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Beneficiario
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Deporte
Localización
Madrid
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Servicios Sociales, Igualdad, Seguridad, Industria, Economía Social, Hostelería y hoteles, Artesanía, Textil, confección y calzado, Ferias y congresos, Sector Financiero/Bancario, Energía, Agricultura, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Para la determinación de la cuantía a conceder, se tendrán en cuenta los límites siguientes: a) Las ayudas no podrán superar el 80 por 100 del presupuesto total del proyecto. b) Las ayudas contarán con el límite máximo de 100.000 euros por proyecto para el que se solicite la subvención. c) Las ayudas a conceder tendrán, en todo caso, como límite el importe de la solicitud presentada a la convocatoria. d) Los proyectos contarán con una parte de transferencias de capital que supondrá el 70 por 100 del importe concedido y otra parte de apoyo a través del desarrollo de un programa de aceleración personalizado que incluirá actividades de formación, asesoría, mentoría e innovación y que supondrá el 30 por 100 de la ayuda total.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración culturales según el Componente 24, ?Revalorización de la industria cultural?, I1 ?Competitividad y profesionalización de las ICC?, en el proyecto C.24.I1.P1.2. ?Apoyo a aceleradoras culturales? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021.
2. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de actuaciones como:
a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.
c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.
d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.
Con esta línea de actuación se pretende que las empresas culturales de la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.
3. Los proyectos y las actividades deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución, o comercialización, entre otros.
4. Los proyectos contemplarán también las posibles sinergias del sector de las industrias culturales y creativas con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.
5. Los procesos de aceleración contemplarán, entre otras, actividades como la creación, la facilitación, la mediación, la incubación, la formación, la mentoría, la inversión, la financiación o la promoción.
6. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.
NOTA: El plazo de presentación de solicitudes será de entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de actuaciones como:
a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.
c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.
d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.
Con esta línea de actuación se pretende que las empresas culturales de la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.
3. Los proyectos y las actividades deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución, o comercialización, entre otros.
4. Los proyectos contemplarán también las posibles sinergias del sector de las industrias culturales y creativas con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.
5. Los procesos de aceleración contemplarán, entre otras, actividades como la creación, la facilitación, la mediación, la incubación, la formación, la mentoría, la inversión, la financiación o la promoción.
6. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.
NOTA: El plazo de presentación de solicitudes será de entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Localización
Andalucía
Categorías
Cultura e idiomas, Igualdad, Deporte, Empresa, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Ferias y congresos, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Turismo y agencias de viajes, Empleo y contratación, Seguridad
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
13/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 50.000 euros
Finalidad
Estas ayudas tendran por objeto la financiacion de proyectos y actividades cuya finalidad sea la de impulsar la cultura en areas no urbanas, ampliando la oferta cultural en el medio rural de Andalucia.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Economía Social, Hostelería y hoteles, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Ferias y congresos, Ocio y tiempo libre, Vivienda e hipotecas, Industria, Seguridad, Deporte, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Canarias
Categorías
Deporte, Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Transporte y vehículos, Turismo y agencias de viajes, Igualdad, Justicia, Ferias y congresos, Economía Social, Comercio y marketing, Infancia y juventud, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Servicios Sociales, Textil, confección y calzado
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
10/11/2021
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Medio Ambiente, Igualdad, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Transporte y vehículos, Consumo, Energía, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Deporte, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros
Finalidad
Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión y gestión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto que incorporen, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Empresa, Ganadería, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Industria, Economía Social, Caza y pesca, Comercio y marketing, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Educación y ciencia, Vivienda e hipotecas, Consumo, Igualdad, Servicios Sociales, Seguridad, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Sector Financiero/Bancario, Deporte, Energía, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
31/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo de ayuda por convocatoria y beneficiario no superará los 2.000.000 de euros. En cuanto al montante de ayuda percibida por la totalidad de las empresas vinculadas no superará los 3.000.000 de euros.
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios previstas en el Artículo 17.1), letra b) del Reglamento (CE) 1305/2013 del Consejo de 17 de octubre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022, para el período 2023 a 2025.
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Infancia y juventud, Educación y ciencia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Seguridad, Deporte, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Economía Social, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
31/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Línea 1: 5.500 euros/7.500 euros. Línea 2: 5.500 euros. Línea 3: 4.500 euros. Línea 4: 5.500 euros. Línea 5:5.500 euros/7.500 euros/ 9.500 euros/2.000 euros. Línea 6: 2.600 euros. Las cuantías se incrementarán en los importes y supuestos que se indican.
