Última revisión
04/05/2022
EXTRACTO de la Orden VMV/544/2022, de 20 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU. - Boletín Oficial de Aragón de 04-05-2022
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EXTRACTO de la Orden VMV/544/2022, de 20 de abril, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la transformacion de flotas de transporte de viajeros y mercancias de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, asi como de empresas que realicen transporte privado complementario en el marco del Plan de Recuperacion, Transformacion y Resiliencia- Financiado por la Union Europea-NextGeneration EU. - Boletín Oficial de Aragón de 04/05/2022
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Aragón
Categorías: Transporte y vehículos, Empresa, Energía, Vivienda e hipotecas
BDNS (Identif.): 623302 - 623317 - 623318 - 623322 - 623333
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/623302).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán acceder a las ayudas, siempre que tengan su residencia fiscal en Aragón, las personas físicas o jurídicas que sean titulares de alguna de las autorizaciones vigentes de transporte a la fecha de la solicitud enumeradas en el artículo 14.1 de las bases reguladoras recogidas en el Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre.
Serán también destinatarios finales, según el artículo 14.3 de las bases reguladoras, las personas jurídicas privadas que tengan su residencia fiscal en Aragón y que a fecha de la solicitud de la ayuda presten el servicio público de transporte urbano en autobús, y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en el párrafo anterior.
Segundo.- Objeto.
Esta Orden tiene por objeto convocar ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de conformidad con el Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas.
Serán actuaciones subvencionables las recogidas en el artículo 16 de las bases reguladoras que deberán cumplir los requisitos que se establezcan en la Orden de la Convocatoria y en el anexo I de las bases reguladoras:
Actividad 1: Achatarramiento.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energía alternativas bajas en carbono.
Actividad 3: 'Retrofit' o modificación de la forma propulsión de vehículos.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.
Tercero.- Bases reguladoras.
Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado', número 275, de 17 de noviembre de 2021, modificado por el Real Decreto 188/2022, de 15 de marzo, publicado en el 'Boletín Oficial del Estado', número 64, de 16 de marzo de 2022 y la Orden TMA/138/2022, de 28 de febrero, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado', número 52, de 2 de marzo de 2022.
Cuarto.- Cuantía y financiación.
Estas ayudas se otorgan al amparo de la subvención concedida por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana, en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar este programa incluido en el Componente 1 del PRTR y se financian con cargo a los créditos comtemplados en la aplicación presupuestaria G/13060/5132/770198/32428 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La cuantía global máxima para la concesión de las ayudas es de 6.126.331 ¬, de acuerdo con la siguiente distribución:
Actividad 1. Achatarramiento: 1.837.899,30 ¬.
Actividad 2. Adquisición de vehículos de energía alternativas bajas en carbono: 2.603.690,68 ¬.
Actividad 3. 'Retrofit' o modificación de la forma propulsión de vehículos: 306.316,55 ¬.
Actividad 4. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: 612.633,10 ¬.
Actividad 5. Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias: 765.791,37 ¬.
Quinto.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará al día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el 'Boletín Oficial de Aragón' y durará hasta el 30 de abril de 2024, a excepción de la actividad 4 para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos cuyo programa de ayudas finalizará el 31 de diciembre de 2023, de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre.
Zaragoza, 20 de abril de 2022.- El Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro Domingo.
