancia y juventud, Seguridad, Ocio y tiempo libre, Energía, Educación y ciencia, Familia, Construcción y obras, Comunicación pública, Artesanía, Turismo y agencias de viajes, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención se determinará mediante la aplicación de un porcentaje máximo sobre el importe subvencionable de la inversión realizada, sin que pueda rebasarse ninguno de los límites siguientes: a) Con carácter general, hasta el 50% del coste de adquisición de los activos subvencionables. b) El 40%, con el límite de 100.000 euros por beneficiaria, para las inversiones destinadas a la adquisición de edificios o a la realización de obras o instalaciones técnicas en los mismos, así como a la adquisición de terrenos, pudiéndose incrementar hasta el 50% cuando la inversión tenga lugar en las islas de La Palma, El Hierro, Fuerteventura, La Gomera o Lanzarote y esté destinada al establecimiento de una sede en dichas islas o directamente relacionada con la actividad de la entidad.
Finalidad
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE) destinadas a la financiación de inversiones en sociedades cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción (en adelante empresas de economía social), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El objetivo es, por un lado, dar soporte financiero para la las inversiones productivas en la creación de nuevas empresas de economía social y, por otro, incentivar la modernización e innovación de los activos fijos de las empresas existentes de esta tipología, mejorando su competitividad y facilitando su consolidación.

En concreto podrá ser objeto de subvención la realización de inversiones en activos fijos o inmovilizado, en operaciones de adquisición de la propiedad, plena y no condicionada, de bienes específicamente afectos a la realización del objeto social de la entidad, de conformidad con los estatutos sociales vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que dicha inversión contribuya a la consecución de los mencionados objetivos.
Localización
Andalucía
Categorías
Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Economía Social, Empresa, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Igualdad, Energía, Seguridad, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Consumo, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 15.000 euros por beneficiario para el conjunto de todos los sectores previstos en el apartado primero de estas bases reguladoras.
Finalidad
Aprobar las siguientes bases reguladoras contenidas en el Anexo I de esta orden, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a agricultores y ganaderos de los sectores productivos especialmente afectados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 22), pertenecientes a los siguientes sectores:

a) Cítricos.

b) Viñedo para vinificación.

c) Flor cortada.

d) Caprino de leche.

e) Porcino.

e) Gallinas de puesta.

f) Pavos de engorde.
Localización
BOE
Categorías
Energía, Empresa, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Participación ciudadana, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo, Igualdad, Seguridad, Minería, Industria, Cultura e idiomas, Ferias y congresos, Caza y pesca, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Vivienda e hipotecas, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
28/10/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Importe de la ayudar a determinar en la convocatoria. En todo caso, la ayuda podrá superar la intensidad de ayuda máxima, del 80 %, calculado sobre el coste subvencionable asociado, dentro de los límites del presupuesto de financiación establecidos en la convocatoria y los límites establecidos para las entidades beneficiarias.
Finalidad
Fortalecer el sistema de apoyo a los actores interesados en la creación y desarrollo de comunidades energéticas, principalmente ciudadanos, pymes y entidades locales, contribuyendo con ello a una descarbonización justa e inclusiva mediante el fomento de las inversiones en infraestructuras verdes y la participación de actores no tradicionalmente involucrados en el sector energético.

En definitiva, el fomento e impulso para la creación y desarrollo de comunidades energéticas. No se subvencionarán actuaciones o servicios que no contribuyan de manera explícita a este objetivo.
Localización
Cataluña
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Economía Social, Igualdad, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Seguridad, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Consumo, Ferias y congresos, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
21/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Cada una de las entidades de personas autónomas que se presente en esta convocatoria y obtenga como mínimo una puntuación igual o superior a 70 puntos en el conjunto de los apartados de valoración de la base 15 de la presente Orden, podrá optar a formar parte del reparto de la partida presupuestaria asignada a esta subvención. Esta partida presupuestaria se repartirá de manera proporcional entre aquellas entidades que obtengan una puntuación igual o superior a 70 puntos.
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar proyectos o acciones de las entidades asociativas en Cataluña de personas trabajadoras autónomas, como actos y jornadas, acciones formativas o de asesoramiento, entre otros, y sufragar sus gastos de mantenimiento, para dar apoyo a la consecución y el cumplimiento de los objetivos que les son propios.
Localización
Cataluña
Categorías
Empresa, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Servicios Sociales, Consumo, Industria, Energía, Economía Social, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Minería, Igualdad, Agricultura, Construcción y obras, Ferias y congresos, Seguridad, Justicia, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la ayuda es de un máximo del 75% de los gastos objeto de la ayuda para microempresas y pymes, o del 50% si la empresa beneficiaria no es una microempresa o una pyme. El importe es de un máximo de 60.000 euros por proyecto en el caso de proyectos de las clases A o B, y de 30.000 euros por proyecto para proyectos de la clase C.
Finalidad
Objeto

Esta línea de subvenciones tiene como objeto el fomento de proyectos para la aceleración de la transición hacia una economía circular en Cataluña, mejorar la eficiencia en el uso de los recursos materiales y desacoplar el desarrollo económico global del consumo de recursos. En el anexo 2, figura la definición de economía circular.
Localización
Andalucía
Categorías
Industria, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Educación y ciencia, Agricultura, Seguridad, Empleo y contratación, Economía Social, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Comunicación pública, Consumo, Energía, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
11/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención máxima solicitada podrá ser de hasta 30.000 euros. Adicionalmente, la cuantía de las subvenciones a conceder a cada persona o entidad beneficiaria no podrá superar el límite máximo de 200.000 euros
Finalidad
1. Constituye el objeto de las subvenciones que se regulan en la presente Orden, la contratación de la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias de los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos, ubicados en las zonas blancas NGA de la Comunidad Autónoma de Andalucía que sean incluidas en cada convocatoria publicada a raíz de las presentes bases reguladoras. Dicho objeto se corresponde con la línea de actuación 3 del artículo 12.1 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Se definen las «zonas blancas NGA» como «aquellas zonas geográficas descritas en el apartado a) del artículo 52.3 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, modificado por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021».

