Última revisión
09/04/2026
Ayudas para incentivar la incorporación de talento consolidado Programa ATRAE.
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Extracto de la Resolución de 7 de abril de 2026 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 de las ayudas para incentivar la incorporación de talento consolidado «Programa ATRAE». - Boletín Oficial del Estado de 09/04/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Cuantía: La cuantía máxima es de 40.000.000,00 de euros
BDNS (Indetif.): 889256
Categorías: Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia
El objeto de la convocatoria es facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación más competitivo a nivel nacional e internacional y, de esta forma, favorecer la circulación de conocimiento y personal investigador excelente, incorporándolo de manera estable, apoyando su carrera y estimulando la generación y consolidación de equipos de investigación de primer nivel.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, de naturaleza pública, y otros centros públicos de I+D+i.
BDNS(Identif.):889256
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/889256)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y sus institutos universitarios, las universidades privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, de naturaleza pública, y otros centros públicos de I+D+i.
Segundo. Objeto.
El objeto de la convocatoria es facilitar la incorporación de talento investigador consolidado, de reconocido prestigio internacional y que haya desarrollado recientemente un periodo relevante de su actividad profesional en el extranjero, de manera que se promueva el avance hacia un Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación más competitivo a nivel nacional e internacional y, de esta forma, favorecer la circulación de conocimiento y personal investigador excelente, incorporándolo de manera estable, apoyando su carrera y estimulando la generación y consolidación de equipos de investigación de primer nivel.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 40.000.000,00 de euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado en los ejercicios 2027 y siguientes, o equivalentes que la sustituyan, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 23 de abril y finalizará el día 4 de junio de 2026 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Las solicitudes serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 12 de la convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de la Agencia Estatal de Investigación.
Sexto. Criterios de evaluación.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Trayectoria científico-técnica del/de la investigador/a principal.
b) Novedad, calidad y viabilidad del proyecto.
La descripción de los criterios y subcriterios, así como su valoración y umbrales, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Madrid, 7 de abril de 2026.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.