Finalidad
1. El presente acuerdo tiene por objeto establecer la normativa reguladora y el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
2. Las ayudas reguladas en este acuerdo tienen como finalidad mejorar la empleabilidad y facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas desempleadas pertenecientes a colectivos que requieren una especial atención o alta protección, así como de las personas con discapacidad y aquellas otras que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad.
3. A través de este acuerdo se establecen las siguientes líneas de subvención:
a) Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.
b) Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes.
c) Línea 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes.
d) Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.
e) Línea 5: Incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables.
f) Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en itinerarios de inserción.
NOTA: Los modelos normalizados correspondientes a los formularios previstos en esta norma o aquellos que pudieren elaborarse con posterioridad para adecuarse a las condiciones de financiación establecidas al amparo de normativa estatal o europea, fueron aprobados por Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Directora General del Servicio Público de Empleo, por la que se aprueban los modelos normalizados del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid
2. Las ayudas reguladas en este acuerdo tienen como finalidad mejorar la empleabilidad y facilitar la incorporación al mercado ordinario de trabajo de personas desempleadas pertenecientes a colectivos que requieren una especial atención o alta protección, así como de las personas con discapacidad y aquellas otras que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad.
3. A través de este acuerdo se establecen las siguientes líneas de subvención:
a) Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención.
b) Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes.
c) Línea 3: Impulso al contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada de personas jóvenes.
d) Línea 4: Impulso al contrato de formación en alternancia para personas jóvenes.
e) Línea 5: Incentivos para el fomento de la contratación de personas con discapacidad y otros colectivos especialmente vulnerables.
f) Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en itinerarios de inserción.
NOTA: Los modelos normalizados correspondientes a los formularios previstos en esta norma o aquellos que pudieren elaborarse con posterioridad para adecuarse a las condiciones de financiación establecidas al amparo de normativa estatal o europea, fueron aprobados por Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Directora General del Servicio Público de Empleo, por la que se aprueban los modelos normalizados del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Localización
Cantabria
Categorías
Deporte, Educación y ciencia, Transporte y vehículos, Economía Social, Igualdad, Empleo y contratación, Ferias y congresos, Empresa, Justicia, Seguridad, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
29/10/2021
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención a conceder a cada club interesado resultará de la aplicación de un porcentaje máximo a los justificantes de los gastos de desplazamiento aportados, admitidos y abonados, pudiendo establecer las correspondientes convocatorias el porcentaje máximo a aplicar, nunca superior al 90%, un número máximo de desplazamientos por club deportivo, una cuantía máxima a subvencionar por desplazamiento y/o un importe total máximo a conceder a cada club deportivo.
Finalidad
Es objeto de la presente Orden regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Consejería competente en materia de Deporte, a los clubes deportivos de Cantabria para financiar total o parcialmente los gastos de desplazamiento en autobús colectivo, por su asistencia y participación en campeonatos, torneos o competiciones oficiales de ámbito nacional de categorías pertenecientes a edad escolar.
Localización
Cantabria
Categorías
Cultura e idiomas, Deporte, Igualdad, Empresa, Ocio y tiempo libre, Servicios Sociales, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
14/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Para la concesión de las subvenciones de las modalidades de producción y en su caso edición se valorarán los siguientes criterios con una puntuación máxima de 100 puntos, no pudiéndose conceder subvención en el caso de no obtener un mínimo de 45 puntos. Consultar en el pdf la tabla de puntuacion
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto para la producción de obras y la realización de giras en materia de artes escénicas en la modalidad de teatro, circo, magia y danza, ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical, y las ayudas a aficionados a la edición musical y audiovisual, estableciéndose las siguientes líneas de subvención para aficionados:
A. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de teatro, circo y magia.
B. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de danza.
C. Ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical.
D. Ayudas a aficionados para edición musical y audiovisual.
2. La percepción de esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
A. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de teatro, circo y magia.
B. Ayudas a aficionados para producción y giras en materia de danza.
C. Ayudas a aficionados para la realización de giras en materia musical.
D. Ayudas a aficionados para edición musical y audiovisual.
2. La percepción de esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Localización
Baleares
Categorías
Servicios Sociales, Deporte, Infancia y juventud, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Economía Social, Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Participación ciudadana, Justicia, Vivienda e hipotecas, Seguridad
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
30/04/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
