Ayudas para hacer frente ...de Aragón.

Última revisión
01/09/2026

Ayudas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad en los abonos de transportes y títulos multiviaje en los servicios de titularidad del Gobierno de Aragón.

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EXTRACTO de la Orden VFL/1265/2026, de 31 de julio, por la que se establecen los mecanismos de ejecución de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad en los abonos de transportes y títulos multiviaje en los servicios de titularidad del Gobierno de Aragón y del descuento adicional establecido por el Gobierno de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 01/09/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 02/09/2026 hasta 23/09/2026
Beneficiarios: Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Aragón

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 911511

Categorías: Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Infancia y juventud, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Vivienda e hipotecas

Finalidad:

El establecimiento de un régimen de ayudas, mediante concesión directa, a los operadores del transporte público interurbano permanente regular de uso general por carretera de titularidad del Gobierno de Aragón, así como al Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza (CTAZ), para compensar la merma de ingresos que haya supuesto a dichos operadores la implantación en la anualidad del 2025, de las medidas de reducción del precio de los abonos y títulos de transporte multiviaje, previsto en los artículos 4 al 17 y el artículo 63 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 25, de 29 de enero de 2025.

 

Requisitos:

Los concesionarios de los servicios de transporte público interurbano permanente regular de uso general por carretera de titularidad del Gobierno de Aragón, así como el Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza (CTAZ), siempre que acrediten la aplicación durante la anualidad del 2025, la reducción del importe de los abonos de transportes y títulos multiviaje, IVA incluido.


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/911511)

Primero.- Beneficiarios.

Los concesionarios de los servicios de transporte público interurbano permanente regular de uso general por carretera de titularidad del Gobierno de Aragón, así como el Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza (CTAZ), siempre que acrediten la aplicación durante la anualidad del 2025, la reducción del importe de los abonos de transportes y títulos multiviaje, IVA incluido:

Durante el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2025 de un descuento de al menos el 50 % sobre el precio habitual.

Durante el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025: Gratuidad a población infantil hasta los catorce años.

Descuento del 50 % del importe de la tarifa en títulos joven.

Descuento del 40 % del importe de la tarifa en abonos y títulos multiviaje.

Los solicitantes no podrán estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Los solicitantes no habrán sido nunca objeto de sanción administrativa firme ni sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, y deberá cumplir con la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.

Los solicitantes, distintos de entidades de derecho público, deberán cumplir las medidas de lucha contra la morosidad señaladas en el apartado 3.bis del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de General de Subvenciones.

Segundo.- Objeto.

El establecimiento de un régimen de ayudas, mediante concesión directa, a los operadores del transporte público interurbano permanente regular de uso general por carretera de titularidad del Gobierno de Aragón, así como al Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza (CTAZ), para compensar la merma de ingresos que haya supuesto a dichos operadores la implantación en la anualidad del 2025, de las medidas de reducción del precio de los abonos y títulos de transporte multiviaje, previsto en los artículos 4 al 17 y el artículo 63 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 25, de 29 de enero de 2025.

Tercero.- Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de estas subvenciones están recogidas en la Orden VFL/1265/2026, de 31 de julio, por la que se establecen los mecanismos de ejecución de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad. en los abonos de transportes y títulos multiviaje en los servicios de titularidad del Gobierno de Aragón y del descuento adicional establecido por el Gobierno de Aragón.

Cuarto.- Crédito presupuestario.

De conformidad con el artículo 4 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, la Orden se basa en una convocatoria de ayudas cofinanciada con el Estado; la cuantía máxima del crédito previsto para esta convocatoria es de 1.908.657,02 euros, que tendrá carácter estimado, con una dotación ministerial de 780.372,86 euros, recogida separadamente con el fondo financiador "39158" y una dotación inicial con fondos propios "91002" por importe de 1.128.284,16 euros.

En todo caso, la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Quinto.- Presentación de solicitudes.

La solicitud se cumplimentará y firmará obligatoriamente por medios electrónicos, a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón (www.aragon.es/tramites), incluyendo en el buscador el procedimiento número 11732 y/o la denominación "Abonos descuentos anualidad 2025", siendo obligatoria esta forma de presentación, tal y como recoge el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido.

El plazo de presentación de la solicitud será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

La solicitud se considerará presentada a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro, que se deberá conservar para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Zaragoza, 31 de julio de 2026.- El Consejero de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial, Octavio López Rodríguez.