Última revisión
13/05/2026
Ayuda a programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados.
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EXTRACTO de la Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Presidencia del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León para los años 2026 y 2027. - Boletín Oficial de Castilla y León de 12/05/2026
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León
Cuantía: Crédito 2026: 3.500.000 euros
Categorías: Educación y ciencia, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en Castilla y León, para los años 2026 y 2026
Entidades de formación
BDNS (Identif.): 904294.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/904294)
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS: 904294
Primero.– Objeto, finalidad y régimen de concesión.
1.– Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en Castilla y León para los años 2026 y 2027.
2.– La concesión de subvenciones contempladas en la presente convocatoria se realizará de acuerdo a los principios de concurrencia, publicidad y objetividad.
3.– Los programas de formación deberán estar compuestos por acciones formativas que respondan a las necesidades de competencias básicas y/o avanzadas relacionadas con la transformación digital y ciberseguridad establecidas como prioritarias en los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B de la presente convocatoria, en el marco de las especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.
Las acciones formativas que respondan a las necesidades de competencias básicas deberán impartirse en modalidad presencial, y las que respondan a competencias avanzadas, tanto generales como relacionadas con la ciberseguridad, deberán impartirse en modalidad presencial y/o teleformación, atendiendo a las modalidades de impartición aprobadas para cada una de las acciones formativas establecidas como prioritarias en los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B.
4.– El número máximo de programas de formación objeto de subvención al amparo de la presente convocatoria será de 10.
Segundo.– Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones, las entidades de formación o agrupaciones formadas por las mismas, que en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria estén inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, para impartir en modalidad presencial o teleformación aquellas especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas previsto en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de septiembre, para las que soliciten subvención, según lo dispuesto en el artículo 15 de la citada ley y para las cuales la presente convocatoria prevea crédito adecuado y suficiente.
Las entidades de formación podrán o bien concurrir de manera individual o participar en una sola agrupación, siendo ambas opciones incompatibles. Si la entidad solicitante es titular de instalaciones inscritas o acreditadas para la especialidad formativa en el ámbito territorial donde se tiene que impartir la acción formativa, deberá concurrir con sus propias instalaciones sin que pueda hacerlo con las de titularidad de terceras personas.
Tercero.– Bases reguladoras.
Orden IEM/1070/2022, de 20 de agosto por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital de la economía para trabajadores ocupados en la Comunidad de Castilla y León, (B.O.C. y L. n.º 166, 29 de agosto de 2022), modificada por Orden IEM/587/2023, de 28 de abril y Orden IEM/613/2025, de 10 de junio.
Cuarto.– Importe.
Los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en la convocatoria son los siguientes:
Ejercicio 2026: 2.800.000,00 €
Ejercicio 2027: 700.000,00 €
Quinto.– Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán telemáticamente en el plazo de 10 días . El cómputo del plazo se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
La solicitud de subvención se cumplimentará en el modelo normalizado, que se recoge en el Anexo I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Arroyo de la Encomienda (Valladolid), 7 de mayo de 2026.
El Titular de la Presidencia del Servicio Público de Empleo,P.S. (Acuerdo 3/2026, de 13 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León)El Consejero de Economía y Hacienda,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
