Última revisión
29/04/2026
Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral.
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Extracto de Orden 694/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de teatro y de danza, para los años 2026 y 2027 - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 28/04/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Cuantía: -
BDNS (Indetif.): 899729
Categorías: Cultura e idiomas, Empresa, Empleo y contratación, Deporte, Turismo y agencias de viajes
Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas cuyo objeto social sea la producción de espectáculos de teatro o danza y que acrediten la producción de, al menos 4 espectáculos en los últimos seis años.
BDNS: 899729
Primero
Beneficiarios y requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas cuyo objeto social sea la producción de espectáculos de teatro o danza y que acrediten la producción de, al menos 4 espectáculos en los últimos seis años.
Para obtener la condición de beneficiario los solicitantes de las ayudas deberán acreditar, entre otros, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de pyme, por ocupar menos de 250 personas y tener un volumen de negocios anual que no excede los 50 millones o un balance general anual que no supera los 43 millones de euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.1 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
b) El domicilio fiscal y los centros de trabajo que imputen gastos de personal estarán ubicados en territorio español, y tendrán, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos indicados anteriormente.
Segundo
Objeto y líneas de ayuda
La línea de ayudas serán la siguiente: Ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral.
Esta línea de ayudas será incompatible con la línea de ayudas a estructuras empresariales de ámbito coreográfico. Asimismo, será incompatible con las subvenciones de carácter anual que, en su caso, convoque la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para las actividades teatrales y coreográficas.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de las ayudas han sido aprobadas mediante la Orden 1045/2021 de 9 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de septiembre), y mediante la Orden 1146/2021 de 27 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de octubre) se corrigió un error en la misma:
— https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/09/23/BOCM-20210923-19.PDF
— http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/10/08/BOCM-20211008-21.PDF
Cuarto
Cuantía
La presente convocatoria es de carácter bienal y asciende a un importe máximo de 6.000.000 de euros que se harán efectivos con cargo a la posición presupuestaria G/334A/47399, de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de los Presupuestos de Gasto de la Comunidad de Madrid correspondiendo 3.000.000 de euros a 2026 y 3.000.000 de euros a 2027. Correspondiendo a la línea de ayudas a estructuras empresariales de ámbito teatral 2.000.000 de euros en 2026 y 2.000.000 de euros en 2027.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.
Sexto
Período subvencionable
El período subvencionable será desde el 1 de noviembre de 2025 al 30 de octubre de 2027.
Séptimo
Plazo máximo de justificación y acreditación
Toda la documentación relativa a la justificación se presentará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, hasta el 31 de octubre del año 2027.
Se deberá acreditar como objetivo su consolidación como empresa de ámbito teatral, para lo que tendrá que justificar, al menos, la producción, estreno y gira con un mínimo de 9 funciones.
Madrid, a 16 de abril de 2026.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO
