CORRECCIÓN de errores de ...15-03-2022

Última revisión
15/03/2022

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el Programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas menores de treinta años por entidades locales de la Comunitat Valenciana, en el marco del Programa operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunitat Valenciana. Programa EMPUJU 2022. [2022/2119] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 15-03-2022

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CORRECCION de errores de la Resolucion de 27 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formacion, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el Programa de incentivos a la contratacion de personas desempleadas menores de treinta años por entidades locales de la Comunitat Valenciana, en el marco del Programa operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunitat Valenciana. Programa EMPUJU 2022. [2022/2119] - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 15/03/2022

Plazo Solicitud: Ver Detalles, 15/03/2022 hasta ----

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana

Categorías: Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Educación y ciencia


Advertido un error en el punto 5 del resuelvo decimoséptimo de la Resolución de 27 de diciembre de 2021, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2022 el programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas menores de treinta años por entidades locales de la Comunitat Valenciana, en el marco del Programa operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunitat Valenciana, programa «EMPUJU 2022», se procede a su corrección.

Donde dice:

«La entidad beneficiaria comunicará la sustitución en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el inicio del contrato de la persona sustituta, aportando para ello el modelo normalizado correspondiente y la documentación de la persona sustituta relativa a los puntos b), c), d) (solo en el supuesto de que procediera de un nuevo proceso selectivo), i), j) y k) del resuelvo decimocuarto.»

Debe decir:

«La entidad beneficiaria comunicará la sustitución en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el inicio del contrato de la persona sustituta, y aportará para ello el modelo normalizado correspondiente y la documentación de la persona sustituta relativa a los puntos b), c), d), e) (solo en el supuesto de que procediera de un nuevo proceso selectivo j), k) l) del resuelvo decimocuarto.»

València, 10 de marzo de 2022.- El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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