Última revisión
17/06/2026
Convocatoria del Programa + Uno 52 para autónomos. irigidas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas.
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Convocatoria pública, en régimen de concurrencia no competitiva, de concesión de subvenciones del Programa + Uno 52 dirigidas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, reguladas mediante Orden de 7 de abril de 2026 - Boletín Oficial de Canarias de 16/06/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Canarias
Cuantía: Crédito 2026: 500.000 euros
BDNS (Indetif.): 910781
Categorías: Empleo y contratación, Turismo y agencias de viajes, Familia
conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y de subvenciones destinadas a la primera contratación laboral realizada por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, mediante la incorporación de personas de 52 años o más
Personas trabajadoras que estén dadas de alta en el RETA o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, miembros de las sociedades mercantiles, laborales y civiles, y comunidades de bienes, a título individual
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910781).
Primero.- Bases reguladoras.
Orden de 7 de abril de 2026, de la Consejera de Turismo y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a la conciliación de la vida familiar y laboral de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y de subvenciones destinadas a la primera contratación laboral realizada por personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, mediante la incorporación de personas de 52 años o más (BOC n.º 73, de 16.4.2026).
Segundo.- Importe.
El importe que se destina a las subvenciones en la presente convocatoria asciende a un importe total de quinientos mil (500.000,00) euros. No obstante, el crédito destinado podrá ser incrementado si existiera crédito adecuado y suficiente en el Departamento y si el volumen de solicitudes de subvención lo requiriese.
Tercero.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 15 de octubre de 2026.
Cuarto.- Otros datos de interés.
Gastos subvencionables: los establecidos en el apartado 1.IV de la base reguladora cuarta de la Orden de bases reguladoras.
Solicitudes: la presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, siendo la dirección electrónica:
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/10927
Documentación: la prevista en las bases quinta y sexta de la Orden de bases reguladoras.
Forma de pago: el abono de la subvención se realizará de forma anticipada por el cien por cien (100%) de la cuantía a conceder, siempre que, junto con la solicitud, figure la documentación a que se refieren las bases quinta y sexta, y sin perjuicio de lo establecido en la base duodécima.
Forma de justificación: la prevista en la base duodécima de la Orden de bases reguladoras.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2026.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.
