Ayudas para el aprovecham...pietarios.

Última revisión
08/09/2026

Ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios.

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Resolución de 01/09/2026, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas, para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), para el ejercicio 2026. Extracto BDNS (Identif.): 927526. [2026/6455] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 08/09/2026

Plazo Solicitud: ABIERTO, 09/09/2026 hasta 09/03/2027
Beneficiarios: Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos

Tipo: Convocatorias

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha

Cuantía: -

BDNS (Indetif.): 927526

Categorías: Energía, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)

Finalidad:

La presente resolución tiene por objeto convocar ayudas públicas para el año 2026, para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios. La finalidad de estas ayudas es incentivar el uso de las energías renovables como energías limpias que sirven para establecer un modelo de desarrollo sostenible y de ahorro energético. 

Requisitos:

Comunidades energéticas y las comunidades de propietarios.


 


Extracto de la Resolución de 01/09/2026, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades depropietarios, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), para el 2026

BDNS (Identif.): 927526

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927526)

Este extracto se corresponde con el mismo texto de convocatoria al publicado con los códigos de la BDNS 927466.

Primero. Objeto y finalidad

1. La presente resolución tiene por objeto convocar ayudas públicas para el año 2026, para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios.

2. La finalidad de estas ayudas es incentivar el uso de las energías renovables como energías limpias que sirven para establecer un modelo de desarrollo sostenible y de ahorro energético.

Segundo. Régimen jurídico.

Las ayudas objeto de la presente convocatoria se regirán por la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el aprovechamiento de las energías renovables en Castilla-La Mancha, destinadas a comunidades energéticas y a comunidades de propietarios cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y, en concreto, por lo establecido en el artículo 2, relativo al régimen jurídico, de la referida orden.

Tercero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas que recoge la presente convocatoria, las comunidades energéticas y las comunidades de propietarios, en los términos previstos en el artículo 3 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Cuarto. Financiación.

En base a lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, el importe máximo del crédito destinado a la financiación de las ayudas convocadas por la presente resolución asciende a 10.668.240,50 euros de fondos propios, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.06.0000.G/722A/ FPA0090010 del presupuesto de gastos de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Quinto. Actuaciones subvencionables.

Las actuaciones subvencionables al amparo de la presente convocatoria deberán ajustarse a las previsiones del artículo 11 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Sexto. Vigencia de la convocatoria y presentación de solicitudes.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Orden 52/2026, de 1 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, el plazo de presentación de solicitudes será de seis meses desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de energía.

2. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario online, que se incluirá en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), junto con el resto de documentación precisa. Al presentarse de esta forma, los documentos originales deberán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

Séptimo. Plazo de ejecución.

Conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Orden 52/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, el plazo de ejecución finaliza en un máximo de 15 meses, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión de la ayuda solicitada, con posibilidad de la ampliación del mismo por un periodo adicional máximo de 6 meses, previa solicitud motivada de la comunidad interesada dentro del plazo de ejecución.

Toledo, 1 de septiembre de 2026

El Director General de Transición Energética

ALIPIO GARCÍA RODRÍGUEZ

TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026