Corrección de errores de ...04-07-2022

Última revisión
04/07/2022

Corrección de errores de la Orden EPS/17/2022, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al fomento y la difusión de la economía social y del trabajo autónomo sufragando parcialmente sus gastos de organización interna y funcionamiento, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 119, de 21 de junio de 2022. - Boletín Oficial de Cantabria de 04-07-2022

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Correccion de errores de la Orden EPS/17/2022, de 13 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesion de subvenciones destinadas al fomento y la difusion de la economia social y del trabajo autonomo sufragando parcialmente sus gastos de organizacion interna y funcionamiento, publicada en el Boletin Oficial de Cantabria numero 119, de 21 de junio de 2022. - Boletín Oficial de Cantabria de 04/07/2022

Plazo Solicitud: Ver Detalles, 04/07/2022 hasta ----
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Modificacion de subvenciones

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria

Categorías: Empleo y contratación, Agricultura, Industria, Servicios Sociales, Economía Social


.Advertido error en la numeración de la documentación para el programa II, recogida en el artículo 7.1 c) de la Orden EPS/17/2022, de 13 de junio y en aplicación a lo previsto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a efectuar la siguiente corrección según el siguiente término:

Único. - Se modifica el artículo 7.1 c) de la siguiente forma:

Donde dice:

'7º. Certificado expedido por el Secretario de la entidad solicitante del número de trabajadores autónomos asociados a la entidad y su pertenencia a los sectores de agricultura, industria, construcción y servicios, en su caso.

8º. Documentos de cotización a la Seguridad Social de la entidad solicitante, correspondientes a los seis meses anteriores al inmediatamente anterior al de la publicación del correspondiente extracto de convocatoria o en su caso, certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, relativa a los trabajadores en alta en ese periodo'.

Debe decir:

'6º. Certificado expedido por el Secretario de la entidad solicitante del número de trabajadores autónomos asociados a la entidad y su pertenencia a los sectores de agricultura, industria, construcción y servicios, en su caso.

7º. Documentos de cotización a la Seguridad Social de la entidad solicitante, correspondientes a los seis meses anteriores al inmediatamente anterior al de la publicación del correspondiente extracto de convocatoria o en su caso, certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, relativa a los trabajadores en alta en ese periodo'.

Santander, 24 de junio de 2022.

La consejera de Empleo y Políticas Sociales,

Eugenia Gómez de Diego.