Subvenciones a los artesa...para 2027.

Última revisión
04/09/2026

Subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia para 2027.

Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Extracto de la Orden de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, por la que se convocan subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia para el año 2027. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 04/09/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 04/09/2026 hasta 30/11/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Cuantía: Presupuesto total de la convocatoria 110.000,00 €

BDNS (Indetif.): 927597

Categorías: Artesanía, Empresa, Empleo y contratación, Turismo y agencias de viajes, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Ferias y congresos

Finalidad:

Para que sus talleres artesanos aumenten su comercialización.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios las empresas artesanas y artesanos/as individuales que tengan la consideración de Micro empresa, dedicados a la elaboración de productos artesanos y cuyo taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927597)

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las empresas artesanas y artesanos/as individuales que tengan la consideración de Micro empresa, dedicados a la elaboración de productos artesanos y cuyo taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Segundo. Finalidad:

Para que sus talleres artesanos aumenten su comercialización.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de subvenciones a artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia, publicada en el B.O.R.M. n.º 152 del 2 de julio de 2016, modificada por la Orden de 3 de mayo de 2022, de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 110 del 14 de mayo de 2022 y por la Orden de 14 de marzo de 2023, de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos, por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 69 del 24 de marzo de 2023.

Cuarto. Actuaciones e importe subvencionable:

1.- La subvención a conceder tendrá un importe máximo total de 2.000,00-.€ IVA no incluido, cumpliendo además que la cuantía máxima de subvención a conceder será del 80% de cada una de las inversiones a realizar.

2.- Las actuaciones subvencionables son las siguientes:

D) Comunicación y Comercialización.

d.2.) Los costes de la inscripción de los talleres artesanos en las muestras y ferias profesionales que se celebren dentro o fuera de la Región de Murcia. Importe máximo de la subvención 2.000,00-.€ IVA no incluido.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo es de sesenta días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la orden de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 1 de septiembre de 2026. El Consejero de Empresa, Empleo y Economía Social, Luis Alberto Marín González.