Última revisión
15/09/2026
Modificación de las ayudas destinadas a promoción y comercialización de producciones cinematográficas realizadas por productoras.
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Extracto de la Resolución del Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia por la que se modifica la Resolución de 9 de diciembre de 2025 de concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a promoción y comercialización de producciones cinematográficas realizadas por productoras de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 15/09/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Cuantía: Crédito de 77.500,00€
BDNS (Indetif.): 873702
Categorías: Cultura e idiomas, Comercio y marketing, Educación y ciencia
Se modifica la Resolución del Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes (ICA), ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la promoción y comercialización de producciones cinematográficas realizadas por productoras de la Región de Murcia de fecha 9 de diciembre de 2025.
Tendrán la consideración de beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en cada convocatoria específica.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/873702)
Con fecha 9 de diciembre de 2025, el Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes (ICA), dictó Resolución por la que se convocan ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la promoción y comercialización de producciones cinematográficas realizadas por productoras de la Región de Murcia (BORM n.º 287, de 13 de diciembre de 2025).
El artículo 4 contempla que, Si resueltas las solicitudes presentadas en este periodo resultase crédito sobrante, el ICA podrá abrir un nuevo plazo de solicitudes para esta convocatoria.
El artículo 5 establece que las presentes ayudas se concederán con cargo al crédito consignado en el presupuesto del ICA para el ejercicio 2025, sin perjuicio del período de ejecución establecido en el artículo 4, siendo la cuantía total destinada al efecto ochenta y cinco mil euros (85.000,00 €).
El artículo 7 establece que el plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y finalizará el 30 de marzo de 2026.
Una vez resulto el procedimiento, con fecha 10 de julio de 2026 el Director General del ICA dictó Resolución de concesión estimando como beneficiarios a los siguientes:
| EXP. | SOLICITANTE | NIF | PROYECTO | TOTAL PUNTOS | IMPORTE CONCEDIDO |
|---|---|---|---|---|---|
| APM_01 | NEXUS CREAFILMS S.L. | B73620759 | SORDA | 40 | 7.500,00 € |
Vista la competencia atribuida a la Dirección General del ICA en el artículo 51.2 i) de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, en relación con el artículo 17 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Resuelvo:
Artículo único:
Se modifica la Resolución del Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes (ICA), ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la promoción y comercialización de producciones cinematográficas realizadas por productoras de la Región de Murcia de fecha 9 de diciembre de 2025 (BORM N.º 287, de 13 de diciembre de 2025) en los siguientes términos:
Uno.- Se modifica el apartado 2.d del artículo 3 quedando redactado en los siguientes términos:
Artículo 3.- Entidades beneficiarias y requisitos.
2.d) Las obras objeto de promoción habrán de poseer en el momento de la solicitud el certificado de nacionalidad española, así como el certificado de calificación de obras para explotación cinematográfica o de películas y obras audiovisuales para su explotación comercial no cinematográfica, que habrá de haberse obtenido durante los ejercicios 2024, 2025 o 2026 expedidos por el Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales.
Dos.- Se modifica el primer apartado del artículo 4 quedando redactado en los siguientes términos:
Artículo 4.- Plazo de ejecución.
El periodo de ejecución para las actividades subvencionables objeto de la ayuda será desde el día siguiente de la calificación de la obra al que se alude el artículo 3.2.d de la presente resolución hasta el 30 de junio de 2027.
El periodo de ejecución para las actividades subvencionables objeto de la ayuda correspondiente a los proyectos presentados en el nuevo plazo de solicitudes, será desde el día siguiente de la calificación de la obra al que se alude el artículo 3.2.d de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2027.
Tres.- Se modifican el primer apartado del artículo 5 quedando redactado en los siguientes términos:
Artículo 5.- Crédito presupuestario, cuantía y límites a la concesión.
La presente convocatoria de ayudas se concederá con cargo al crédito consignado en el presupuesto del ICA para el ejercicio 2025, y la cuantía total destinada al efecto es de setenta y siete mil quinientos euros (77.500,00€).
Cuatro.- Se añade el apartado 1.bis en el artículo 7 quedando redactado en los siguientes términos:
Artículo 7.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.
1.bis.- El nuevo plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y finalizará el 31 de diciembre de 2026.
En Murcia, 9 de septiembre de 2026. El Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, Manuel Cebrián López. Orden de 27 de mayo de 2016 de la Consejería de Cultura y Portavocía (BORM n.º 126, de 1 de junio), modificada por Orden de 7 de octubre de 2019, de la Consejera de Educación y Cultura (BORM n.º 247, de 25 de octubre de 2019)
https://www.borm.es/#/home/anuncio/01-06-2016/4818
Murcia, 9 de septiembre de 2026. El Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, Manuel Cebrián López.

