Última revisión
07/01/2026
Ayudas para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad.
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Resolución de 17/12/2025, de la Dirección General de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2026, para la financiación de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus. Extracto BDNS (Identif.): 876434. [2025/9837] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 07/01/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 876434
Categorías: Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Economía Social
Subvenciones destinadas a favorecer la contratación laboral indefinida y la conversión de los contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa.
Podrán ser beneficiarias, las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen contrataciones por tiempo indefinido y conversiones de contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa, con las condiciones establecidas en el Decreto 37/2024, de 9 de julio.
Extracto de la Resolución de publicación de créditos para 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el F.S.E. Plus. R. 2023/2831
BDNS (Identif.): 876434
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/876434)
El presente extracto se corresponde con el mismo texto de los extractos de la convocatoria publicados con los códigos BDNS 876384 y 876418.
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias, las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen contrataciones por tiempo indefinido y conversiones de contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa, con las condiciones establecidas en el Decreto 37/2024, de 9 de julio.
Segundo. Objeto y actuaciones subvencionables.
La presente resolución tiene por objeto aprobar y efectuar para el ejercicio 2026 la convocatoria de concesión directa de subvenciones destinadas a favorecer la contratación laboral indefinida y la conversión de los contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa.
Las actuaciones subvencionables están establecidas en el artículo 12 del Decreto 37/2024, de 9 de julio y serán las realizadas desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026, ambos incluidos.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas subvenciones están establecidas en el Decreto 37/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus.
Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones.
El crédito disponible para atender las obligaciones económicas derivadas de la presente resolución asciende a 3.500.000,00 euros. El Fondo Social Europeo Plus (FSE+) cofinancia las subvenciones convocadas en esta resolución. Asimismo, los créditos de ambas líneas serán financiados en parte con cargo a fondos finalistas del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (Ministerio de Trabajo y Economía Social) y distribuidos por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
La cuantía de las ayudas está establecida en el artículo 13 del Decreto 37/2024, de 9 de julio.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de esta resolución y finalizará el 30 de noviembre de 2026.
Dentro de ese periodo, para la línea 1, deberá presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, y para la línea 2, en el plazo máximo de un mes desde la modificación de la jornada.
No obstante, lo previsto en el apartado anterior, cuando la actuación objeto de subvención se produjera en el período comprendido desde el 1 de noviembre de 2025 y el día de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de esta resolución, el plazo de presentación de solicitudes para ambas líneas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la referida publicación.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la dirección general competente en materia de empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, en modelos normalizados a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm. es), mediante la formalización del anexo I para la línea 1, y el anexo II para la línea 2, a los que se acompañará, para ambas líneas, el anexo III.
Toledo, 17 de diciembre de 2025
La Directora General de Empleo
MARÍA ELENA GARCÍA ZALVE
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2025
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