Además, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2.l del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, no podrán ser admitidas aquellas solicitudes de subvención destinadas a inmuebles ubicados en zonas que no se ajusten al principio de complementariedad con el Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión-Banda Ancha (ÚNICO-Banda Ancha) de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
Localización
Andalucía
Categorías
Comunicación pública, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Medio Ambiente, Empresa, Vivienda e hipotecas, Igualdad, Construcción y obras, Empleo y contratación, Economía Social, Seguridad, Consumo, Energía, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Transporte y vehículos, Servicios Sociales, Educación y ciencia, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Comunidades de propietarios
F. Publicación
11/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de la subvención para cada una de las tipologías de actuación y para cada entidad beneficiaria, con un máximo subvencionable de hasta 35 viviendas, entendidas como unidades inmobiliarias del edificio o conjunto de edificación, se calculará de la siguiente manera: a) Tipología 1: (680 € de coste unitario por vivienda) * (número de viviendas) * (porcentaje máximo de intensidad de la ayuda, indicado en la correspondiente convocatoria). b) Tipología 2: (600 € de coste unitario por vivienda) * (número de viviendas) * (porcentaje máximo de intensidad de la ayuda, indicado en la correspondiente convocatoria). c) Tipología 3: (485 € de coste unitario por vivienda) * (número de viviendas) * (porcentaje máximo de intensidad de la ayuda, indicado en la correspondiente convocatoria).
Finalidad
1. Las presentes bases reguladoras regulan la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la realización de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. Respetando el principio de neutralidad tecnológica, las subvenciones se destinarán a cubrir inversiones y gastos directamente relacionados con las actuaciones necesarias para una de las siguientes tipologías de actuación:

a) Tipología de actuación 1: Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa).

b) Tipología de actuación 2: Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de captación ?antenas? ni de adaptación ?equipamiento de cabecera?.

c) Tipología de actuación 3: Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida.

Localización
Aragón
Categorías
Agricultura, Empresa, Ganadería, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Desarrollo Local y Rural, Igualdad, Transporte y vehículos, Seguridad, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Economía Social, Consumo, Caza y pesca, Infancia y juventud, Participación ciudadana, Industria, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
09/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe subvencionable por servicio de asesoramiento prestado por las entidades será de un máximo de 625 euros; El importe de ayuda por servicio de asesoramiento prestado será de un máximo de 500 euros, correspondiente al 80 % de subvención sobre el importe indicado en el apartado anterior; En ningún caso serán subvencionables servicios de asesoramiento cuyo importe unitario sea inferior a 450 euros.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a promover la prestación del servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias, amparadas por la intervención 7202 Asesoramiento, del Plan Estratégico Nacional de la PAC para el período de programación 2023-2027, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Las ayudas contempladas en esta Orden tienen como finalidad:

- Ayudar a los agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores y otros gestores de tierras a beneficiarse de los servicios de asesoramiento para mejorar los resultados económicos de sus explotaciones, así como la sostenibilidad medioambiental y social de las mismas, cumpliendo lo establecido en los artículos 15 y 78 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.

- Asesorar a las personas usuarias del servicio en los aspectos previstos en el artículo 15, apartado 4, del citado Reglamento.

3. El procedimiento de concesión de las ayudas, constará de dos fases:

4. En una primera fase, se realizará una convocatoria única para seleccionar a las entidades que prestarán los servicios de asesoramiento, entidades beneficiaras de la ayuda, según lo establecido en el capítulo II de esta Orden.

La relación de entidades seleccionadas estará vigente durante el periodo de programación 2023-2027 y dejará sin efecto a la lista de entidades de asesoramiento vigente durante el Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, para Aragón.

En una segunda fase, con carácter anual, se convocará la selección de las personas usuarias de los servicios de asesoramiento y se determinará el importe de la ayuda que corresponde a cada entidad beneficiaria para la anualidad correspondiente, según lo establecido en el capítulo III de esta Orden.
Localización
Navarra
Categorías
Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Medio Ambiente, Empresa, Seguridad, Consumo, Energía, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
02/11/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 15.000 euros por beneficiario.
Finalidad
Estas bases reguladoras tienen por objeto el establecimiento de una ayuda a tanto alzado, temporal y excepcional de conformidad con la medida M22 "Ayuda temporal excepcional para titulares del sector ganadero especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia en Navarra", del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, en el marco del artículo 39 quarter, del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Finalidad de la medida.

1. La medida tiene por objeto proporcionar asistencia de emergencia a las personas titulares de explotaciones ganaderas especialmente afectadas por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, con el fin de garantizar la continuidad de su actividad empresarial, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la presente resolución.

2. La ayuda se adopta de conformidad con los objetivos y prioridades de la Unión Europea, y contribuirá a la seguridad alimentaria y al equilibrio del mercado.

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